Noticia En dos días, la DGT detecta más de 2.000 conductores con alcohol o drogas al volante.

josete_perez

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Que no, que no... que se trapichea todavía. No ves cuánto BMW viejo se ve por ahí.

Costo se llamaba al apaleao que había entonces, hasta finales de los 90 que dejó de llegar a nuestro país


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Sechs

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Costo se llamaba al apaleao que había entonces, hasta finales de los 90 que dejó de llegar a nuestro país


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Vamos, que lo que se usa ahora para hacer porros no es costo quieres decir...
 

josete_perez

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Vamos, que lo que se usa ahora para hacer porros no es costo quieres decir...

Costo se llamaba a este tipo de hachis, el que se sacaba apaleao se prensaba y llegaba en placas de 250 gr

La hente se hizo delicada y preferían el polen o la grifa que entonces era de mayor calidad que el costo

Hoy día no hay más que mierda de burro prensada biggrin salvo alguno que se lo haga casero
 

Sechs

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Costo se llamaba a este tipo de hachis, el que se sacaba apaleao se prensaba y llegaba en placas de 250 gr

La hente se hizo delicada y preferían el polen o la grifa que entonces era de mayor calidad que el costo

Hoy día no hay más que mierda de burro prensada biggrin salvo alguno que se lo haga casero
Bueno, para los no iniciados como yo sigue siento costo :finga:
 

antonigj

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Solo me falta que respondas a esta, gracias :)
Así es, + de 5 nanogramos para el THC y 20 nanogramos para cocaina, el aparato ya detecta sustancia en saliva.
A partir de aquí los limites de corte y parámetros analizados en laboratorio, son otros distintos que ahora mismo no dispongo de esa información exacta.
 

cybermad

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Así es, + de 5 nanogramos para el THC y 20 nanogramos para cocaina, el aparato ya detecta sustancia en saliva.
A partir de aquí los limites de corte y parámetros analizados en laboratorio, son otros distintos que ahora mismo no dispongo de esa información exacta.
Gracias, pues sería muy interesante si pudieses saberlo, si es cierto lo que se ha dicho aquí que es de 1 ng... confirmaría mis sospechas de que es una medida recaudatoria :guiño:
 

josete_perez

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Gracias, pues sería muy interesante si pudieses saberlo, si es cierto lo que se ha dicho aquí que es de 1 ng... confirmaría mis sospechas de que es una medida recaudatoria :guiño:
En la prueba de laboratorio es 1, lo dice el proyecto druida que es el que apostilla la medida

Copio fragmento de post anterior

Aunque posteriormente ese mismo informe, cuando analiza la precisión del equipo para el cannabis, dice que el punto de corte es de 25 ng/ml (Evaluación del dispositivo Druguer Drugtest 5000. Santiago de Compostela, 2011). Como vemos, todo son sombras y no sabemos exactamente a qué punto de corte nos enfrentamos. Sin embargo, los puntos de corte en ng/ml que se establecen en los equipos de laboratorio para las pruebas confirmatorias de las muestras de saliva extraídas son mucho menores, siendo por ejemplo de 1 ng/ml para el cannabis y para muchas más sustancias y de 5 ng/ml para metanfetamina, anfetamina, cocaína o MDMA. Generalmente estas pruebas se realizan en laboratorios privados.
 

RADASON

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En la prueba de laboratorio es 1, lo dice el proyecto druida que es el que apostilla la medida

Copio fragmento de post anterior

Aunque posteriormente ese mismo informe, cuando analiza la precisión del equipo para el cannabis, dice que el punto de corte es de 25 ng/ml (Evaluación del dispositivo Druguer Drugtest 5000. Santiago de Compostela, 2011). Como vemos, todo son sombras y no sabemos exactamente a qué punto de corte nos enfrentamos. Sin embargo, los puntos de corte en ng/ml que se establecen en los equipos de laboratorio para las pruebas confirmatorias de las muestras de saliva extraídas son mucho menores, siendo por ejemplo de 1 ng/ml para el cannabis y para muchas más sustancias y de 5 ng/ml para metanfetamina, anfetamina, cocaína o MDMA. Generalmente estas pruebas se realizan en laboratorios privados.

Si al final todo son sombras y no queda para nadie claro... No me lo explico. Bueno, sí.
 

josete_perez

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Ahí va

bffhqf.jpg
 

cybermad

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Pues lo que yo me temía, medida recaudatoria : no se sanciona estar bajo los efectos del cannabis que duran de 4 a 6 horas, se sanciona su consumo aunque no estén bajo sus efectos y no afecten a la conducción, consumo que no olvidemos es legal en lugares privados como el domicilio :facepalm:

"Haciendo una proporción sencilla; si un gramo de cannabis con una concentración de un 20% THC tendría 200 mg de THC, y la dosis habitual de un canuto estaría entre 0.5 y 0.25 gr., estaríamos hablando de que el consumo de un solo porro ya supondría en la primera hora una concentración de entre 2.500 o 5.000 ng/ml. Imaginemos las horas que tendrían que pasar para que la concentración fuera de menos de 5 o 1 ng/ml. Evidentemente, seguro que más de las 4 horas que como mucho dura el efecto psicoactivo del cannabis.
Entendemos que es necesario realizar más estudios en los que se indicara cuándo un conductor está afectado por una sustancia y si es un riesgo para la conducción. No entendemos por qué si los efectos del cannabis u otras sustancias se pasan a las 4 o 6 horas máximo, se sanciona a conductores por la simple presencia de THC u otras sustancias en el organismo cuando llevan días sin consumir. Bajo nuestro punto de vista, los puntos de corte establecidos en los aparatos usados en carretera y en los laboratorios son muy pequeños, y eso supone que se puedan detectar pequeños metabolitos de alguna sustancia que no se hayan podido eliminar. Esto es consecuencia sin duda del afán recaudatorio del Administración."
 
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josete_perez

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Y el constitucional se ampara en lo que diga la rubia

En su auto, el Alto Tribunal ofrece cuatro argumentos en los que basa su discurso:

  1. La prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo que establece la Ley de Tráfico no es arbitraria. La norma no prohíbe el consumo de drogas, sino conducir con presencia de drogas en el organismo, porque estas pueden afectar a las capacidades psicofísicas de los conductores y por tanto conlleva un peligro para la seguridad del tráfico.
  2. La exención de aquellas sustancias que han sido prescritas por un médico es "proporcional", según el Constitucional, por cuanto es el médico quien indica al paciente si la dosis recetada puede afectar a la capacidad para conducir o no. Sin ese control, estiman los magistrados, el conductor que toma drogas no cuenta con la valoración de un médico sobre los efectos del consumo.
  3. El hecho de que se haya modificado la Ley de Tráfico para hablar de "drogas", de forma genérica, no quebranta el principio constitucional de legalidad sancionadora. Según el Tribunal Constitucional, restringir los procedimientos a unas determinadas sustancias dejaría impunes muchas conductas potencialmente peligrosas, especialmente si pensamos en drogas que cambian con facilidad, como es el caso de las llamadas drogas de diseño.
  4. Finalmente, el Alto Tribunal estima que se cumplen las exigencias de certeza y seguridad jurídica que marca la Constitución Española en lo relativo a las sanciones, ya que la Ley establece "de manera clara, precisa y de forma inteligible" que conducir con presencia de drogas en el organismo está prohibido. En ese sentido, desde un punto de vista jurídico "no es relevante" que las drogas influyan o no en la conducción, como no es relevante que las drogas puedan permanecer en el organismo más tiempo del que duran sus efectos.

No se puede ser más hipócrita
 

cybermad

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Conste que yo estoy totalmente en contra de conducir borracho, drogado, simplemente cansado y especialmente mirando el p*to movil, pero que esto es recaudatorio, lo es :ANAL:
 
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cybermad

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En el informe que puso el compañero, dicen que el punto de corte es de 27 ng, y resulta que aplican 5 ng en el primer test y 1 ng en el segundo :eek: http://www.dgt.es/Galerias/segurida...nforme-2013-drogas-alcohol-y-medicamentos.pdf

El cannabis (por encima del punto de corte de 27ng/ml de fluido oral) y el alcohol (en concentración superior a 0.05 mg/l en aire espirado)

Pues que hagan lo mismo con el alcohol, en vez de 0.05 mg que al soplar salte a 0.001 mg :guiño:
 

392C

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Conste que yo estoy totalmente en contra de conducir borracho, drogado, simplemente cansado y especialmente mirando el p*to movil, pero que esto es recaudatorio, lo es :ANAL:
El punto 4 del anterior post así lo confirma
 

josete_perez

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En el informe que puso el compañero, dicen que el punto de corte es de 27 ng, y resulta que aplican 5 ng en el primer test y 1 ng en el segundo :eek: http://www.dgt.es/Galerias/segurida...nforme-2013-drogas-alcohol-y-medicamentos.pdf

El cannabis (por encima del punto de corte de 27ng/ml de fluido oral) y el alcohol (en concentración superior a 0.05 mg/l en aire espirado)

Pues que hagan lo mismo con el alcohol, en vez de 0.05 mg que al soplar salte a 0.001 mg :guiño:

No porque el alcohol no es droja y con un buchito no hay delito biggrin
 

olm

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En algún punto del post que he escrito y has respondido citándolo, he "regurgitado" algo sobre la DGT ???
Vuélvelo a leer !!! , ni siquiera la he mencionado...
Simplemente he comentado algo sobre el procedimiento que se realiza en las pruebas de drogas (en toda España), te recuerdo que las competencias sancionadoras en materia de tráfico, en elgunos lugares están transferidas a las Autonomías e incluso en zona urbana en los Alcaldes, así que fíjate que poco pinta en todo esto la DGT...
Te lo podrás creer o no creer, eso ya es cosa tuya y me trae sin cuidado... pero no afirmes cosas que no he dicho...


Has dicho exactamente lo mismo que la dgt punto por punto. Pero si, es casualidad. Y no, por supuesto que no te creo, ni a ti, ni a la dgt, que ya tengo pelos en los huevos para pensar por mi mismo
 

olm

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Así es, + de 5 nanogramos para el THC y 20 nanogramos para cocaina, el aparato ya detecta sustancia en saliva.
A partir de aquí los limites de corte y parámetros analizados en laboratorio, son otros distintos que ahora mismo no dispongo de esa información exacta.


Y a que equivale 5 nanogramos? Teniendo en cuenta que lo que detecta son metabolitos, son el desecho de la sustancia y que al pegarse al tejido adiposo cada persona lo metaboliza de forma diferente? Dices eso como si dijeras algo y eso es decir NADA. De hecho ese test no esta diseñado para el uso que se da sino para detectar consumo unicamente sin hacer distincion en el tiempo. Quiza por eso se cambio la ley, verdad? Pero eh, decimos 5 nanogramos y parece que decimos algo. Patetico
 

josete_perez

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Y a que equivale 5 nanogramos? Teniendo en cuenta que lo que detecta son metabolitos, son el desecho de la sustancia y que al pegarse al tejido adiposo cada persona lo metaboliza de forma diferente? Dices eso como si dijeras algo y eso es decir NADA. De hecho ese test no esta diseñado para el uso que se da sino para detectar consumo unicamente sin hacer distincion en el tiempo. Quiza por eso se cambio la ley, verdad? Pero eh, decimos 5 nanogramos y parece que decimos algo. Patetico

A 1000 Eypos de multa y 6 points del carnet

Un nanogramo es la milmillonésima parte de 1 gramo
Vamos lo que viene siendo buscar una aguja en un pajar y encontrarla biggrin
 

olm

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A 1000 Eypos de multa y 6 points del carnet

Un nanogramo es la milmillonésima parte de 1 gramo
Vamos lo que viene siendo buscar una aguja en un pajar y encontrarla biggrin

c**o, me referia a en cuanto a estado para conducir, sobre todo teniendo en cuenta que es residuo y no sustancia psicoactiva....biggrin
 

RADASON

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Me han comentado que las asociaciones de cannabis están trabajando para que vayan cambiando esas leyes, ya que el consumo en casa es legal. Pero vamos, que me lo han comentado de pasada. :nose:
 

RADASON

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¿Pasada de esa que se dice en el grupo del parque?: "anda, pásalo que te vas a quemar las cejas". biggrin:floor::floor::floor:

Noooo, hace años que dejé de ir al parque :floor:. Pero me da que el que me lo comentó sigue frecuentándolo, porque sabe de todo :floor:
 
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