yordan
En Practicas
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Buenos días a todo el mundo, tengo un problema. Resulta que mi papa ha comprado un coche a un compraventa y este coche viene con una avería digamos ¿mecánica? Con su respectiva alarma electrónica, en confianza mediante un mecánico amigo hemos llevado el coche a un servicio oficial a pinchar el ordenador y borrar la alarma, pero obviamente vuelve a aparecer señal que el coche tiene algo mal, y sobre esto nos advierten que es importante y no es barato.
Cuando hablo con el Sr vendedor me responde que
a) el coche tenía la alarma en el momento de la venta y se sabía, a lo que le replicoque él le quitó la importancia que realmente tiene y no se arregla únicamente borrando la alarma
b) en el contrato de compraventa hay un párrafo Relleno a mano, 'garantia de 6meses' para piezas de motor y transmisión (bañadas en aceite) mi respuesta es que esta especificación no corresponde con la norma o ley general de garantía contra vicios de uso que es obligatoria en éstas compraventas. Y aqui recaen mayormente mis dudas porque desconozco esta ley o norma y no estoy seguro si puede restringirse en tal modo en el contrato de compraventa
c) como vivimos lejos, en caso de tener que correr él con el coste de la reparación ¿Podríamos ir a un taller próximo y temitirle la factura? O ¿qué procedimiento se debe seguir en tal situación?
Os agradezco toda respuesta y comentario pues recién me han hecho cirugía en la vista y me cuesta navegar x internet. Aunque estaré atento a éste hilo. Salud
Cuando hablo con el Sr vendedor me responde que
a) el coche tenía la alarma en el momento de la venta y se sabía, a lo que le replicoque él le quitó la importancia que realmente tiene y no se arregla únicamente borrando la alarma
b) en el contrato de compraventa hay un párrafo Relleno a mano, 'garantia de 6meses' para piezas de motor y transmisión (bañadas en aceite) mi respuesta es que esta especificación no corresponde con la norma o ley general de garantía contra vicios de uso que es obligatoria en éstas compraventas. Y aqui recaen mayormente mis dudas porque desconozco esta ley o norma y no estoy seguro si puede restringirse en tal modo en el contrato de compraventa
c) como vivimos lejos, en caso de tener que correr él con el coste de la reparación ¿Podríamos ir a un taller próximo y temitirle la factura? O ¿qué procedimiento se debe seguir en tal situación?
Os agradezco toda respuesta y comentario pues recién me han hecho cirugía en la vista y me cuesta navegar x internet. Aunque estaré atento a éste hilo. Salud