RECURRIR MULTAS DE TRAFICO (muy útil)

C

chuski2

Invitado
Hombre, como guía práctica (a excepción de los plazos incorrectos), no está del todo mal.
Pero lo de pretender redactar un recurso basandose en un solo modelo, pues no se un poco chapuzas es. Como ejemplo de una estructura vale, pero redactar antecedentes de hecho y fundamentos de derecho así a mogollón lo q nos garantiza es q a falta d un descuido en los plazos, nos denegarán seguro.

Saludos.

PD: No si terminaremos en un subforo de "man multao", haciendo pliegos de descargo. Eh Gus?


Estoy de acuerdo, un pliego de alegaciones nunca es estandar, el texto esta bien como orientacion.
Hay ciertas multas como son radar, alcoholimetro,etc, que eso no tienen salvacion, pero recurrirlas te da algo de margen para ahorrar, sobre todo si son de una cuantía importante. eso nunca viene bien.
Luego si eres de los pocos que por error se plasan en el plazo hasta te puedes librar, pero hoy en dia como todo esta informatizado es dificil.
Aqui podeis consultar vuestras multas y puntos: http://www.dgt.es/tramites/ppp/permiso_puntos.htm

Para los que querais hacer el recurso, hay un programa que recoge todos los datos y en base a ellos hace el recurso, si lo necesitais me lo pedís que miramos la forma de pasarlo.

Saludos
 

Micondilo

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amos a ver, que de esto si que entiendo:wink: :
punto 3: si cuando te llega a casa una carta certificada y despues resulta que es una multa, si no vas a correos a recogerla, tambien se entiende como notificada ya que si no la recojes sale publicado ( creo que en el boletin oficial de tu comunidad autonoma) o en cualquier caso en algun boletin de caracter publico y asi se entiende como notificada y si no la pagas por que no te has enterado o querido enterar, empieza el procedimiento de cobro, hasta llegas al embargo.
Tampoco vamos a confundir a la gente. Tal y como lo dices parece q el cartero según vuelve de tu casa sin poder hacer la notificación, se pasa por el B.O.P. (pq es en el B.O.P. donde se publican no en los Boletines Autonómicos) :wink: y te da por notificado. La cosa no exactamente así. La multa permanece en correos durante 15 días para que puedas auto-notificarte (por así decirlo) personandote allí, de ahí va devuelta a la dirección provincial de tráfico (o la oficina de denuncias del ayuntamiento). De ahí se tiene que dictar la correspondiente comunicación al B.O.P. para su inclusión y publicación con los datos correspondientes, y de ahí a que salga publicado teniendo en cuenta que se hacen miles... puede pasar fácilmente 8 o 9 meses.
 

Micondilo

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Edito: algo ha pasado pero aparecía como último mensaje y sin embargo el post no sale... repetiré

amos a ver, que de esto si que entiendo:wink: :
punto 3: si cuando te llega a casa una carta certificada y despues resulta que es una multa, si no vas a correos a recogerla, tambien se entiende como notificada ya que si no la recojes sale publicado ( creo que en el boletin oficial de tu comunidad autonoma) o en cualquier caso en algun boletin de caracter publico y asi se entiende como notificada y si no la pagas por que no te has enterado o querido enterar, empieza el procedimiento de cobro, hasta llegas al embargo.
No confundamos a la gente. Tal y como lo dices parece que el cartero cuando vuelve de tu casa, se pasa por la oficina del B.O.P. (pq es el B.O.P. donde te notifican y no en el Boletín autonómico) y te dan por notificado :wink:. Después de intentar la notificación al menos en dos ocasiones (eso dice la Ley de Procedimiento Administrativo) la multa queda en correos durante 15 días para que te puedas auto-notificar (por decirlo así) personandote en la oficina. Después es devuelta a la Dirección provincial de tráfico (u oficina de multas del ayuntamiento) correspondiente. De ahí ha de enviarse providencia al B.O.P. correspondiente para la publicación con todos los datos necesarios. Y de ahí has de salir publicado entre los miles de notificaciones que han de hacer para darte por notificado, lo leas o no (eso ya es indiferente). En total, en mi última multa 1 año y un día desde q fuí sancionado. Saludos.
 

Gus

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PD: No si terminaremos en un subforo de "man multao", haciendo pliegos de descargo. Eh Gus?

