Las vías convencionales siguen registrando los mayores excesos de velocidad La velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados en vías convencionales fue de 119 km/h, lo que supone circular a 29 km por encima del límite genérico permitido en estas carreteras. El 63,4% de las infracciones se han detectado en vías convencionales y travesías. 8 conductores fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, tal y como recoge el Código Penal. Durante los siete días de campaña de vigilancia y control de la velocidad realizada por la Dirección General de Tráfico entre el 10 y 16 de mayo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han establecidos 2.121 puntos de control de velocidad y han controlado a 530.595 vehículos. Del total de vehículos controlados, 27.687 conductores circulaban a una velocidad superior a la permitida, y al 42% de ellos (11.650) se les notificó la denuncia en el momento, al ser parados e informados por los agentes de tráfico. El 5,8% de los vehículos controlados en carreteras convencionales han sido denunciados por exceso de velocidad y al 4,7% de los controlados en vías de alta capacidad (autovía y autopista). 8 de los conductores denunciados incurrieron en un delito contra la seguridad vial y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal. Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los controles en este tipo de vía tanto con radares estáticos como dinámicos. El 63,4% de las infracciones se han detectado en vías convencionales y travesías. Además en estas vías, cuando los controles se han realizado con el radar embarcado en el vehículo y circulando, la velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados fue de 119 km/h, lo que supone 29 km por encima del límite genérico permitido en las vías convencionales A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales han realizado en su ámbito de competencia, colaboración muy importante de modo que se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule. En el siguiente drive se pueden descargar videos de infracciones de velocidad captadas por los medios aéreos de la DGT https://drive.google.com/drive/folders/1RT0H17_VdfyeeV0zdev2UEn1YwQ7-kkB?usp=sharing NORMATIVA La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. Notas de prensa Otras noticias de interés Imagen corporativa Las vías convencionales siguen registrando los mayores excesos de velocidad La velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados en vías convencionales fue de 119 km/h, lo que supone circular a 29 km por encima del límite genérico permitido en estas carreteras. El 63,4% de las infracciones se han detectado en vías convencionales y travesías. 8 conductores fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, tal y como recoge el Código Penal. 21 MAYO 2021 Durante los siete días de campaña de vigilancia y control de la velocidad realizada por la Dirección General de Tráfico entre el 10 y 16 de mayo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han establecidos 2.121 puntos de control de velocidad y han controlado a 530.595 vehículos. Del total de vehículos controlados, 27.687 conductores circulaban a una velocidad superior a la permitida, y al 42% de ellos (11.650) se les notificó la denuncia en el momento, al ser parados e informados por los agentes de tráfico. El 5,8% de los vehículos controlados en carreteras convencionales han sido denunciados por exceso de velocidad y al 4,7% de los controlados en vías de alta capacidad (autovía y autopista). 8 de los conductores denunciados incurrieron en un delito contra la seguridad vial y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal. Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los controles en este tipo de vía tanto con radares estáticos como dinámicos. El 63,4% de las infracciones se han detectado en vías convencionales y travesías. Además en estas vías, cuando los controles se han realizado con el radar embarcado en el vehículo y circulando, la velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados fue de 119 km/h, lo que supone 29 km por encima del límite genérico permitido en las vías convencionales A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales han realizado en su ámbito de competencia, colaboración muy importante de modo que se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule. En el siguiente drive se pueden descargar videos de infracciones de velocidad captadas por los medios aéreos de la DGT https://drive.google.com/drive/folders/1RT0H17_VdfyeeV0zdev2UEn1YwQ7-kkB?usp=sharing NORMATIVA La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, tal y como se recoge en la siguiente tabla: Además, el artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”. Además, el sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido. NUEVO LÍMITE DE 30 KM/H EN VÍAS DE UN ÚNICO CARRIL Esta campaña se ha desarrollado en una semana, en la que ha entrado en vigor el nuevo límite de velocidad de 30km/h en las calles de un único carril. Todas aquellas vías de dos o más carriles, la velocidad de circulación sigue siendo la misma, 50 km/h. https://www.dgt.es/Galerias/prensa/2021/05/NP-resultados-campana-velocidad-DGTmayo-2021.pdf
Normal, es que el límite de 90 es absurdo en muchas carreteras convencionales de trazado y firme más que adecuado para el anterior límite de 100, con el margen de seguridad que comporta. Yo cuando voy a Madrid apenas hago 130 km de autovía de los 500 que hay en total, y la media no es muy inferior (lo acaba siendo por las travesías básicamente). Como siempre, tienen que buscar algún culpable, y ese culpable son los conductores, cuando, según sus mismas cifras que acaban de publicar, apenas el 5% de los vehículos controlados ha cometido exceso de velocidad
Entonces... también es correcto decir que los conductores son capaces de circular a 120km/h de media sin excesivo peligro en las vías de 90, no? O es que esa lectura no interesa?
Hola. Me alegra saber que formo parte de la base muestral del estudio, puesto que me cazaron el día 16. Como ya conté en otro hilo, íbamos unos 6 coches agrupados y la lotería me tocó a mi y a otro desgraciado como yo. Los otros 4 (que circulaban a la misma velocidad que el resto), se fueron de rositas....... Quizás, y sólo quizás, reduciendo aún más la velocidad máxima en ese tipo de vías, nos podríamos ahorrar los caros equipos de detección de peligrosos conductores y, simultáneamente, elevar ese 42% de pringaos hasta un mucho más efectivo 90-100%. A veces pienso que, legalmente, sólo puedo utilizar el 46% un rango del odómetro de mi coche y me surgen unas dudas existenciales tremendas sobre si realmente merece la pena seguir con el juego este de conducir siempre pensando que, sin haber cambiado mi forma de conducir, de repente me he convertido en un infractor...... Me pasa lo mismo con el colesterol, que siempre lo tengo parecido, pero me han cambiado el umbral y me he convertido en target del mercado Danacol. Disculpadme, pero se me va la olla, deben ser cosas de el colesterol, el exceso de velocidad..... o la edad. Saludos.
A lo mejor es que los límites de velocidad establecidos son absurdos.... Al igual que las ciudades a 20 o 30 por hora, ahora ningún peatón usa los pasos de cebra.
El conductor medio circula tan pichi casi 30 kms/h de media por encima del absurdo límite....y los equivocados son ellos: claro que si, wapis.