Duda Prescripcion multa

kalandrak

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Buenas tardes compañeros, tengo una consulta un poco urgente. Me han mandado una multa del 2009, con recurso de alzada a fecha de abril 2010. Estoy echando cuentas y despues del recurso ya han pasado 4 años. He mirado en internet y pone que las multas económicas prescriben a los 4 años, pero me han mandado esta carta. La sanción también traía varios puntos.
¿Estoy obligado a pagar?
¿Los puntos despues de 4 años también me los quitarían?

Un saludo!!
 
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kalandrak

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A nadie le ha pasado algo parecido?
 

kalandrak

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Vamos que seguro hay alguno que conoce que procedimiento poder seguir:)
 

Manol

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Que yo sepa para todas las cuestiones financieras/administrativas son 5 años, aunque con tantos cambios, igual ahora son 4. Más no sé. :(
 

Gus

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El mierdismo jurídico (?) administrativo alcanza su máxima expresión en materia de hits del afamado grupo de muchachos Trafico y sus Resoluciones Estupefacientes.

A ver , que no me entero y no es culpa tuya porque nadie se entera: ¿te mandan la resolución desestimatoria del recurso (¿la multa?) o es que hacienda pretende cobrarla (eso ya no es la multa sino la deuda)?

En el primer caso a mi entender habría caducidad del expediente sancionador (un año, sin interrupciones... ) y en el segundo posiblemente se haya intentado notificación sin resultado (¿has cambiado de domicilio o en tu permiso figura uno distinto?) y dado el tiempo posiblemente aún no hayan transcurrido los 4 años de prescripción.
 

aLbErTo8020

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A mi me paso con varias multas algunas de ellas con retirada de puntos , me cambie de domicilio y ni me entere de las notificaciones y a los 3 años me embargaron de la cuenta la pasta y me quitaron los puntos , lógicamente , escaparte no te escapas y encima ya ni recurso , ni leches, puedes ir a pagar voluntariamente la cuantía , pero te van a cobrar lo mismo así que , que se molesten en embargar ...
 

aLbErTo8020

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Bueno eso si, si te tienen que devolver de tu declaración dr la renta , ve a pagar que a mi ese año , la pasta de la devolución me la hicieron después de embargarme en febrero del año siguiente
 

kalandrak

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El mierdismo jurídico (?) administrativo alcanza su máxima expresión en materia de hits del afamado grupo de muchachos Trafico y sus Resoluciones Estupefacientes.

A ver , que no me entero y no es culpa tuya porque nadie se entera: ¿te mandan la resolución desestimatoria del recurso (¿la multa?) o es que hacienda pretende cobrarla (eso ya no es la multa sino la deuda)?

En el primer caso a mi entender habría caducidad del expediente sancionador (un año, sin interrupciones... ) y en el segundo posiblemente se haya intentado notificación sin resultado (¿has cambiado de domicilio o en tu permiso figura uno distinto?) y dado el tiempo posiblemente aún no hayan transcurrido los 4 años de prescripción.

Gracias por la ayuda Gus!!! Siento si no me pude explicar bien. La multa es del Gobierno Vasco, que creo que tiene competencias de tráfico. Además me ponen los puntos que me retiran también.

Luego está el tema del recurso de alzada (no controlo nada del tema) de abril de 2010.
 
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kalandrak

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A mi me paso con varias multas algunas de ellas con retirada de puntos , me cambie de domicilio y ni me entere de las notificaciones y a los 3 años me embargaron de la cuenta la pasta y me quitaron los puntos , lógicamente , escaparte no te escapas y encima ya ni recurso , ni leches, puedes ir a pagar voluntariamente la cuantía , pero te van a cobrar lo mismo así que , que se molesten en embargar ...
Una multa de 5 años, con puntos, no me he cambiado de domicilio y si no la pago me pone que me recargan un 20% y si no me embargan.... Es que no le veo sentido
 

Gus

Tali-bahn
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Si aun no hay recargo , debe ser la resolución del recurso (sigo sin enterarme del todo)
En ese caso si no han apreciado caducidad, alégala mediante recurso de revisión, estimo.
(ojo que no suspende el cobro)
 

kalandrak

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Si aun no hay recargo , debe ser la resolución del recurso (sigo sin enterarme del todo)
En ese caso si no han apreciado caducidad, alégala mediante recurso de revisión, estimo.
(ojo que no suspende el cobro)
Gracias de nuevo Gus! Siento no poder expresarme bien en temas que no conozco jejeje

Pone lo siguiente:
Resolución del dia X de la directora de tráfico por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la sanción recaída en el expediente sancionador X.

Fecha multa: 12-2009

Con fecha a 03-2010 el Responsal de trafico de Araba dictó resolución sancionadora imponiendo a X una multa de X€ al considerar que el hecho denunciado debe ser calificado como una infracción grave.....
De la misma manera, se comunica en la resolución sancionadora la retirada de 3 puntos.

Con fecha 04-2010 el interesado interpuso recurso de alzada contra la resolución sancionadora.

Resuelvo

Desestimar el recurso de alzada presentado el recurrente contra la resolución sancionadora recaída en el presente expediente. