Noticia Se endurecen las obligaciones de empresa para probar uso en la actividad de los vehículos.

Bl@nquito

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Era cuestión de tiempo.
Por ejemplo, en Francia, no puedes recuperar el IVA de los coches en renting si hay un uso particular, por mínimo que sea, del coche de empresa.

La persecución actual de Hacienda en todos los ámbitos es alucinante....
En España tampoco...
El IVA es deducible al 100% o no lo es, no puedes deducir una parte como si puedes hacer con la base imponible
 

Pedro

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En España tampoco...
El IVA es deducible al 100% o no lo es, no puedes deducir una parte como si puedes hacer con la base imponible
Precisamente en España es el Iva el que es deducible al 50% (o más si consigues acreditarlo o tienes una actividad que lo permita), es el gasto es que es todo o nada.
 

DavidV

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jsagar

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Entiendo que la deducción del 50% del iva, esa no hay quien te la quite.

Yo ya he desistido de tratar de deducir el irpf. Los casos que conozco en mi ciudad, siempre los desestiman. por mas que justifiques con facturas, clientes, etc los desplazamientos, no hay forma de demostrar que el coche solo se usa para trabajo. debería recaer en hacienda el deber de demostrar que he usado el coche para uso no profesional...
 

nebur

Dos M3 e46 por encima de Clan Leader .
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Era cuestión de tiempo.
Por ejemplo, en Francia, no puedes recuperar el IVA de los coches en renting si hay un uso particular, por mínimo que sea, del coche de empresa.

La persecución actual de Hacienda en todos los ámbitos es alucinante....
Una duda
Si yo le vendo algo a un francés que no tenga intracomunitario .
Le tengo que cobrar el 21 % de España no ?
Osea , no puede elegir el el pagar el 20 en su país. ..
Es que de momento no hice nunca ninguna venta a alguien si intracomunitario fuera de España y me preguntó ayer precisamente un francés por eso mismo .
 

Plankton

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Son convenios dentro de la UE para evitar la doble tributación, hay varios tipos dependiendo de una serie de requisitos, como transfronterizo, desplazado, etc etc.

Yo pagaba como un trabajador normal de España aún viviendo y trabajando el Portugal.

El transfronterizo es mas ventajoso, no pagas IRPF en ningún país, solo la Seguridad Social del pais donde trabajas

En centroeuropa que en 20km tienes varias fronteras de varios paises es mas común.

Eso es lo que digo, como puedes pagar como un trabajador normal de España cuando ni resides ni trabajas en España?
 

DavidV

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¿Y eso qué es? biggrin

luego le explicas tú al auditor por qué no cuadra el intermensual de nómina con las transferencias, que es una comprobación de junior, sin entrar a la crujida en caso de inspección :whistle:
 

berto dh naron

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Pagaran cono siempre los autónomos...es la desgracia...

Pero el que tiene un Ferrari a nombre de empresa... No hay mas que ver las páginas de compraventa...todos los deportivos "iva deducible"...
Los que no estan en renting directamente y a los 2 o 4 años otro nuevo...
Antes el que queria un coche de 30 millones, iba al concesionario y pam. En billetes...
 

Bl@nquito

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Precisamente en España es el Iva el que es deducible al 50% (o más si consigues acreditarlo o tienes una actividad que lo permita), es el gasto es que es todo o nada.
Em no estoy de acuerdo Pedro
La normativa es bastante explícita en eso… El Iva no se puede deducir en cantidades inferiores al 100% mientras que el gasto si
No se que experiencia habrás tenido con ello, pero yo por lo que me he encontrado ha sido esa

De hecho tengo gastos deducibles en un 33% y en el Iva te dicen que tururú

Edito: Artículo 95
Añado también que me refiero a que este artículo aplica cuando la afectación tiene un uso empresarial y particular. Porque de ser un uso empresarial 100% pueden decirte que te puedes deducir el 50% del IVA; pero en cuanto haya afectación particular no, nada.
 
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