Tony-325i
Forista Senior
- Registrado
- 4 Jul 2006
- Mensajes
- 6.446
- Reacciones
- 13
Buenas compañeros.
Voy a comprar otro coche por el cual por mi trabajo, agente comercial, puedo deducirme el 100% del IVA y un 16 % anual en el IRPF, hasta ahi todo claro :wink:
Mi duda surge, el dia que venda el coche y compre otro, por ejemplo dentro de 2 o 3 años, como lo tengo que hacer y que pasará???? me explico, al ser autonomo y el coche estar ligado a la actividad lo tengo que vender con IVA y declarar ese IVA?, el importe de la venta se considera como beneficio de la actividad??? habría que devolver las deducciones????
Un saludo y supongo qe este post le será de ayuda a mas de uno y de dos:wink:
Voy a comprar otro coche por el cual por mi trabajo, agente comercial, puedo deducirme el 100% del IVA y un 16 % anual en el IRPF, hasta ahi todo claro :wink:
Mi duda surge, el dia que venda el coche y compre otro, por ejemplo dentro de 2 o 3 años, como lo tengo que hacer y que pasará???? me explico, al ser autonomo y el coche estar ligado a la actividad lo tengo que vender con IVA y declarar ese IVA?, el importe de la venta se considera como beneficio de la actividad??? habría que devolver las deducciones????
Un saludo y supongo qe este post le será de ayuda a mas de uno y de dos:wink: