Condenado por llevarse su coche de un taller sin pagar la reparación

iRten

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Por si a alguno se le ha pasado por la cabeza :descojon::descojon:

Condenado por llevarse su coche de un taller de Beasain sin pagar la reparación. diariovasco.com

02.07.08 - 13:00 - SAN SEBASTIÁN | EFE

"Un juzgado de San Sebastián ha condenado a un hombre a pagar una multa de 1.080 euros por llevarse su coche de un taller mecánico de Beasain sin pagar el arreglo que le habían realizado.
Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso Efe, los hechos ocurrieron el 18 de mayo de 2007, cuando el acusado acudió al garaje en el que había dejado su turismo para ser reparado y pidió a los empleados que le permitieran comprobar si el vehículo arrancaba.
El texto judicial explica que en ese momento el procesado intentó huir con su automóvil "sin pagar la factura de la reparación que ascendía a 2.452 euros" y, aunque uno de los mecánicos "activó el botón de cierre de la persiana e intentó sujetar" el coche, el imputado "continuó su marcha" y se dio a la fuga.
El escrito recuerda además que el acusado no ha podido "ofrecer una explicación mínimamente congruente sobre la forma en la que abandonó el taller con su vehículo".
Daños en el establecimiento
La sentencia señala que la versión dada por el procesado de que "se ofuscó porque se sintió estafado a la vista del coste de la reparación" tampoco "explica que se marchara" del taller "sin haber pagado un euro".
Por este motivo, considera "evidente que el acusado pretendió sacar el vehículo del taller de forma ilegítima y subrepticia" y "utilizando cierta violencia", con lo que "causó daños en el establecimiento" e "incluso llegó a poner en peligro a uno de sus trabajadores".
El texto judicial recuerda además que resulta "innegable que el taller, en tanto no se abone la factura correspondiente a sus servicios, tiene legalmente la posesión del vehículo".
Por lo tanto, la sentencia considera al inculpado responsable de un delito de hurto por el que le impone una multa de 1.080 euros y le condena a indemnizar al establecimiento perjudicado con otros 2.452 euros más."
 

Gavira

Tr3s españoles, cu4tro opiniones.
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A ver si alguien lo explica, porque un "delito de hurto" sobre el propio vehículo, me parece extraño; a no ser que específicamente se haya dejado el vehículo al taller como "guarda y custodia" :-k También pensaba que la posesión es del propietario del vehículo, sin que pudiera retenerse el vehículo como parte del pago :-k ¿Esto crea precedente/jurisprudencia?

Una noticia curiosa, sin duda.
 

RobertoCi

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Estoy con gavira, no lo entiendo. Una disputa por una factura no es obice para que el taller tenga el derecho a embargarte el vehiculo , es tuyo y te lo llevas ... y si no avisas a la policia.
Menos mal que en la guantera no llevaba las escrituras de la casa..........alucina!

S2
 

dogui82

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articulo 1600 del codigo civil

El que ha ejecutado una obra en cosa mueble tiene el derecho de retenerla en prenda hasta que se le pague.
 

jorgeee

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dogui82;5460497 dijo:
articulo 1600 del codigo civil

El que ha ejecutado una obra en cosa mueble tiene el derecho de retenerla en prenda hasta que se le pague.


ya, si en eso estamos de acuerdo, pero el artículo de prensa habla de un delito de hurto, es decir, es una causa penal y no civil

yo creo que es una cagada del periódico, no se puede hurtar algo que pertenece a uno
 

yanthuan

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iRten;5459854 dijo:
"El texto judicial recuerda además que resulta "innegable que el taller, en tanto no se abone la factura correspondiente a sus servicios, tiene legalmente la posesión del vehículo"

Si se puede hablar de hurto. Mientras que el cliente no pague la factura de la reparación el taller tiene derecho a no dar al cliente su propio vehículo.

No entiendo de leyes , no se si se llamará apropiación indebida, hurto ... bla bla bla, pero lo que si que es seguro es que el cliente no tenía derecho a llevarse el coche...

A ver si alguien puesto en leyes nos concreta exactamente los términos legales. Por otro lado en el mundo profesional del transporte está a la orden del día que los grandes flotistas saquen los camiones del taller sin pagar un chavo, porque yo lo valgo...[-(
 

dogui82

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jorgeee;5461066 dijo:
ya, si en eso estamos de acuerdo, pero el artículo de prensa habla de un delito de hurto, es decir, es una causa penal y no civil

yo creo que es una cagada del periódico, no se puede hurtar algo que pertenece a uno

Es sencillo dentro de lo complicado del derecho.
El que ha ejecutado una obra en cosa mueble tiene el derecho de retenerla en prenda hasta que se le pague.
El del taller es el que ha realizado la obra y hasta que se le pague le pertenece,entonces tu si llegas y te llevas el coche (Aunque seas el propietario)estas hurtando o robando,depende de como te lo lleves,porque hasta qu no pagues el arreglo pertence al taller,no se si me he explicado.
Si no estas de acuerdo con el del taller,lo único que puedes hacer es primero pagar y luego denunciarle y buscarle las cosquillas,pero primero pagaar y luego esperar que te lo devuelva o lo que sea.

un saludo y espero haberme explicado.
 
M

Mario.Garcia.Bravo

Guest
como en todo no es del todo exacto, el taller no puede retenerte un vehiculo siempre y cuando te dieran presupuesto y el gasto (reparacion) exceda la cantidad pactada.

para eso estan los presupuestos, si este señor no tenia uno y cuando le realizaron la reparacion se sintio estafado no es motivo suficiente para llevarse el vehiculo del taller.

Un saludo.
 

Bob

Asturiano sidrero
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No es lo mismo poseedor que propietario, el coche te sigue perteneciendo a ti, sólo faltaba, lo que ocurre es que según el código civil el poseedor legítimo de algo se sobreentiende que es el que lo tiene en ese momento y, cuando esa posesión resulta de, por ejemplo, una reparación, tienes ciertos derechos sobre ese bien en virtud del contrato que se supone ortorgado. El dueño sigue siendo el propietario, pero no puede recuperar la posesión hasta que no cumpla con la otra parte del "contrato", en este caso el pago de la reparación.
 
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