El seguro te va a depender de demasiadas variables. Sexo, edad, antigüedad de carnet, extras y motorización del coche…, incluso el color, la zona donde vives o si tienes parking modifica el precio. Y cada aseguradora modifica según sus criterios por lo que lo mejor es que con tu caso (que será casi exclusivo) vayas a varias y preguntes a ver. No obstante como entiendo que querrás saber si pagas mucho o no, a mi no me importa dejarte el mio 945€/año. No era el que me daban mas barato pero si el que mas confianza me daba por sus cláusulas.
Lo he tenido que poner a nombre de mi padre ya que a mí nombre me salía muy por encima de 1.000 euros. Es a todo riesgo sin franquicia y a su nombre me ha quedado por unos 900 euros...
Yo lo quiero hacer con qualitas. Si que es cierto que luego cada año te suben aunque no des partes. Solo una consulta. ¿Tienes seguro a todo riesgo real o lo que ellos llaman seguro a todo riesgo colisión? Lo pregunto porque a mi en mi opel astra actual hace un par de años que me lo cambiaron para mantenerme un precio razonable y aunque le llamen "a todo riesgo" en realidad es un terceros ampliado.
No conozco eso que dices de todo riesgo colisión. El mio es todo riesgo real sin trucos. Importante la indemnización en caso de pérdida total(robo o siniestro total) los 2 primeros años con el 100% del valor de nuevo. Y también la asistencia en carretera sin límite de kilometraje. Lo demás es prescindible si te consideras buen conductor. A ver a mi me conocen porque mi anterior coche lo tenía asegurado con ellos unos cuantos años. Es cierto que cada año intentan subirte la cuota aunque no tengas ningún parte, para esto te recomiendo que les llames y negocies, al final ceden y te lo dejan como estaba.
Yo lo tengo en Mapfre, que además me cubren el cargador del garaje contra robo y vandalismo (pago 500 y algo un TR con franquicia de 300). La Mutua Madrileña no sé si estoy equivocado o algo me suena de que si luego te cambias no te respetan las bonificaciones porque no están en el mismo consorcio ... o algo así. También me dijeron que la cobertura sanitaria del conductor es muy baja. Es decir, si tienes un accidente a los ocupantes les cubre el seguro obligatorio de terceros pero a ti como conductor te cubre lo que hayas metido en tu póliza de seguro. Pues bien, una vez quise comprobarlo en persona y hablé con la Mutua Madrileña, les pregunté por la cobertura sanitaria y, en efecto, era ridícula (no sé si 2000 euros o así) porque me decían que claro, si me pasaba algo ya se encargaba la Seguridad Social ... ¿cómoooo?, cuidado, igual no pasa nada, pero ante accidentes de coche la Seguridad Social traslada el coste a tu compañía y si lo que cuesta es más de lo que aseguraste adivina quién tendrá que pagarlo ... al menos esa es la teoría, o era si no cambió la cosa. Vamos, que cuidado con los seguros, revisar coberturas sanitarias para vosotros mismos, cinegéticos, temas de meteorología, etc, no vayáis a tener una sorpresa luego.
Pero la sanidad no es universal? Yo entiendo que si, perteneces a un colectivo que no esté en la seguridad social, como por ejemplo jueces o fiscales, si te cogen en urgencias de la seguridad social, pasen el gasto a tu sistema sanitario pero, si perteneces a la propia seguridad social, me extraña que tengas que pagar tú algo, no?
Con la seguridad social no vas a pagar nada, el tema es la agilidad de todo y con el tema salud es mejor no jugártela. Una radiografía que necesites por la seguridad social entre que te la hacen y la ve el traumatólogo pasa un mes. Con el seguro del coche si lo paga el seguro te hacen la radiografía por privado y en dos dias te ve el traumatólogo. A la larga vas a curarte, pero en el doble de tiempo y probablemente con alguna secuela (típicos dolores o molestias puntuales) por no hacerlo a tiempo y con mas medios. Lo mismo para las rehabilitaciones. Si cubre tu seguro empiezas el primer día, sino…. En mi caso por ejemplo también me cubre perdida de sueldo hasta 1500€/mes por baja (que nunca se sabe). En cuanto a la Mutua (yo salí de allí hace años) es como dicen. No comparten datos con nadie para evitar “fugas” por lo que te hacen buenas ofertas al entrar y van subiendo con los años, hasta el punto que cuando quieres salir, las demás compañias no tienen posibilidad de comprobar tú histórico y te cobran como si fueras nobel, dando precios mas altos de los que te darían si tuvieran esos datos. Mi consejo por experiencia si no estáis dentro, que os mantengáis sin entrar.
Buscar, buscar por internet ... hay multitud de páginas que lo explican, pero para poner una oficial: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/atencion-a-victimas/informacion-en-caso-de-accidente/ dice literalmente "Ten en cuenta que en principio, la Seguridad Social no se hace cargo de los gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico, sino que debe asumirlos la aseguradora del responsable del accidente" Otro enlace no público https://www.arpem.com/seguros-coche/articulos/seguridad-social-no-cubre-accidentes-trafico/ Dejo que vosotros mismos saquéis la conclusión.
