Duda Nos pueden multar por grabar tanto en moto como en coche con la gopro

Ibi-TDI

Clan Leader
"Por otra parte, existen casos en los que no procede aplicar la LOPD:

No se aplica al tratamiento de imágenes en el ámbito personal y doméstico,
entendiéndose por tal el realizado por una persona física en el marco de una acti-
vidad exclusivamente privada o familiar.

Ej. No se aplican los principios de protección de datos a las grabaciones realizadas en el contex-
to de un viaje turístico o en una celebración familiar"


Ni los ejemplos que ponen son buenos
 

bmwan

Clan Leader
Como toda ley que desarrollan los asesores de los asesores que resultan ser amigos de primos hermanos del cuñado del panadero supongo tendrá muchas lecturas e interpretaciones y además se solapara con otras leyes, privará de derechos con otras.......................................... lo que es una chapuza vamos, lo típico de cuando se quiere regular lo ya regulado :mad: pero si hasta en los chinos hace años tienen cámaras, y en el Metro, el autobús, cualquier banco, edificio público, hasta la panadera de mi barrio la ha puesto para que no la roben las chuches los críos los domingos cuando van con la paga :descojon: Lo que si me he fijado es que hay que anunciar que se está gravando y que puedes ejercer tu derecho de borrar las imágenes dónde salgas pero os imagináis si todos los usuarios de Metro ejerciesen ese derecho? De qué serviría tener cámaras???? :floor: Me descojono porque no queda otra................... o ponerte a llorar y sinceramente prefiero lo primerobiggrin
Lo que si que no se podrá es exponer las imágenes de forma pública, bueno, poder si se puede pero supongo que si alguien se ve en un video podrá solicitar se quite el trozo dónde salga. Os imagináis Youtube?????? Menuda ruina, chapaban al día siguiente :facepalm:

Se ve que ese GC no tenía otra cosa mejor que hacer, o no había "cazado" a ningún infractor del código de circulación :muro:
Pues me diras que pasa en cada telediario cuando pasan 100 veces las imagenes capturadas por cualquier camara fija en metro, bancos..., que pasa entonces con todos estos programas tipo viajeros que van por el mundo capturando lo que pasa por la calle. Lo dicho estamos en el absurdo mas grande, y a lo hemos hablando muchas veces, este pais con sus 17 minireinos tiene una cagalera normativa que no hay quien la corte y al final nos esta deteriorando totalmente el organismo.
 

Vespacito

En Practicas
Google pagó 300 dólares a una española que se le veía la cara en Street view, tras la correspondiente denuncia, luego pixeló los ojo. La multa de la GC de Tráfico es bastante mayor.
 

///M3Fan

Forista
Yo solo dejo esto aqui, articulo 2.2 de la LOPD.

2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:
  • a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.

En mi opinion grabar con una gopro o similar una ruta con tu coche o moto entra perfectamente dentro del ámbito domestico, eso si, una dashcam como tal, tipo rusia, con una instalación fija o semifija, podría considerarse un sistema de videovigilancia según quien lo interprete...

En cualquier caso, el tema es mas que hagas con esos videos que otra cosa, por ejemplo, subir a youtube infracciones de otros conductores sin ocultar sus datos si que podría llegar a ser sancionable...

En cualquier caso, para mi ese video no demuestra nada, solo un comentario de un guardia civil que puede oir campanas pero no sabe donde, ademas, hasta donde yo se, ellos podrían proponer denuncia a la agencia de protección de datos, pero en ningún caso multarte directamente. Lo mismo que si te pillan con un arma blanca, droga o similar, que ellos proponen denuncia a la delegación del gobierno que es quien pone la multa o las medidas oportunas.

PD: quien tenga dudas, la agencia de protección de datos tiene un canal de consultas online donde te aclaran el tema, tardan en responder, pero te dan una respuesta bastante fundamentada.
 

victor316

Clan Leader
Miembro del Club
/SOBRE LEY Y AMBITO DE APLICACION: Sí que es legal grabar con una cámara desde el coche/moto (dashcam)

Bueno, para quienes piden pruebas:

Nos vamos al BOE (Ley Orgánica 15/1999, enlace en el artículo) y lo primero es ver cuándo se debe aplicar la ley:

"Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:

a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas."


Si el fichero es mantenido en el ejercicio de actividades personal o doméstica NO SE APLICA LA LEY, así que pediría al autor de este artículo que lo modificase o lo borrase porque directamente se ha saltado el ámbito de aplicación en la ley, una de las cosas más importantes a la hora de interpretarlas.


/SOBRE DELITO EN LOPD Y JUICIO: Sí que sirve como prueba

-Incumplir la LOPD no es ningún delito (acción punible y sancionable en el marco del derecho penal). En su caso pudiera ser objeto de una sanción administrativa, cosa radicalmente distinta, pero es que en este caso, ni eso.
-Además, la grabación privada o para uso privado/lúdico NO está regulada ni sancionada en la LOPD (Se excluyen expresamente "los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas"). Ten en cuenta que según tu curiosa teoría tampoco estaría permitido el uso de videocámaras domésticas, o las cámaras de os móviles en la vía pública.
-Si circulas con la cámara NO te la puede "requisar" ningún agente de la autoridad.
-El uso de grabaciones privadas SÍ puede ser admitida en un juicio, formalmente como documental privada. De hecho yo le he visto hacer en multitud de ocasiones.
-Según tu razonamiento si no es válida la grabación en juicio por ser "ilegal", tampoco lo sería para servir de prueba para ser sancionado si, por ejemplo cometes infracciones de tráfico en el video (que eso por cierto daría para otro artículo)

/SOBRE GRABACION PUNTUAL PRIVADA: Sí es posible

Una grabación de uso doméstico/lúdico está expresamente excluida de la LOPD.
¿Cómo que "Una grabación puntual está permitido de forma privada"?
TODA grabación privada está permitida, no está de ninguna manera prohibida e, insisto, está excluida de la LOPD.
La cantidad de grabaciones o de horas de grabación no hace que las mismas sean o no "legales", sino su origen y destino.

