lofri;8095618 dijo:Asi que amigo Gus, hablar de la presunción de inocencia de los conductores, la presuncion de veracidad de los agentes, o de la inversión de la carga de la prueba (prueba diaobólica), esta muy bien, pero con el panorama que se nos avecina y visto lo visto, lamentablemente de poco nos va a servir.
Gus;8096473 dijo:Sumad a la pérdida de oportunidades de recurrir la prescripción aumentada a 4 años, pero...
...precisamente por eso yo voy acumulando argumentos (porque como tengamos que esperar una resolución del TC , mejor esperar con la sanción no firme)
lofri;8098559 dijo:Se me olvidó citar algo que entiendo es muy importante relativo a los radares, y que quizás hallamos pasado por alto, y es que viene contemplado en la propia Ley de forma expresa lo siguiente:
Art. 65. 6. Asimismo, son infracciones muy graves:
Instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Por tanto, ¿son legales o ilegales los detectores de radar? Se admiten apuestas
Si detectamos la posición(gps o detector) no hay problema, pero si frenamos para ajustar nuestra velocidad ¿estamos interfiriendo?...o quizás el Detector es ILEGAL, porque¿¿¿¿ porque el detector a la vez que avisa, emite una onda que se tiene que cruzar con la de los agentes?, es decir interfiere![]()
De nuevo cuestiones semánticas con las que entrar en una discusión Bizantina es inevitable. Por otro lado creo que ninguno dudamos del afán recaudatorio de nuestros dirigentes.
Habrá que esperar a que haya jurisprudencia.
Creo que tenemos por delante un buen "periodo de prueba": la ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación, pero está vigente a todo aquello que favorezca al infractor, de acuerdo con su DF 7ª.
Quien opte por utilizar un detector y sea sancionado puede recurrir la sanción y ver qué respuesta da la Administración al recurso. Del mismo modo, entiendo que aquellos que tengan expedientes incoados por ese mismo motivo actualmente en trámite (es decir, sin resolución firme) pueden también introducir este argumento en su defensa.
En fin lo dicho, se admiten apuestas
sds
lofri;8098559 dijo:Se me olvidó citar algo que entiendo es muy importante relativo a los radares, y que quizás hallamos pasado por alto, y es que viene contemplado en la propia Ley de forma expresa lo siguiente:
Art. 65. 6. Asimismo, son infracciones muy graves:
Instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Por tanto, ¿son legales o ilegales los detectores de radar? Se admiten apuestas
Si detectamos la posición(gps o detector) no hay problema, pero si frenamos para ajustar nuestra velocidad ¿estamos interfiriendo?...o quizás el Detector es ILEGAL, porque¿¿¿¿ porque el detector a la vez que avisa, emite una onda que se tiene que cruzar con la de los agentes?, es decir interfiere![]()
De nuevo cuestiones semánticas con las que entrar en una discusión Bizantina es inevitable. Por otro lado creo que ninguno dudamos del afán recaudatorio de nuestros dirigentes.
Habrá que esperar a que haya jurisprudencia.
Creo que tenemos por delante un buen "periodo de prueba": la ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación, pero está vigente a todo aquello que favorezca al infractor, de acuerdo con su DF 7ª.
Quien opte por utilizar un detector y sea sancionado puede recurrir la sanción y ver qué respuesta da la Administración al recurso. Del mismo modo, entiendo que aquellos que tengan expedientes incoados por ese mismo motivo actualmente en trámite (es decir, sin resolución firme) pueden también introducir este argumento en su defensa.
En fin lo dicho, se admiten apuestas
sds
Gus;7997516 dijo:Norawena a los premiados; nueva Ley 2010, texto definitivo publicado en el BO de las Cortes de 15 de noviembre de 2010....a la espera de BOE: y en los términos que anticipamos para usuarios e instaladores de antiradares.
Especial atención al último inciso y a que dejan de estar expresamente prohibidos como lo estaban los detectores de radar antes como mecanismos de "elusión" (y en el proyecto), de manera que por el juego de la D. Final séptima, que dice "
los efectos de esta Ley quedel Estado"
sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor
el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
podemos defender que a dia de hoy (en cuanto salga en el BOE) portar detectores de radar, en tanto que sistemas que no solo no interfieren nada sino que además informan de la posición de los sistemas de control de tráfico, no es sancionable:
ART 65:
Infracciones muy graves:
h) Conducir vehículos que tengan instalados inhibidoreslos sistemas de vigilancia del tráfico.
de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados
a interferir en el correcto funcionamiento de
y
ART 66:
d) Instalar inhibidores de radar en los vehículos o
cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir
en el correcto funcionamiento de los sistemas de
vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los
sistemas de aviso que informan de la posición de los
sistemas de vigilancia del tráfico.
Yamtmax;8103291 dijo:Chicos.....NOTICIÓN!!!!!
He comprado el Coche Actual i.......tatachaaan
Articulo GRANDE en la página 4, donde interpretan y exponen bien a las claras que según la nueva ley los detectores son...LEGALES.
Y no solo eso sinó que dado que favorece al conductor DESDE YA!!
O sea exactamente lo que se estaba exponiendo aquí pero en medio escrito realmente importante, y en todas las narices de la DGT.
Creo que a partir de ahora si que va a quedar claro de manera definitiva...
Estoy con el móvil y no lo puedo escanear, lo siento.
Yo lo recorto, lo plastifico y lo meto en la guantera.
Saludos!!
Yamtmax;8103291 dijo:Chicos.....NOTICIÓN!!!!!
He comprado el Coche Actual i.......tatachaaan
Articulo GRANDE en la página 4, donde interpretan y exponen bien a las claras que según la nueva ley los detectores son...LEGALES.
Y no solo eso sinó que dado que favorece al conductor DESDE YA!!
O sea exactamente lo que se estaba exponiendo aquí pero en medio escrito realmente importante, y en todas las narices de la DGT.
Creo que a partir de ahora si que va a quedar claro de manera definitiva...
Estoy con el móvil y no lo puedo escanear, lo siento.
Yo lo recorto, lo plastifico y lo meto en la guantera.
Saludos!!
Yamtmax;8103543 dijo:Esta gente de las revistas no suelen tirarse a la piscina sin agua...
Si han escrito eso y mas de la manera que lo han hecho, mucho me temo que es tras previa consulta a la DGT, o tras previa consulta y ratificación de su asesoría jurídica. No tendría ningún sentido que lo dejaran a criterio del periodista, y mas con la colleja que les puede caer.
Eso no quita ningún mérito a la acción de felpudiano por supuesto, pero es obvio que esto le puede ayudar muchísimo.
Saludos,
lolo svq;8106871 dijo:alguien dijo por aquí que quizas esten dando covertura a los autovelox pensando en la sustitución de los multanova y similares por loa otros.
Kyalami;8106973 dijo:Yo estoy convencido de esto.
Sin embargo, los autovelox sólo funcionan esn estático. Ya sean fijos o montados en vehículos o trípode, pero siempre parados.
Por lo tanto la utilidad de los detectores quedaría reducida a los multanova montados en vehículos en marcha. Que tampoco está nada mal, dicho sea de paso. Tienen unos fantásticos Mercedes que amortizar.
No corro Vuelo bajo;8107279 dijo:no se ve la foto picha almenos yo no la veo
Kyalami;8110809 dijo:Sí, es un hito.
Nunca sabré a quien hay que agradecerselo, pero se han colado un buen gol ellos mismos.