A ver yo estoy en la Mutua, tengo 3 coches con ellos y hace unos meses me cadudaba el seguro de uno y estuve apunto de cambiar, como es lógico la otra aseguradora me solicitaba un certificado de siniestralidad, yo contacte con la Mutua y en 24h lo tenía en mi correo electrónico. Con respecto a la cantidad del seguro para tema sanitario ni lo he mirado, primero porque como bien dice un compañero para eso está la Seguridad social o también mi seguro médico privado
Sí, pero a lo que se refiere es a que, si el ingresado es el perjudicado, se le va a reclamar a este (al culpable) los gastos y es el seguro del culpable quien subsidiariamente los afrontará. Aquí estamos hablando de los gastos que tu seguro te va a pagar a ti por estar hospitalizado. El seguro puede tener un apartado en el que exista una compensación económica para cubrir gastos, por ejemplo, para una segunda opinión u otra casuística que no cubra la Seguridad Social pero, la hospitalización y demás etapas de recuperación van a cuenta del Estado, por ser español, en primer lugar, y por ser universal la sanidad, en segundo lugar. La nota de la DGT hace referencia al afectado y dice, normalmente, porque puede darse que el culpable no esté asegurado, sea insolvente o mil cosas más. Ahí ya iría todo por otros derroteros
Si el culpable es otro es como siempre, claro, paga el otro (su seguro), el caso que comento es el caso de que el culpable seamos nosotros. Ahí es donde entra nuestro seguro y las coberturas sanitarias que contratemos son las que nos cubren a nosotros como conductores, de hecho nuestros pasajeros van por otro lado, el de responsabilidad civil (incluso creo que pueden pedir indemnización). Por más que busco en todo lo que encuentro dice lo mismo, que la Seguridad Social reclamará el coste a la compañía de seguros. Otro más https://bufeteosuna.es/quien-paga-los-gastos-medicos-derivados-de-un-accidente-de-trafico ahí dice "es importante destacar que, la primera asistencia que requiera la víctima de un accidente de tráfico, se podrá llevar a cabo en urgencias de un hospital público, pero luego, le exigirán el pago a la compañía de seguros" También dice "Cuando el accidente es causado por un conductor, no tiene la condición de tercero, motivo por el que no tendrá derecho a que su compañía de seguro le sufrague los gastos médicos. Para que el conductor culpable tenga derecho a que le paguen la asistencia médica, debe tener contratada una póliza adicional, que es la de seguro del conductor." Es decir, no es que tú puedas reclamar al seguro gastos por tus cuidados, es que es la Seguridad Social la que reclamará a tu seguro los gastos y tu compañía cubrirá para ti como conductor hasta donde hayas contratado. Lo que no tiene sentido es que tu compañía de seguros pague la asistencia de los terceros "inocentes" pero la tuya, que encima eres el que provocó el accidente, te la paguen las arcas públicas. Existe un convenio que se preocupa de las víctimas excepto del conductor culpable, creo que éste: https://www.unespa.es/convenios/convenios-asistencia-sanitaria-sector-publico/ Esto es pura gestión de riesgos. Un seguro no es más que un traslado del riesgo y el riesgo es la probabilidad de que una amenaza se materialice. Por ejemplo, vas caminando y te topas con un precipicio en tu camino, la amenaza es la hostia que te vas a pegar si sigues. Puedes asumirlo, me lanzo y que sea lo que Dios quiera, igual palmo o igual no me pasa nada. Esquivarlo, doy un rodeo y me voy por otro camino sin precipicio. Aliviarlo, me tiro pero con un paracaídas. O trasladarlo, que se tire otro. Esto último es lo que hacemos al contratar un seguro, le pasamos el riesgo a la compañía. Si no pasa nada ellos ganan, si pasa algo ellos pagan. Cuanto más grande es el riesgo, es decir, cuanto más grande es la probabilidad de que pase algo, más les pagas por el riesgo que van ellos a asumir por ti. Pues lo del conductor culpable es eso mismo, cuanto más pagues más te cubrirán y más caro te saldrá el seguro.
Entiendo todo lo que dices. De todos modos, el lunes voy a preguntarle al corredor de seguros Es que me cuesta asumir que esto es así. Porque, ¿esto es de aplicación a otras casuísticas diferentes a la de seguros de coches y accidentes? Por ejemplo, si tengo una casa en el campo y explota la bombona, quedando yo mal herido, ¿la Seguridad Social le pasa la factura de mis cuidados a la compañía de seguros? ¿Y si no tengo seguro de hogar? ¿Mi hospitalización la tengo que pagar yo? Pregunto.
Pues ese caso no lo sé, la verdad, pero lo que sí pinta es que esto no es genérico, es decir, el caso del que estamos hablando aplica a accidentes de tráfico. Si te fijas en esos convenios que aparecen en el enlace dice: - "El presente Convenio regula las relaciones entre las partes signatarias para la gestión de la asistencia sanitaria prestada en el ámbito de la sanidad pública a lesionados por hechos de la circulación". - "Las estipulaciones y precios de este Convenio se aplicarán a todas las prestaciones sanitarias realizadas a los lesionados por hechos de la circulación ocasionados por vehículos a motor que, conforme a la legislación vigente, estén obligados a suscribir un contrato de seguro de Responsabilidad Civil derivada de la Circulación de Vehículos de Motor." - "El artículo 83 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad establece que los Servicios de Salud tendrán derecho a reclamar, del tercero responsable, el coste de los servicios prestados en los supuestos de seguros obligatorios especiales y en todos aquellos supuestos, asegurados o no, en que aparezca un tercero obligado al pago" Es decir, aplica en temas de circulación, donde los vehículos a motor están OBLIGADOS a tener un seguro, que no sé si entran en el caso de seguros obligatorios especiales o en el caso de que hay un tercero obligatorio o en los dos. Vamos, contestando a tu pregunta, que es específico para el tema de circulación, no sé si aplica a otros seguros, pero la diferencia es que NO es obligatorio tener un seguro del hogar (que yo sepa, pero sí recomendable) pero SÍ es obligatorio tener un seguro del coche. De todas maneras no soy abogado ni nada de eso, simplemente lo que leo y alguna vez me comentaron, por lo que será interesante lo que te comente tu corredor de seguros, sí.