Alejandro87
Clan Leader
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Muy buenas!,al fin he vencido la pereza y me he registrado(odio los registros jej),despues de seguir y aprender del foro mucho tiempo.Pues bueno,vivo en armilla y tengo un serie 5.Ahy va el chiste-parodia de las carreteras jej.
saludos.
"Así se recurre una multa en España.
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba
camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a
la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el
número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco. Sin
embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida
junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho,la Ley
54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se
establece que el Sistema Métrico Internacional será
el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del
citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud
será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de
matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide
dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla,
por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad
de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la
velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente
citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h , que de hecho los iba,pero es que
la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que
todos debemos respetar y del que Vd..... es el máximo exponente, no he
dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la
velocidad, el metro por segundo; si Vd.. hace la conversión, observará que
70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de
lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los
600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para
bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy
a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado
trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente."
saludos.
"Así se recurre una multa en España.
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba
camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a
la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el
número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco. Sin
embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida
junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho,la Ley
54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se
establece que el Sistema Métrico Internacional será
el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del
citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud
será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de
matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide
dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla,
por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad
de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la
velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente
citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h , que de hecho los iba,pero es que
la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que
todos debemos respetar y del que Vd..... es el máximo exponente, no he
dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la
velocidad, el metro por segundo; si Vd.. hace la conversión, observará que
70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de
lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los
600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para
bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy
a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado
trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente."


