Con la excusa de que no puede cogerte porque hay una parada cercana?No te habrá querido coger (está en su derecho) por terminar su jornada laboral o lo que sea, pero por mandarte a una parada lo dudo mucho y si lo hizo, me alegro por el, por cumplir la normativa y pensar en sus compañeros.
Como bien sabes tienen sus obligaciones por SP, y ese se fue calentito a casa con una buena multa.
1. Los conductores de vehículos autotaxi no podrán negarse a prestar servicio salvo que concurra alguna de las
siguientes causas:
a) Que sean requeridos para transportar un número de personas superior al de plazas autorizadas para el
vehículo o se haya de sobrepasar su masa máxima autorizada.
b) Que alguno de los demandantes del servicio se halle en estado de manifiesta embriaguez o intoxicación por
estupefacientes, excepto en los casos de peligro grave e inminente para su vida o integridad física.
c) Que por su naturaleza o carácter los bultos, equipajes, utensilios, animales, excepto perros o silla de ruedas
que los viajeros lleven consigo, puedan deteriorar o causar daños en el interior del vehículo, no quepan en el
maletero o infrinjan con ello disposiciones en vigor.
d) Que sean requeridos para prestar servicio por vías intransitables, que ofrezcan peligro para la seguridad de
los viajeros, del conductor o del vehículo.
e) Que sean requeridos por personas perseguidas por los cuerpos y fuerzas de seguridad.
f) Cuando el destino solicitado esté fuera del ámbito territorial de aplicación de las licencias de autotaxi de la
ciudad de Madrid.
En todo caso, los conductores deberán justificar su negativa a realizar el transporte ante un agente de la
autoridad, si son requeridos para ello por quienes demandan el servicio.