Duda Multa, retirada con grúa en FINCA PRIVADA. Hay que recurrir.

Jokin

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Por poner un supuesto biggrin el lugar se ve apartado, está oscuro, llega un Simca 1000 con una pareja, se mete al fondo a pasar el rato y cuando van a salir está el coche del amigo de Pepe cortando el paso... :whistle:
 

mendezajm

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Me parece que un garaje de una comunidad en el que está cerrado tanto con barrera como con puerta, no es de uso público. Tampoco lo sería un solar privado sin vallar.

Creo que un suelo privado de uso público es aquel que la administración obliga al propietario a ceder un espacio para uso público.

por eso lo digo que un garaje de una comunidad de vecinos no se puede actuar. En el caso del post, cuidado porque es probable que si, parece una zona de aparcamiento de uso público. Mal comparado cómo el parking de un centro comercial salvando las distancias de tamaño claro está.
 

Soberano

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Es un tema muy debatido, finca privada, de acceso “general” (sin barrera, puerta o restricción de paso).
Está claro que se aplica el RGC, lo que no está tan claro es quien tiene competencias
Cierto, y causa de mucha litigiosidad. En Madrid llegaron a actuar incluso los controladores de estacionamiento regulado y pintaron algunos de esos aparcamientos. No es un tema fácil. Muchos casos de esos acaban en el Contencioso. En la zona de la Ciudad de los Periodistas en Madrid han tenido más de un lío por esa clase de aparcamientos. Hay muchos así
 

gogo

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Yo te puedo contar el caso de una comunidad , donde en teoría era zona peatonal pero los coches entraban , había una señal , pero no sé respetaba de forma que había baldosas rotas filtraciones , en teoría no era una zona preparada para introducir coches .
En ningún momento se puedo actuar contra esos coches y menos retirarlos por una grúa municipal , era en definitiva propiedad privada .
 

juanjete33

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Urbano o vía urbana y
colectividad indeterminada de usuarios, son las claves para poder actuar, pero.......se adaptará este caso a la posible intervención?
 

jmborja

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Mi opinión, a la vista de la segunda fotografía, es que es un espacio privado, sin más.
 

M8423

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Cuando te parezca llama a la grúa municipal, para retirar un vehículo que esté mal aparcado en la plaza de tu comunidad de vecinos.

La grúa municipal te va a decir que no entra y la policía te va a decir que no tiene competencias en una finca privada.

Otra cosa sería que el del Simca llame a una grúa particular y retire el coche de mi amiguete para pasar.

Pero la grúa municipal y una multa 'va a ser que no'.


Eso me paso a mí. Una día llego y me encuentro un coche en mi plaza (alquilada ) Llamo al dueño de la plaza por sí era suyo. No lo era. Llamo a policía municipal y nos dicen que garaje privado no entra grúa ni va policía municipal. Llamamos policía nacional que viene, mira sí es robado o algo sospechoso y nos dice que ni se nos ocurra llamar a una grúa privada, o empujarlo, o que sufra cualquier daño porque seriamos responsables. El dueño se va a poner una denuncia y en comisaria le confirman lo mismo que solo el juez lo podrá autorizar para retirarlo pero que tardaran meses. El dueño se veía sin plaza de garaje, o sea como un okupa en un piso. Pregunta que pasaría si alguien deja un coche bloqueando la rampa por ej y nadie puede sacar o meter el coche de las 50-70 plazas que hay. Lo mismo nadie lo puede mover. Afortunadamente era un tío que un amigo le dijo que aparcara en otra plaza y se equivoco, era un puente de 4 días y lo quitó cuando acabo el puente.
 

califacalifa

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Articulo 2 de la ley de seguridad vial:
"Los preceptos de esta ley son aplicables en todo el territorio nacional y obligan a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios"

Viendo las fotos, la policia tiene competencia.
 

RG

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Es sólo una disquisición que no una justificación, pero yo veo diferencias entre aparcar en una plaza privada y hacerlo en una zona común del garaje (rampa, pasillo, zona de paso ...). Un vehículo aparcado en una rampa o pasillo simplemente no puede estar ahí, porque no es una zona permitida de estacionamiento (sea propietario, inquillino o no). En una plaza privada si, la cuestión es la titularidad o usufructo de ese bien, la cual hay que comprobar y probar para que alguien sea expulsado por la fuerza.
 
