Off Topic Impuestos venta piso

bmw320ci

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Buenas noches.

A pesar de haber tenido un siniestro en mi hogar en los últimos días, que ya está en proceso de reparación (en breve os contaré) y puesto que ya soy fijo y a mi pareja le van bien en el trabajo, valoramos la venta de 1 de los 2 pisos y comprar una casa modesta.

Al grano, según leo en Internet, puesto que no he tenido que hacer este trámite nunca, el vendedor tiene que pagar el IRPF y la plusvalía municipal.

A) IRPF-ganancia patrimonial: Compré el piso a un buen precio, lo reformé yo (facturas que pudiera demostrar su incremento de valor no tengo). Tendría que pagar entre el 19 y el 21% de mi ganancia patrimonial (diferencia entre precio compra + gastos y venta), ¿me equivoco?

Ah, ¿y hasta la próxima declaración no tendría que pagarlo o tendría que hacer algún trámite antes?

B) Plusvalía municipal: En una web
que he utilizado no me salía mi provincia pero sí otras (quizá aquí no se paga), y en la otra metía los datos y me salía 0€, así que no sé. A ver si alguien me orienta un poco con su caso, para hacer un estimación de lo que debería pagar.

¿Se me escapa algo? Gracias compis.

Edito: Si comprásemos antes de vender (no es la intención pero si surge un chollo...), ¿la tercera vivienda tributa como una no habitual sin más, o tiene un % más elevado por ser la tercera?
 
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Jiro

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La ganancia patrimonial, ojo con el tema de los gastos. Lo que para ti es gasto, para ellos es mejora y no se cuentan esos gastos. Vigila bien ese tema, porque ahí te pueden sacudir luego una complementaria 4 años después.
 

torpedo520I

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A) IRPF-ganancia patrimonial: Compré el piso a un buen precio, lo reformé yo (facturas que pudiera demostrar su incremento de valor no tengo). Tendría que pagar entre el 19 y el 21% de mi ganancia patrimonial (diferencia entre precio compra + gastos y venta), ¿me equivoco?

Incremento Patrimonial menos gastos de adquisición del bien = a ganancia. (en gasto entra todo Notario, si hubo gestor, tributos, etc. evidente con facturas).
Yo lo declaré en la renta del año. OJO, me hicieron paralela, pero un recurso con 50 hojas la archivo, van a por todas.

Referente a la Plusvalía, si es de recién compra igual no has de pagar nada o poco. Tu ayuntamiento te lo dirá. Tendras 6 meses para pagarlo sin recargo (generalmente).

 

Ram

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Llama a una notaría, pide cita con un oficial y pregunta por todo esto con los papeles en la mano.

Te darán un primer asesoramiento gratis. Si la cosa se complica, pregunta a tu gestor habitual. El diablo está en los detalles... Siempre ponte en manos de un profesional.
 

Jiro

Mr. Caceres
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Llama a una notaría, pide cita con un oficial y pregunta por todo esto con los papeles en la mano.

Te darán un primer asesoramiento gratis. Si la cosa se complica, pregunta a tu gestor habitual. El diablo está en los detalles... Siempre ponte en manos de un profesional.
Por ahí voy yo.
En mi caso fue una reinversión, y descontaban todos los gastos, porque todo lo consideraban mejoras. No sé si es aplicable a tu caso, pero mejor infórmate con un experto
 

Gus

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IRPF: es como dices (por ahora, esos tramos: no tiene pinta de mejorar, si acaso subirán tipos) y en efectos lo liquidas en la declaración a realizar al año siguiente al ejercicio en que se hace la venta. La plusvalía municipal suele poderse precalcular en la swebs de cada ayuntamiento, necesitarás fecha de compra y el valor del suelo (en el recibo del IBI)

Tambien tienes que pagar el certificado energético, por si te parecía poco :p
 

Gavira

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certificado energético, por si te parecía poco

Y certificado del administrador de la finca, que está exenta de deudas de la comunidad
:pasta:
 

Gus

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Y certificado del administrador de la finca, que está exenta de deudas de la comunidad
:pasta:

Bueno, tambien....pero eso muchos no lo cobran. Luego decís que si le tengo alergia al ladrillo : para no tenérsela :descojon:
 

Gavira

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Bueno, tambien....pero eso muchos no lo cobran. Luego decís que si le tengo alergia al ladrillo : para no tenérsela :descojon:

A 30 pavos el "documento", la mayoría de los administradores aquí en Marbella
:facepalm:
 

bmw320ci

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Gracias chicos. Espero hacerlo todo bien y que no me llegue una complementaria como ya pasó con el primer piso. Me pondré en manos de un experto, tal y como me recomendáis.

Al menos más o menos me hice una idea. Lo que pensaba + certificado energético + estar al corriente de pagos.

Gracias, muy amables!!
 

bmw320ci

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Por cierto, ¿no perjudica de manera extra el tener una tercera vivienda? ¿Tributa lo mismo que la segunda?

Gracias!
 

Gus

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Por cierto, ¿no perjudica de manera extra el tener una tercera vivienda? ¿Tributa lo mismo que la segunda?

Gracias!

La que no es habitual ni está afecta a actividades, y está a disposición de sus dueños (no alquilada, etc...) tributa igual, en efecto (hoy, de nuevo :whistle:): 1,1 % o 2% del VC, según esté o no revisado en los 10 años anteriores.
 

Stewie

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¿Pero el IRPF se paga siempre?

Según tenía entendido si se reinvierte la cantidad en otra vivienda o en rehabilitar una se está exento.

Me viene bien la consulta del compañero porque probablemente también venda una vivienda (ha estado alquilada de manera legal, tributando a hacienda por ello) para comprar otra.

Lo que no tengo claro es si la que se compre será vivienda habitual o no (depende de que se encuentre).

Incluso nos planteamos rehacer escrituras de una vivienda para incluirme yo y usar el dinero para liquidar la hipoteca o hacerla una reforma que necesita (así segurísimo que está sería la vivienda habitual).

Tenía pensado cuando nos dejen movernos más libremente asesorarme sobre todos estos temas, pero si ya voy aclarando algo...

EDITO para añadir que lo que yo había leído es que hay 2 años para reinvertir. Si no gastas todo, pagarías IRPF de la parte proporcional no reinvertida.
 
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M8423

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La plusvalia municipal depende de las ciudades. Por ej en algunos pueblos no hay porque el ayutamiento reconoce que no ha aumentado el valor del suelo.

El incremento patrimonial en irpf no se paga sí se reutiliza en otra vivienda siempre que sea vivienda habitual no en una segunda o tercera vivienda ni en la reforam de otra, tampoco sí eres mayor de 65 años. Hasta 6.000 es el 19% entre 6.000 y 50.000 el 21% mas 50.000 el 23% Por ejemplo sí la ganancia es 100 mil calculas 19 % hasta 6 mil 44.000 al 21%, y los restantes 50.000 al 23% y lo sumas.

Al valor de venta le descuentas los gastos de notaria y demás gastos que haya en la venta.

Esta exento de incremento patrimonial mayores de 65 que vendan su vivienda habitual o sin ser habitual destinen el valor de la venta a una renta vitalicia

Hay un plazo de 2 años sí vendes y la inviertes en otra vivienda

La rehabilitacion de otra vivienda con lo obtenido en una venta no produce exencion del incremento patrimonial
 
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