Multa de la ORA injusta

trullols

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Hola!

Yo trabajo en Valladolid. Llevo 7 años aparcando en el mismo sitio todos los días, zona O.R.A., y un buen día en Junio de este año, veo una multa puesta en el coche, por no tener tique. El tique estaba en el asiento, se ve que lo dejé sobre la repisa detrás del volante con mucha brusquedad, quizá por las prisas, y al cerrar la puerta se ha debido volar al asiento sin darme cuenta.

Me llega multa por 90 euros.

Voy al ayuntamiento, relleno el pliego de alegaciones, entrego el tique original sacado a las 7 de la mañana, e indico que el tique estaba ahí, solo que quizá no visible a primera vista.

Acabo de recibir notificación de que me deniegan las alegaciones y que tengo que pagar.

y digo yo,

¿POR QUÉ?

Si fuera un listillo que ha montado un chanchullo, lo podría entender, pero un tio que siempre pone el tique, un día que está descolocado van y te clavan así, y encima sin posibilidad de reclamar.

Tengo un cabreo de la leche, más por los 90 euros, por todo el trasfondo que hay detrás. Dan ganas de entrar al ayuntamiento, ir al despacho del alcalde y decirle "Pero vosotros, de qué váis?"

Un saludo!
 

*NANO*

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La verdad que no lo entiendo.

Si adjuntaste el ticket original, no sé por qué desestimaron tus aligaciones.
 
A

alibaba

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si nadie pagase la zona ORA no tendriamos ese problema.......
 

trullols

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NANO325TI;10791283 dijo:
La verdad que no lo entiendo.

Si adjuntaste el ticket original, no sé por qué desestimaron tus aligaciones.

Pues aquí lo tengo todo, el pliego, el tique original (compulsaron una fotocopia y se la quedaron) y mi fotocopia del DNI ... todo lo que les entregué.

Por eso lo pongo aquí, porque no hay ninguna razón aparente por la que me lo denieguen, salvo que hayan sacado foto de la guantera y en la foto no salga el tique, y se basen en eso. Pero ya les he dicho que el tique no estaba ahí.
 

elzara

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j*der con la de veces que se me a pasado el ticket y le he pedido a un coche que se iba de darme el suyo y a colado...
 

Hipno Sapo

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Te hacen pagar porque los muy cerdos te multan: por no poner tiquet o no tenerlo a la vista.

Si has alegado que estaba en el asiento, mal rollo.

Si llegas a decir que estaba perfectamente colocado y a la vista, que no entiendes el por qué de la multa y tal y tal, a lo mejor hubiese colado.

De todas maneras, siempre que juez y parte sonb el mismo, digas lo que digas, nunca te van a dar la razón, con tal de cobrar.
 

pau535d

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Como los ayuntamientos no tienen ni un duro a la mas minima multa.
 

xavidr

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Supongo que se basarán en que el ticket no estaba en lugar visible, lo cual es también bastante rebatible,puesto que se basa en la palabra de un controlador de la ORA cuya palabra NO tiene más veracidad que la tuya.
Teniendo el ticket con la hora de la denuncia cubierta, si recurres creo que tienes muchas posibilidades de ganar.
Suerte !!!
 

antuan

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xavidr;10791594 dijo:
Teniendo el ticket con la hora de la denuncia cubierta, si recurres creo que tienes muchas posibilidades de ganar.
Suerte !!!

Claro, parece lo lógico, pero ya ha reclamado y nada... menuda faena compi, asesórate con tu seguro si te da estas coberturas, o en algún centro recurremultas
 

POTENCIA BAVARA

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Yo me voy a callar porque esto de la O.R.A cada dia me revienta mas
 

Gus

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Los motivos pueden ser dos:

-como es costumbre en toda materia sancionadora de tráfico , ni se leen los recursos y se tiene preparada respuesta estereotipada para todo(da igual que alegues tener ticket o que el vestido de lagarterana te tira de la sisa)

- pura sinvergonzonería.

Ambos se resumen en uno: desfachatez.
 

Ibi-TDI

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trullols;10791271 dijo:
Hola!

Yo trabajo en Valladolid. Llevo 7 años aparcando en el mismo sitio todos los días, zona O.R.A., y un buen día en Junio de este año, veo una multa puesta en el coche, por no tener tique. El tique estaba en el asiento, se ve que lo dejé sobre la repisa detrás del volante con mucha brusquedad, quizá por las prisas, y al cerrar la puerta se ha debido volar al asiento sin darme cuenta.

Me llega multa por 90 euros.

Voy al ayuntamiento, relleno el pliego de alegaciones, entrego el tique original sacado a las 7 de la mañana, e indico que el tique estaba ahí, solo que quizá no visible a primera vista.

Acabo de recibir notificación de que me deniegan las alegaciones y que tengo que pagar.

y digo yo,

¿POR QUÉ?

Si fuera un listillo que ha montado un chanchullo, lo podría entender, pero un tio que siempre pone el tique, un día que está descolocado van y te clavan así, y encima sin posibilidad de reclamar.

Tengo un cabreo de la leche, más por los 90 euros, por todo el trasfondo que hay detrás. Dan ganas de entrar al ayuntamiento, ir al despacho del alcalde y decirle "Pero vosotros, de qué váis?"

Un saludo!

Ahi tienes tu error, que es eso de que no estaba visible? Si habias puesto neones y demas para que se viera con total claridad su ubicacion?

Aun asi, mostrando el papelito no deberias pagar, yo tampoco lo entiendo....y por supuesto que no pagaba ni un duro, eso si, el papel lo guardaba bien.
 

bestcar

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El tema es que si aceptan esa excusa, cualquiera podria pedir un ticket de esa hora a " un amigo" (o a alguien que se vaya a marchar y lo tuviese) y quitarse todas las multas posibles.

Injusto, pero razonable.
 

tronco39

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No es por defender al Ayto, pero supongo que pensarán que al no estar el ticket en lugar visible pues que no habías puesto nada...
El que luego alegues/presentes un ticket que cubra la franja horaria pueden pensar que alguien conocido te lo ha dado precisamente para recurrir la sanción...
Y digo que puede eh...
Edito: j*der bestcar, hemos pensado lo mismo...
 

tnp69

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Son así de listos, si no tienes el ticket perfectamente visible te toca pagar si ó si.
 
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Da igual lo que pongáis en los escritos de alegaciones. YA NO LOS LEEN. Ahora desestiman sistemáticamente los escritos de alegaciones con respuestas prefabricadas. :ar:

Una vez desestimado el escrito de alegaciones (y, repito, los desestiman prácticamente todos porque ni los leen), toca pagar y aguantarse el cabreo. :vom:

Puedes ir a lo contencioso, y probablemente ganes, pero es muy caro (por eso casi nadie va a lo contencioso, y la casta política se aprovecha de ello para freírnos a multas injustas).

Si no quieres quemarte, piensa que las multas son un impuesto más. :fs:
 

Daniel d

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Por desgracia el problema es no dejarlo visible. Estas "obligado" a dejarlo visible en el cristal delantero. Yo estoy en contra de esto, porque tenemos que pagar la hora si ya pagamos un impuesto para tenerlo en la calle?
 

Cyph3r

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trullols;10791296 dijo:
Pues aquí lo tengo todo, el pliego, el tique original (compulsaron una fotocopia y se la quedaron) y mi fotocopia del DNI ... todo lo que les entregué.

Por eso lo pongo aquí, porque no hay ninguna razón aparente por la que me lo denieguen, salvo que hayan sacado foto de la guantera y en la foto no salga el tique, y se basen en eso. Pero ya les he dicho que el tique no estaba ahí.

seguramente ni te han leído el recurso que es algo muy habitual, recurre una segunda vez a ver si hay mas suerte
 

xavidr

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Daniel d;10791933 dijo:
Por desgracia el problema es no dejarlo visible. Estas "obligado" a dejarlo visible en el cristal delantero. Yo estoy en contra de esto, porque tenemos que pagar la hora si ya pagamos un impuesto para tenerlo en la calle?


Pero el tenerlo visible o no, es una conjetura/apreciación del agente de la ORA, y yo pregunto ¿en un juicio su palabra tiene más valor que la tuya?, yo creo que no, por lo que el peso de la denuncia recae en la tenencia o no del ticket de aparcamiento, cosa que nuestro compañero tiene bien justificada.
 

Daniel d

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xavidr;10792013 dijo:
Pero el tenerlo visible o no, es una conjetura/apreciación del agente de la ORA, y yo pregunto ¿en un juicio su palabra tiene más valor que la tuya?, yo creo que no, por lo que el peso de la denuncia recae en la tenencia o no del ticket de aparcamiento, cosa que nuestro compañero tiene bien justificada.

Pero esque para eso ellos sacan foto al salpicadero para que se vea que no hay ticket o no esta visible. Lo mismo seria sancionable que este pero dado la vuelta
 

patches

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Pues este tema ya salió por aquí y la respuesta era más completa que la que doy yo, aunque no estoy seguro de poder atacar por este punto.

Este es un extracto de la Ley 30/92 de ley de régimen jurídico de las administraciones públicas....

CAPÍTULO IV.
NULIDAD Y ANULABILIDAD.
Artículo 62. Nulidad de pleno derecho.

1. Los actos de las Administraciones públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes:

Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.

Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.

Los que tengan un contenido imposible.

Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta.

Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.

Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.

Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de rango legal.

2. También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.


Es decir, una empresa privada no puede multar, a menos que un "agente de la autoridad" lo haga, los "controladores" no pueden hacerlo. Pero claro, ellos pasan una nota, y quién multa es el ayuntamiento, por intentar que no quede....
 

invasor

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bueno pues te puedo asegurar que los recursos no los leen por que tengo un amigo en valladolid que estubo trabajando en esos temas para el ayuntamiento

en epocas de bonanza cojian un monton de los recursos y les tiraban a la basura y nunca mas se sabia de la multa pero a dia de hoy

se ratificaran en la foto que saca el controlador de la hora en la cual no aparece el tiquet

aun asi me parece una putada que te multen y que nos hagan pagan por aparcar
 
I

i325

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xavidr;10792013 dijo:
Pero el tenerlo visible o no, es una conjetura/apreciación del agente de la ORA, y yo pregunto ¿en un juicio su palabra tiene más valor que la tuya?, yo creo que no, por lo que el peso de la denuncia recae en la tenencia o no del ticket de aparcamiento, cosa que nuestro compañero tiene bien justificada.

Los empleados de la ORA, o como querais llamarla, por lo menos en la zona donde yo vivo y en algunas otras ciudades por las que me muevo, llevan una PDA, con la cual expiden la propuesta de denuncia y a la vez toman una fotografia o dós del salpicadero del coche para que quede constancia y sirva como prueba de cargo de que el coche no tenia el ticket en sitio visible, o de que se habia pasado de la hora.
 
I

i325

Invitado
pilotolo;10794092 dijo:
Es decir, una empresa privada no puede multar, a menos que un "agente de la autoridad" lo haga, los "controladores" no pueden hacerlo. Pero claro, ellos pasan una nota, y quién multa es el ayuntamiento, por intentar que no quede....


Cualquier particular puede denunciar, una infracción de trafico, una falta, un delito, etc.

Ellos actuan como particulares.
 

pdiaz

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Está claro que están a sacar dinero de debajo de las piedas.
Cuándo acabe con un recurso que tengo contaré por aquí la me han liado.

Saludos
 

tes

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Espero que esto te sirva y te puedas salvar de ella:
PARA QUITAR MULTAS DE ZONA AZUL.
ALGO QUE INTERESA A TODOS
.

Esto es algo que nos vale a todos para que estos dueños de las empresas concesionarias privadas que tiene el Ayuntamiento para explotar la zona azul no nos sigan robando en nuestras narices ya que no sé si Uds saben esto:

Las multas que te ponen cuando se nos olvida poner el ticket de zona azul son todas nulas de pleno derecho según el art 62.1.b de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre y el art 3 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.

Tú no estas obligado a pagar la zona azul ya que para eso pagas un impuesto de circulación en tu ciudad. Cuando pones "1 Euro" en el parkimetro, ese Euro va directamente a parar al bolsillo del dueño de la empresa concesionaria privada y cuando no has puesto ticket te colocan un sobre marrón en el parabrisas del coche, que introduciendolo en la maquinita y pagando "solo 3 Euros", que van a parar directamente al bolsillo del dueño de dicha empresa, te quitan muy amablemente la multa, jajaja. ¡¡¡¡¡Que ladrones!!!!! . Esto es de risa, pero ATENCION que si no pagas los "3 euros" , ellos alegando falsamente que esa multa la pone un Policia Local te envian la multa por medio de la Diputación llegando a embargarte la cuenta del banco si no pagas en un tiempo que te dan la cantidad de 80 Euros, que muy amablemente te rebajan a 40 Euros si pagas antes de 10 dias,,, jajajaja,,, de risa y todo basado en un fraude ante el desconocimiento de la gente en general con el que todos salen ganando menos tú, el trabajador.

BASTA YA DE DEJARNOS AVASALLAR POR ESTA PANDILLA DE LADRONES. VAMOS A DARLES DONDE MAS LES DUELE.

Para ello pongamos nuestros datos en el archivo adjunto, que es un comunicado tipo que entregaremos en Diputación por duplicado, pero no antes de que te llegue la multa a tu casa (para poder poner el número de expediente de la multa). Una vez entregado en información le dices al funcionario que le de entrada al documento sellandote la copia que tu te llevarás. En 1 mes aprox. te contesta la diputación dandote la razón y archivando tu expediente y fuera multa y embargo de cuenta bancaria. A mi ya me han quitado 3 seguidas y no pienso pagar más una zona azul en mi ciudad.


