EL caso es que hse ha recibido una multa de un ayuntamiento ya en recaudación ejecutiva.. El caso es que la multa en su momento fue enviada a la direccion que figura en el carnet de conducir y como se habia cambiado de dirección hace años nunca llego... Tengo entendido que las multas se han de enviar a la dirección de la matriculación del vehículo y no a la del carnet del propietario. Alguien sabe algo de este tema.????
yo tengo un monton de multas del ayuntamiento, porque me metia por una calle de circulacion restringida solo para residentes y yo no soy residente, el caso es que me llegaron 5 o 6 del tiron, las pase por fax al seguro y me las han quitado, al menos no he vuelto a saber de ellos
Si me equivoco, que alguien me corrija, pero la notificación se tiene que hacer al conductor (el pobre vehículo no tiene culpa de nada ). Sólo se notifica a la dirección del titular del vehículo cuando no se ha podido identificar al conductor ;-)
A ver, la multa es del 2005 y era por aparcar en carga y descarga..con lo cual no se identifico a ningún conductor...se puso la multa y se mando a casa del propietario del vehículo..pero a la dirección que figura en el carnet de conducir y no a la que figura en el permiso de circulación..y creo que han de remitirse a la dirección que figura en el permiso de circulación de tráfico.... Esa es mi duda....
Entiendo Rolmo, que es obligatorio tener todo (DNI, carnet de conducir, permiso de circulación) con la misma dirección; porque lanzo otra pregunta, ¿tendría multa no tenerlo todo con el mismo domicilio? :-k ;-)
si, tiene multa no tenerlo todo en el mismo domicilio....pero eso es otro tema...ya que la multa no es por eso... lo que tengo claro es que te pueden multar por no tener el carnet de conducir y la direccion del permiso de circulación en el mismo sitio y correcta... efectivamente te pueden multar por no tener el domicilio del carnet en regla...pero tambien te pueden multar por exceso de velocidad....si te pillan.... Mi duda es si ellos tienen obligación de remitir la multa a la dirección del permiso de circulación que es el que figura en trafico o la pueden remitir a la dirección del carnet de conducir....:wink:
Creo que no hay mucho más que decir. Como estás en la obligación de tener tus datos actualizados, el que te manden la multa a una u otra dirección es, creo, completamente irrelevante para ellos. El hecho es que la han notificado... es más, podían hasta haberlo publicado únicamente en el boletín oficial de la provincia y listo (manda huevos, pero es así) No sé... no veo muchas más opciones aparte de intentar probar que el conductor era otro... pero no sé si te saldrá más caro el collar que el perro :-k En fin, suerte con el tema ;-)
hombre, si todo fuese así de facil lo jueces no tendrían trabajo....ni las empresas quitamultas tampoco....
Modo práctico, a modo de ejemplo. Mi chica, con una dirección en su carnet de conducir, y otra dirección en el permiso de circulación. Nunca le llegó la multa. Eso sí, pagó 300 euros (a deducir del I.R.P.F Hacienda) por considerarse "ilocalizable"... En este caso, pagó gustosamente, porque parece se que la multa era gorda, más de 300 euros y pérdida de puntos Lo que no sé decirte Rolmo, si enviaron la multa donde el carnet de conducir o donde el permiso de circulación. Pero lo que sí que me extrañó, es que si los de Tráfico no son capaces de encontrarla ("ilocalizable" decía aquel papel) como sí que lo son los de Hacienda :ang: :-k http://www.bmwfaq.com/showthread.php?t=125070&highlight=ilocalizable
Ahora recuerdo, que la multa PRIMERAMENTE fue enviada donde el domicilio del conductor del vehículo; algo incoherente, porque no se sabe quién va conduciendo el vehículo de tu titularidad (o sea, que dan por hecho que...) En fin.
Pues es asi Rafa:wink: si no te localizan lo publican en el boletin oficial,y/o en el tablon de anuncios del ayuntamiento, y date por enterado:wink: Pagala,antes que te metan recargo, y te la cobre hacienda por via ejecutiva
joe, que son 30€.....y del Ayto de Castro.... Pero el tema es que he leido por ahi que deben remitirla a la direccion del permiso de circulación.... Y la publicación en el BOE solo es valida si se demuestra fehacientemente que te la han enviado a dicha direccion....que el cartero ha ido dos veces en dias separados y en horas diferentes.... es decir temas legales que me gustaría conocer....-:wink:
Si lo publican en el BOE, date por comunicado, siempre es valida. Otra cosa es que el "modus operandi" sea intentandolo 2 veces y tal.. pero la publicación en el BOE es "fehaciente" y pública de por sí misma. Aún recurriras esa y te pondran de oficio, la de 60€ (si no son más) por no hacer el cambio de domicilio...