/SOBRE DENUNCIAS DE POLICIA A VIDEOS EN INTERNET:

Si alguna cosa sirve como prueba para demostrar algo, esta cosa debe servir como prueba siempre, no solamente a veces sí y a veces no, tenga o no tenga repercusión social!
Considerar válida una misma prueba en función de la repercusión social es absolutamente absurdo. Es más, incluso va en contra de todos los principios básicos del derecho

/VALIDEZ EN JUICIO: SI QUE VALE COMO PRUEBA

Para que Su Señoría no te admita una prueba no basta con que sea "ilegal" -en este caso sólo se contravendría en el peor de los casos una norma administrativa- sino que se haya obtenido contraviniendo DERECHOS FUNDAMENTALES.
Considerar nula una prueba por haberla obtenido cometiendo una sanción administrativa sería bastante desproporcionado.
- Si obtenemos una prueba entrando en los raíles del ferrocarril, es decir, contraviniendo una norma administrativa ¿Sería nula? NO
- Si obtenemos una prueba entrando ilegalmente en un domicilio ¿Sería nula? SÍ
- Si se obtuvo vulnerando el derecho a la intimidad, el secreto de las comunicaciones o la inviolabilidad del domicilio (Art. 18 de la Constitución)– se convierte en ilegítima y su nulidad insubsanable, arrastrará a todas aquellas otras pruebas directamente relacionadas y derivadas (STS 4735/2012, de 21 de junio).


p.d.todo esto está sacado de los comentarios del enlace

http://www.motorpasionmoto.com/conduccion/puedo-grabar-desde-la-moto-mientras-circulo-es-legal

y aquí otro enlace de un abogado de la LOPD que dice que ES LEGAL y lo explica muy detallado:

http://expediciontrail.com/2015/02/25/el-enfoque-correcto-a-esto-de-la-legalidad-de-las-go-pro/

"Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:

a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas."


Por último un enlace muy detallado y explicativo de todo lo anterior:

http://expediciontrail.com/2015/02/27/sobre-la-legalidad-de-las-grabaciones-con-gopro-o-equivalente/
Me has ahorrado el trabajo de buscarlo pues yo también leí ese artículo hace poco.
 

ca_bmw

Forista Senior
Yo solo dejo esto aqui, articulo 2.2 de la LOPD.



En mi opinion grabar con una gopro o similar una ruta con tu coche o moto entra perfectamente dentro del ámbito domestico, eso si, una dashcam como tal, tipo rusia, con una instalación fija o semifija, podría considerarse un sistema de videovigilancia según quien lo interprete...

En cualquier caso, el tema es mas que hagas con esos videos que otra cosa, por ejemplo, subir a youtube infracciones de otros conductores sin ocultar sus datos si que podría llegar a ser sancionable...

En cualquier caso, para mi ese video no demuestra nada, solo un comentario de un guardia civil que puede oir campanas pero no sabe donde, ademas, hasta donde yo se, ellos podrían proponer denuncia a la agencia de protección de datos, pero en ningún caso multarte directamente. Lo mismo que si te pillan con un arma blanca, droga o similar, que ellos proponen denuncia a la delegación del gobierno que es quien pone la multa o las medidas oportunas.

PD: quien tenga dudas, la agencia de protección de datos tiene un canal de consultas online donde te aclaran el tema, tardan en responder, pero te dan una respuesta bastante fundamentada.


Incluso aunque fuese dashcam con instalación, la ley no distingue en eso, en el enlace inicial intervienen muchos participantes y lo dejan claro (yo me he limitado a copiar las respuestas más concluyentes), que sea instalada o no, da igual, que dure 1 minuto o 10, también, no importa la duración o el soporte, sino el tratamiento posterior y si es un uso doméstico y particular o por el contrario una empresa que saca tajada.

En el caso de moteros, gente con coche, dashcam instaladas, o de mechero, etc. para grabar lo que pasa sin más: no hay problema.

Otra cosa sería el uso, porque se deberían omitir si se publica, todos lo datos identificables a vehículos o personas.
 

jenior

En Practicas
Entiendo q si ed para ambito personal es legal pero entonces el coche de google? Por que de ambito doméstico tiene poco
 

Hipno Sapo

Forista Legendario
Aun a riesgo de meter la zarpa, diría que probablemente lo que esté prohibido sea revelar la ubicación de un control, grabar a un polizonte en un control, o llevar la gopro de los cohones puesta en un sitio potencialmente peligroso grabando las mediocridades del piloto.

Respecto a la basura legislativa recogida en la Ley de protección de datos, es pa mear y no echar gota... aunque a efectos de lo que nos interesa es ilegal grabar a una persona sin su consentimiento, de hecho en este bendito país se inhabilitó once años a un famoso JUEZ por escuchar, supuestamente de forma ilegal, cometer delitos a unos señores muy poderosos.
 

fernandobiker12

Forista Senior
Yo suelo llevar la go pro puesta cuando conduzco en la ventanilla trasera y ya me han parado alguna vez y no me han dicho nada, la verdad.
 
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