pepelambru
En Practicas
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Pepe, el ejemplo que pones no sirve para comparar, porque en el ejemplo que comentas te paran.
Estamos hablando en el post, de una multa por exceso de velocidad, en la cual no te paran por el motivo que sea.
Si te paran tienes la obligación de identificarte (no sólo tienes obligación de llevar la documentación del coche, sino tu DNI o documento sustitutivo que pueda acreditar tu identidad).
Si que sirve ese ejemplo. SIEMPRE estas obligado a identificarte (Ley 1/92 Protección de Seguridad Ciudadana, Art.20) cuando se te va a denunciar. Tanto en el ejemplo, como el caso que nos ocupa, te quieren identificar, pero en ambos no lo haces. En el ejemplo la solucion para la Administracion es llevarte ante un juez (si se llega a ese extremo) y en el caso que nos ocupa es una sancion administrativa de 300 a 1500€. Es exactamente lo mismo, y por supuesto los demas procedimientos siguen su curso.
:wink: