Por lo visto rige el principio de buena fe:
EL COMERCIO DIGITAL.
El pequeño comercio teme a los billetes de 500 euros
Deseados y a la vez marginados, los billetes de euro de más valor, los de 500, no se adaptan al pequeño comercio. El miedo a ser estafados hace que muchos dependientes no los admitan. Su inadaptación a la economía doméstica choca con las normas del Banco de España
Patricia Pérez Zaragoza
Si hay un riesgo que no están dispuestos a correr los pequeños comerciantes ese es el de admitir un posible billete falso. Más aún cuando se trata de altas denominaciones, como el caso de los billetes de 100, 200 ó 500 euros que, en algunos casos, numerosos dependientes de pequeños comercios no han tenido nunca oportunidad de ver y tocar. Estos billetes no consiguen adaptarse al ámbito de la economía doméstica. El miedo a ser estafados hace que múltiples establecimientos rechacen el pago con este tipo de billetes.
Nosotros hemos hecho la prueba de comprar con un billete de 500 euros en diversos comercios. Nuestro objetivo era comprobar la aceptación o rechazo que produce entre los pequeños empresarios y dependientes y los problemas de pago que puede causar. La experiencia nos lleva a afirmar que existen numerosos supermercados, farmacias, cines, teatros o servicios de transporte público que no suelen aceptar este billete.
Billete legal
Desde el Banco de España señalan que el billete de 500 euros es moneda de curso legal, lo que implica que el pago de cualquier deuda no puede ser rechazado cuando se realiza con este tipo de billetes. «En consecuencia, el uso de billetes de euros no está sujeto a ningún tipo de limitación o restricción legal. Por tanto, restringir de antemano la utilización de determinadas denominaciones altas de billetes no parece acorde con el concepto de moneda de curso legal que el euro ostenta», comentan desde el Banco de España. Pese a estas determinaciones legales, la experiencia demuestra que algunos comercios no están cumpliendo con esta normativa.
Para muchos, el billete de 500 euros impone mucho respeto. Mercedes Ramos, dependienta de una pequeña farmacia, no admite este tipo de billete. Intentamos pagarle un compuesto vitamínico con uno y nos lo rechazó. Su justificación fue clara: «No puedo admitirlo, porque no tengo suficiente dinero en caja como para devolverle. Además, me preocupa el hecho de que pueda ser falso», comenta. «Si viene algún cliente con uno, le digo que vaya al banco de aquí al lado a cambiarlo», apunta Mercedes, señalando el Banco Pastor que flanquea su negocio.
Éste es uno de los mayores inconvenientes del billete de 500 euros: numerosos comercios, que distribuyen bienes de primera necesidad, carecen de aparatos que demuestren la validez del billete, y no están dispuestos a ser víctimas de un timo de tales características: aceptar un billete falso de 500 euros supone perder más de 83.000 de las antiguas pesetas. Además, su valor es demasiado elevado para algunos establecimientos, que ni siquiera generan volumen de negocio suficiente: su valor supera el salario mínimo interprofesional, que en estos momentos se sitúa en 490 euros. En realidad, el uso del billete de 500 euros, del que circulan en la actualidad unos 60 millones de billetes en España, está prácticamente restringido a las grandes transacciones.
«Es la primera vez que veo uno»
La escena se repite si lo que queremos es comprar en un pequeño quiosco, un supermercado, un estanco, e incluso, al pagar en un restaurante o un bar de copas. «Es mucho para dar cambio», «Es la primera vez que veo circular uno» o «¿No tienes algo más pequeño con lo que pagarme?», son algunas de las reacciones que muestran los pequeños comerciantes para evitar el pago con este tipo de billetes.
Pese a la obligación de aceptarlo, desde el Banco de España también admiten que existe un apartado en el Código Civil (número 1 del artículo 7) en el que se dice que los «derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe». «En este sentido, parece lógico pensar que puesto que existe un amplio abanico de billetes y monedas deben utilizarse de acuerdo con el servicio a pagar. No parece muy adecuado pagar una barra de pan con un billete de 500 euros», señalan en el Banco de España. No obstante, añaden que, en ningún caso, podría rechazarse de antemano para el pago de una deuda el uso de determinadas denominaciones.