Me han llamado de una cooperativa en la que estaba apuntado xq ha una vacante y el siguiente en la lista soy yo.
Es una vivienda de VPPB.
Os explico mi situación personal.
El problema es el siguiente. Yo me he casado en Agosto del 2008 (en bienes gananciales), mi mujer antes del matrimonio adquirió una vivienda en propiedad (de renta libre), mi duda es si los requisitos para acceder a una vivienda de proteccion pública VPPB, los toman del año 2007 o del año actual 2009.
Porque si fueran los del año 2007, yo estaba soltero, y mis ingresos en la renta de dicho año son inferiores a 5,5 veces el IPREM. Ahora bien, como en los requisitos pone " Unidad familiar " y yo a fecha de hoy estoy casado (bienes gananciales). ¿podria hacer separacion de bienes y entonces acceder a dicha vivienda?
Otra opción que se podria estudiar, si no pudiera yo acceder a esta vivienda, es ver si se puede poner a nombre de mi madre y ver si cumple los requisitos para VPPB.
Mi madre vive en un pueblo de Toledo, y no tiene ninguna vivienda de proteccion a nivel nacional , ni de renta libre en la comunidad de Madrid. Tiene una pensión alta pero no pasaria de la cantidad (5,5 veces el IPREM).
REQUISITOS: exigidos por la CAM para acceder a una vivienda de protección pública VPPB.
Adjuntamos enlace de la calculadora de la Pág. www.madrid.org para que puedas hacer el cálculo y saber si cumples o no
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/vnd.ms-excel&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1202793812800&ssbinary=true
La renta será la del 2007 y para hacer el cálculo deberás introducir el nº de miembros de la unidad familiar y tu renta.
i. No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional, excepto en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
ii. No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV).
Este requisito no deberá aplicarse en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
En caso de ser propietario de vivienda puede obtenerse la valoración del Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales en la Delegación de Hacienda de la CAM, Pº del General Martínez Campos, Nº 30. Tel. de petición de cita es 915809583.
iii. Que se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
Se acredita este requisito al firmar el Contrato de Adjudicación aportando certificación del Registro de la Propiedad.
Un Saludo
P.D: Perdon x el tocho
Es una vivienda de VPPB.
Os explico mi situación personal.
El problema es el siguiente. Yo me he casado en Agosto del 2008 (en bienes gananciales), mi mujer antes del matrimonio adquirió una vivienda en propiedad (de renta libre), mi duda es si los requisitos para acceder a una vivienda de proteccion pública VPPB, los toman del año 2007 o del año actual 2009.
Porque si fueran los del año 2007, yo estaba soltero, y mis ingresos en la renta de dicho año son inferiores a 5,5 veces el IPREM. Ahora bien, como en los requisitos pone " Unidad familiar " y yo a fecha de hoy estoy casado (bienes gananciales). ¿podria hacer separacion de bienes y entonces acceder a dicha vivienda?
Otra opción que se podria estudiar, si no pudiera yo acceder a esta vivienda, es ver si se puede poner a nombre de mi madre y ver si cumple los requisitos para VPPB.
Mi madre vive en un pueblo de Toledo, y no tiene ninguna vivienda de proteccion a nivel nacional , ni de renta libre en la comunidad de Madrid. Tiene una pensión alta pero no pasaria de la cantidad (5,5 veces el IPREM).
REQUISITOS: exigidos por la CAM para acceder a una vivienda de protección pública VPPB.
- Ingresos familiares Inferiores a 5,5 veces el IPREM.
Adjuntamos enlace de la calculadora de la Pág. www.madrid.org para que puedas hacer el cálculo y saber si cumples o no
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/vnd.ms-excel&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1202793812800&ssbinary=true
La renta será la del 2007 y para hacer el cálculo deberás introducir el nº de miembros de la unidad familiar y tu renta.
- No ser titular de una vivienda:
i. No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional, excepto en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
ii. No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), exceda del 40% del precio máximo total de venta (inferior al Precio Máximo Legal de Venta o PMLV).
Este requisito no deberá aplicarse en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
En caso de ser propietario de vivienda puede obtenerse la valoración del Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales en la Delegación de Hacienda de la CAM, Pº del General Martínez Campos, Nº 30. Tel. de petición de cita es 915809583.
iii. Que se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
Se acredita este requisito al firmar el Contrato de Adjudicación aportando certificación del Registro de la Propiedad.
Un Saludo
P.D: Perdon x el tocho