En aquellos años no cambiaba ni la ruleta, siempre estaba en conducción y se que es denunciable pero nunca me han denunciado. Cuando sacas la tarjeta lo puedes dejar como quieras que en tú tarjeta no marca nada, sólo las horas de conducción, sí la dejas dentro es otra cosa, entonces sí hay que poner la cama. No te das cuenta que yo por ejemplo que duermo en casa me llevo la tarjeta siempre conmigo y sólo se marcan las horas de conducción y las de pausa u otros trabajos? el descanso no sale por ningún sitio???
Vente a casa y traite la tarjeta y la leemos con el programa que tengo y el lector de tarjetas, te vas a quedar acojonado de todos los registros en rojo sancionables que vas a tener. Sin acritud, sigue haciéndolo así, algún día hablaremos.
Tú con la tarjeta cierra la jornada y sacala, si el descanso te aparece por algún sitio te pago una cena cuando nos veamos en algún sitio si es que coincidimos, si no, te mando una transferencia o algo jajaja. Me voy a dormir.
Si no has hecho nada que vas a meter? Al no hacerlo se da por supuesto que has estado descansando puesto que no la has usado. También me han hecho eso del programa y me han mirado los fallos y ese no era uno de ellos, salían algunos en rojo pero por pasarme algunos minutos. Que se le va a hacer jajaja.
Vamos que aunque no te la tenga que pagar podemos cenar igual, que para eso nos pasamos el día dándole a la rosca. Igualmente, buenas noches.
Dependiendo del tacografo es mas o menos facil, pero cuando insertas la tarjeta te pregunta si has estado descansando hasta ese momento, si pones que si refleja el descanso, si pones que no tienes que especificar la actividad que has realizado. En cuanto a lo de justificar el descanso con el disco en blanco no tiene ni pies ni cabeza, como dice @trotter se hacia antes para no estropear la punta del tacografo, porque en el momento que el disco se monta tambien seria sancionable, ¿¿o estas pendiente de cambiarlo para que no se monte?? Citando tu fuente definicion de DESCANSO: Cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo, si tu vas a cambiar el disco para que no se monte ya no dispones libremente de tu tiempo. Si tu acabas la jornada con X kilometros y empiezas la siguiente con los mismos km, el descanso esta bien claro desde el fin de un disco hasta el inicio del siguiente, en el caso de fines de semana, descansos bisemanales o descansos mayores de 72 existe el certificado de actividades, lo rellenas pones que has estado en descanso y ya lo tienes justificado. El problema no es la ley en si, sino la interpretacion del Guardia Civil, de ahi viene tanta diferencia de criterio y que dicho sea de paso hay muchos que no tienen ni idea de todo esto.
El disco en blanco no hace falta ir a cambiarlo, ese si puede pisar, tu has cerrado el tuyo tal día con tantos km, sacas el blanco y abres uno con los mismos km y sin ningún registro de conducción y lo único que cambia es el día de cerrar y abrir, ahí ya tienes un periodo de descanso que tendrás que justificar como bien dices con un certificado de actividades y sobre pasa las 72 horas. En el digital cuando has sacado la tarjeta lo has dejado en descanso ¿no?, pues cuando la insertas te pide entrada adicional ¿verdad?, ahí es donde tienes que hacer el registro de las horas de descanso y se quedan en la tarjeta,¿no?, todo lo que no sea hacerlo así, mal. Y efectivamente, haz la prueba y pregunta a un motorista algo complicado y como no este especializado en transportes no tiene ni idea.
Haz la prueba con el simulador del ministerio de fomento. http://www.fomento.es/transportes/simulador/ing/simulador_adsl.html
No sabía que si te sacas el CAP para transporte de mercancías te valía para transporte de personas también. Enviado desde mi GT-N7000 usando Tapatalk 4
Por cierto, mejor este que está en español. http://www.fomento.es/transportes/simulador/esp/simulador_adsl.html