:floor:

Aquí ya lo tuvimos, eso . (Niño, que salíamos a entuerto/temblaera casi diaria biggrin)

Cierto lo que comentas del BOP, Micondilo: pero el otro día "estudiando" para mi último retrato llegué a la conclusión de que paulatinamente estan agilizando el tema todas las Jefaturas Provnciales. (A peor era difícil ir, vaya)

(Por cierto, notificación en correos... se queda una semana desde el aviso, no? )
 

birdhouse

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Y como casi todo ahora es muy grave biggrin pues vamos, que aqui no se salva ni cristo
 

Gus

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Ya te digo biggrin
 

Josecarlosm1970

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amos a ver, que de esto si que entiendo:wink: :

........ En resumidas cuentas, si os han pillado mi consejo es pagar rapido y beneficiarse del 30% de descuento.
un saludo

Efectivamente, yo también pienso que en muchos casos es o era más rentable pagar y ahorrarse el 30% de descuento, y digo era, porque ahora hay que plantearse, además de la sanción económica, el tema de la retirada de puntos. Si pagamos y no alegamos ni recurrimos la denuncia o sanción, en cierta forma, estamos dando una conformidad con el hecho denunciado y provocando que la sanción devenga firme y que, por lo tanto, la posible retirada de puntos también lo sea. Si alegamos, solicitamos prueba y recurrimos hasta el final existe alguna posibilidad de que el procedimiento no se tramite bien y pudiera anularse o sobreseerse. Además, alargaríamos el momento en el que nos quiten los puntos...
 

Gus

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Joer: retirada de puntos y que apartir de 4 además de puntos y pasta, te están retirando el permiso de 1 a 3 meses; insisto porque para mi, incluso por encima de las molestias, es como si Pere I El Estulto se viniera a vivir a mi casa de 1 a 3 meses al estilo del primo bosnio aquel de la serie de TV (pero más tonto biggrin )
 

deividone

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Edito: algo ha pasado pero aparecía como último mensaje y sin embargo el post no sale... repetiré


No confundamos a la gente. Tal y como lo dices parece que el cartero cuando vuelve de tu casa, se pasa por la oficina del B.O.P. (pq es el B.O.P. donde te notifican y no en el Boletín autonómico) y te dan por notificado :wink:. Después de intentar la notificación al menos en dos ocasiones (eso dice la Ley de Procedimiento Administrativo) la multa queda en correos durante 15 días para que te puedas auto-notificar (por decirlo así) personandote en la oficina. Después es devuelta a la Dirección provincial de tráfico (u oficina de multas del ayuntamiento) correspondiente. De ahí ha de enviarse providencia al B.O.P. correspondiente para la publicación con todos los datos necesarios. Y de ahí has de salir publicado entre los miles de notificaciones que han de hacer para darte por notificado, lo leas o no (eso ya es indiferente). En total, en mi última multa 1 año y un día desde q fuí sancionado. Saludos.
totalmente deacuerdo en casi todo. No he entendido bien eso de que un año y un dia desde que te sancionaron, pero el procedimiento no se para porque tu no vayas a correos a recoger la multa. el tiempo de prescripcion empieza a contar desde que le toca mover ficha a la administracion y no lo hace, no desde que te toca a ti. Y en correos no estan 15 dias, si no 7 dias:wink:
 

deividone

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Efectivamente, yo también pienso que en muchos casos es o era más rentable pagar y ahorrarse el 30% de descuento, y digo era, porque ahora hay que plantearse, además de la sanción económica, el tema de la retirada de puntos. Si pagamos y no alegamos ni recurrimos la denuncia o sanción, en cierta forma, estamos dando una conformidad con el hecho denunciado y provocando que la sanción devenga firme y que, por lo tanto, la posible retirada de puntos también lo sea. Si alegamos, solicitamos prueba y recurrimos hasta el final existe alguna posibilidad de que el procedimiento no se tramite bien y pudiera anularse o sobreseerse. Además, alargaríamos el momento en el que nos quiten los puntos...
efectivamente, economicamente es mas rentable pagarla con la reduccion, otra cosa es el tema de la retirada de puntos. Ahi hay que estuiar el tema, y saber jugar o administrar esos puntos para que te los quiten en un año o en otro y eso se consgue recurriendo para perder tiempo.
 
B

BEVICO

Invitado
Hola! Este Viernes me encontré en el parabrisas una multa de estacionamiento. La cual ponia: estacionar en lugar donde se prohibe la parada.
La zona NO tiene ninguna prohibicion, tanto en señalización horizontal ni vertical, y no molestaba al paso de vehiculos.
En el papelito que me encontre, se lee que tengo 15 dias para identificar el infractor, (si no lo hago me hacen pagar 300 €)
No se como realizar la reclamacion, si alguien entendido me puede echar una mano lo agradeceria :thumb:.
P.D.: tengo idea de aportar fotos demostrables de que en la zona no hay señalización al respecto.
 
P

Portero

Invitado
joeeee, muchas gracias por la información .Lla guardaré como oro en paño por si algun dia.......

:argue:

Saludos,
 
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