jcc
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emulajavi;7307869 dijo:Si tu pagas. PUEDES RECURRIR. Te llegará una carta diciendo que ya has pagado, y como has pagado, la sanción se convierte en definitiva.
En esa misma carta debajo te dirá el plazo que tienes para recurrir y ante quien.
un saludo
En cataluña no puedes, te lo pone en letra pequeña por detrás. Si pagas aceptas la sanción y no tienes derecho a recurrir.