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SWX3

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Yo veo en las fotos una nave con una parcela privada. Si le aparcan un coche en su puerta y llama a la policía para que lo quiten (y a mi me ha pasado) le dirán que es propiedad privada y que no pueden hacer nada. Ya sabemos a quien protegen las leyes en España.
 

PINGOLF

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una cosa es la zona privada de uso particular como es un garaje de una casa y otra es una zona privada de uso público ( que cualquiera pueda acceder ) ahí si se puede actuar.

en que se diferencian? en que uno está cerrado y otro no? por ejemplo... yo tengo una finca con una rampa de acceso dentro de mi terreno, no está cerrada y no hay vado si aparca un coche en esa rampa de acceso puede actuar la grua o me dirá que es mi casa y que me peine?
 

SWX3

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en que se diferencian? en que uno está cerrado y otro no? por ejemplo... yo tengo una finca con una rampa de acceso dentro de mi terreno, no está cerrada y no hay vado si aparca un coche en esa rampa de acceso puede actuar la grua o me dirá que es mi casa y que me peine?
Te dirá que es tu propiedad privada y que ellos no pueden hacer nada. Que denuncies y un juez decidirá en unos años.
Puede parecer un disparate pero repito que es así porque me ha pasado a mi. Este es un país comunista y no se defiende la propiedad privada.
 

BRANQUIAS-M3

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UN pequeño detalle: el paisano que ha aparcado en el lugar de la flecha no se da cuenta que hay ¿un camino y roderas?
Personalmente no habría aparcado. Al margen de titularidades, privadas, públicas etc. en lo que estoy totalmente de acuerdo.
 

Gavira

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Articulo 2 de la ley de seguridad vial:

El Reglamento General de Circulación, en su artículo artículo 2 de la Ley de Seguridad Vial, que establece que:
“Los preceptos de la ley de Seguridad Vial son aplicables en todo el territorio nacional… Y obliga a los titulares y usuarios de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios”.
Ahora bien, el hecho de que los funcionarios policiales velen porque se cumpla la normativa de tráfico se debe limitar únicamente a la regulación y ordenación del mismo, ya que el artículo 7 de la misma ley otorga la competencia sancionadora en materia de tráfico al municipio, por medio de sus agentes y en las vías urbanas de su titularidad.

Dicho de otro modo, dado que el aparcamiento de la finca donde aparcó es un terreno privado y no de titularidad del municipio, independientemente de que sea utilizado o no por una colectividad indeterminada de usuarios, queda fuera del ámbito competencial sancionador de la Policía Local.
 

juanjete33

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UN pequeño detalle: el paisano que ha aparcado en el lugar de la flecha no se da cuenta que hay ¿un camino y roderas?
Personalmente no habría aparcado. Al margen de titularidades, privadas, públicas etc. en lo que estoy totalmente de acuerdo.
Eso es lo justo, qué muy manido ya, no es lo mismo que la justicia.

La falta de previsión de uno para con los demás, no puede dejar a alguien con el coche encerrado, si es que fue el caso.

Luego estará, lo que diga la justicia y lo que cada uno piense y quiera decir donde quiera.
 

Gavira

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UN pequeño detalle: el paisano que ha aparcado en el lugar de la flecha no se da cuenta que hay ¿un camino y roderas?
Personalmente no habría aparcado. Al margen de titularidades, privadas, públicas etc. en lo que estoy totalmente de acuerdo.
En todo caso, retire los 3 vehículos que están sobre la acera, no se retiran vehículos DENTRO de una finca privada.

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Las lindes

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BRANQUIAS-M3

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Qué documentación, que tío :cuniao:
 
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fuyu93

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Si te fijas a la derecha de la foto primera, hay una valla de color amarillo y una cadena; entonces ¿es público o privado de quita y pon?

La cuestión principal no es si es público o privado (que son también dos conceptos no siempre fáciles), la cuestión principal es quien puede entrar, si es para unos usuarios determinados o si yo voy con mi coche puedo entrar.
El aparcamiento del Carrefour es para usuarios en general, si cualquiera va con su coche puede entrar, independientemente que por la noche le pongan una cadena.
El garaje de mi comunidad de vecinos es para los vecinos, independientemente que tú entres porque encuentres la puerta abierta,

Según parece en la foto, más que nada porque da acceso a un taller, parece que para uso general y no restringido, pero como te digo, es un tema poco claro en lo respectivo a la competencia sancionadora, que no a la infracción.
 
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