Parece ser que es una práctica habitual por parte de las empresas de compraventa el tener los vehículos con una baja temporal para ahorrarse el pago del IVTM. Mi pregunta es la siguiente. El IVTM devenga a 1 de Enero. Si el coche en ese momento está de baja temporal y la empresa lo vende ¿Cómo lo hacen? ¿Lo dan de alta directamente a nombre del nuevo propietario o tienen que darlo de alta primero y luego proceder a la venta? Lo digo porque en el primer caso entiendo que el pago del IVTM de ese año pasará a ser responsabilidd del nuevo propietario y en el segundo, debería pagarlo el titular en el momento de darlo de alta ¿no?
Qué buena pregunta. la casuística con esto es inmensa...de hecho bastaría con el que la baja temporal hubiera sido el 2 de enero para que habieran tenido que satisfacer toda la cuota. Pero si preguntas, es que no es el caso... Esto da hasta para articulos doctrinales tochos (bueno...como casi todo ) y ni siquiera trata casos como el tuyo... https://www.gtt.es/boletinjuridico/...e-la-baja-temporal-o-definitiva-del-vehiculo/ Asi que por abreviar, la solución a to tuyo en negrita: "Si la baja temporal y la rehabilitación se ha realizado en ejercicios distintos: -Debe pagar la autoliquidación del impuesto en función de los trimestres naturales que queden, el transmitente, si se trata de una baja temporal voluntaria. -Debe pagar la autoliquidación del impuesto en función de los trimestres naturales que queden, el adquirente, si ha anotado una baja temporal por transferencia y una posesión a favor de una casa de compra venta. Si la baja temporal y la rehabilitación se ha realizado en el mismo ejercicio: el titular delvehículo a 1 de Enero, tiene que pagar el recibo de cobro periódico." https://oaravila.canaltributos.net/contenido/noticias/arch/1577102619-7.pdf
Flipo. Qué yo recuerde, en los coches que he comprado siempre me ha venido el sello del ayuntamiento en la carpeta de documentación definitiva que me han entregado pasadas unas semanas tras tener el vehículo. Lo que no se es si ese impuesto iba o no a mi nombre pero lo que sí se es que lo pagaban ellos y entraba dentro de los "gastos y gestiones de matriculación". @ReZn0r , te aclararon lo del minusválido?
Si, en definitiva es análogo a una primrra matriculación... no se porqué la ley de hacienda locales habla solo de coches "nuevos".
En teoría ha de hacerse cargo quien sea propietario a 1 de enero. Algunos ayuntamientos cargan por trimestres.
Desde el desconocimiento entiendo que aplicarán el criterio de los vehículos a matricular, le cobrarán los trimestres restantes hasta final de año al titular en ese momento.
Hasta donde entiendo, de baja temporal está exento de liquidación del impuesto y pagará el remanente del ejercicio el que sea titular al momento de alta.
Bueno, he hablado con ellos y es como yo pensaba aunque e vendedor no lo tenía claro y ha tenido que preguntarlo. Me llegará a mi. Sin embargo, como me habian dicho que en e precio estaba imcluido todo, me han ofrecido que en el momento que me legue, lo pague, se lo envié y me lo reembolsen. A verdad es que hasta ahora, un 10 con esta gente. Yo que habría dicho hace pocos años que no compraría un coche a un compraventa ni borracho ( ni un SUV...) Al menos es gasolina