Buenas,
Estáis vulnerando el artículo 26 de la Constitución, así como de la Ley 1/1982 de Protección del Honor, la Intimidad y la Propia Imagen, y de la Ley 1/1996 de Protección del Menor (Artículo 4. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen).
La publicación de fotografías de menores pasa en primer lugar por el consentimiento del niño cuando éste tiene capacidad para otorgarlo (lo que según el Tribunal Supremo sucede en líneas generales a partir de los catorce años) y si no la tiene, la autorización de sus padres o tutores legales. Es evidente que sus progenitores no os han dado el visto bueno.
En resumen, os pueden imputar un delito por mostrar el rostro de las chavalas, como poco debéis pixelar los ojos.
Un cordial saludo