LA INSTANCIA DE DESCARGOS:



AL ILMO SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE


D. , MAYOR DE EDAD CON DNI; CON DOMICILIO EN C/ ,MANIFIESTA:


Que he sido anunciado en el BOP bajo el epígrafe “notificación de denuncia de tráfico”, número de expediente , por estacionar en lugares habilitados por la autoridad municipal como estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que lo autoriza, por un importe de euros, no estando conforme con la misma y dentro del plazo señalado, presento la siguiente:

ALEGACION

El número de agente denuncianteque figura en la notificación de la denuncia no corresponde a ningún agente de la Policía Local de la Población, pudiendo corresponder a alguno de los encargados de la empresa que gestiona la zona azul, en consecuencia, el acto de inicio del Procedimiento Sancionador resulta nulo de pleno derecho, conforme al art. 62.1.b, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre. Al ser dictado por órgano manifiestamente incompetente, en cuanto que la denuncia no ha sido formulada por agente de la Policía Local o agente alguno de la autoridad ni autoridad competente alguna, según dispone el art 3 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.


Por lo expuesto:

Solicito que, tengan por presentado en tiempo y forma este escrito de alegación en el expediente de referencia, y tras los trámites oportunos, acuerden declarar su improcedencia y procedan al archivo de sus actuaciones.

 
I

i325

Invitado
tes;10796315 dijo:
Espero que esto te sirva y te puedas salvar de ella:
PARA QUITAR MULTAS DE ZONA AZUL.
ALGO QUE INTERESA A TODOS
.


Esto que has copy-pasteado, es una chorrada como la copa de un pino.

En primer lugar las dos leyes que citas del año 92 y 94, estan totalmente obsoletas y han sido reformadas a posteriori en seis ocasiones. Nunca la doctrina de la Ley ha sido como tú la transcribes y el autor del escrito la ha interpretado, es un error de bulto pues en ese escrito se redactan conceptos antijuridicos no ajustados a derecho.

El impuesto Municipal de circulación, es como su propio nombre lo indica un impuesto de circulación por ese Municipio, no de aparcamiento.

Los municipios tienen potestad para establecer y cobrar por el aparcamiento dentro de la zonas que delimiten como zonas de ORA o Zona Azul; este derecho esta establecido a tenor de lo dispuesto en la Ley de Regimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
 

trullols

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Total, que tendré que pagar.

Os requetejuro que saqué el tique a las 7 de la mañana (hasta las 16:00) y me multaron sobre las 12:00 ... con el tique en el asiento.

Pero eso les da igual. Supongo que tendré que pagar y fastidiarme ...

Un saludo y mil gracias a todos por vuestras amables respuestas!
 

UKH46

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i325;10796697 dijo:
Esto que has copy-pasteado, es una chorrada como la copa de un pino.

En primer lugar las dos leyes que citas del año 92 y 94, estan totalmente obsoletas y han sido reformadas a posteriori en seis ocasiones. Nunca la doctrina de la Ley ha sido como tú la transcribes y el autor del escrito la ha interpretado, es un error de bulto pues en ese escrito se redactan conceptos antijuridicos no ajustados a derecho.

El impuesto Municipal de circulación, es como su propio nombre lo indica un impuesto de circulación por ese Municipio, no de aparcamiento.

Los municipios tienen potestad para establecer y cobrar por el aparcamiento dentro de la zonas que delimiten como zonas de ORA o Zona Azul; este derecho esta establecido a tenor de lo dispuesto en la Ley de Regimen Jurídico de las Administraciones Públicas.


Sr. Letrado, según su leal saber y entender.
¿Qué de deberíamos hacer?
Oriéntenos por favor.
8-[
 

luismif

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pilotolo;10794092 dijo:
Pues este tema ya salió por aquí y la respuesta era más completa que la que doy yo, aunque no estoy seguro de poder atacar por este punto.

Este es un extracto de la Ley 30/92 de ley de régimen jurídico de las administraciones públicas....

CAPÍTULO IV.
NULIDAD Y ANULABILIDAD.
Artículo 62. Nulidad de pleno derecho.

1. Los actos de las Administraciones públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes:

Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.

Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.

Los que tengan un contenido imposible.

Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta.

Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.

Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.

Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de rango legal.

2. También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.


Es decir, una empresa privada no puede multar, a menos que un "agente de la autoridad" lo haga, los "controladores" no pueden hacerlo. Pero claro, ellos pasan una nota, y quién multa es el ayuntamiento, por intentar que no quede....

Esto no es del todo cierto. Aqui en Vigo eso lo solucionaron de la siguiente manera, cualquier persona puede denunciar una falta de trafico. Puedes ser tu, puedo ser yo o puede ser el controlador de la ORA. EL problema viene en que para poder denunciar hay que firmar con nombre y DNI y a esto logicamente se negaban los controladores. Lo que hicieron fue asignarles un numero y te denuncian firmando con ese numero. Todo legal y los recursos rechazados por un juez. A reclamar por otras cosas, pero eso ya no cuela.
 
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