maesm
Forista
Hola, ayer me llega una carta de la DGT con una notificación de denuncia.
"Circular a 119Km/h, teniendo limitada la velocidad a 80Km/h. Existe una limitación especificada fijada por señal. Cinemometro Autovelox 103 920214. Aprovado el 24/07/2001 para el calculo de excesos de velocidad y sancion aplicable, se han tenido en cuenta los margenes de error estipulados en la norma UNE 26444.. por ser peligroso la parada para la seguridad vial"
Ocurrió en la Autovía, un pequeño tramo que enlaza 2 Autovías y está limitado a 80. Paso todos los días por allí, pero esta vez estarían todavía mas escondidos. Sobra decir que se puede pasar al doble de la velocidad marcada (es un carril que mide de ancho como 2 carriles normales....).
Creo que son 140€ y 2 puntos (¿estoy en lo cierto?), que es lo mejor, ¿pagar y olvidarme, ó recurrir, pedir foto, etc...??
SAlu2
"Circular a 119Km/h, teniendo limitada la velocidad a 80Km/h. Existe una limitación especificada fijada por señal. Cinemometro Autovelox 103 920214. Aprovado el 24/07/2001 para el calculo de excesos de velocidad y sancion aplicable, se han tenido en cuenta los margenes de error estipulados en la norma UNE 26444.. por ser peligroso la parada para la seguridad vial"
Ocurrió en la Autovía, un pequeño tramo que enlaza 2 Autovías y está limitado a 80. Paso todos los días por allí, pero esta vez estarían todavía mas escondidos. Sobra decir que se puede pasar al doble de la velocidad marcada (es un carril que mide de ancho como 2 carriles normales....).
Creo que son 140€ y 2 puntos (¿estoy en lo cierto?), que es lo mejor, ¿pagar y olvidarme, ó recurrir, pedir foto, etc...??
SAlu2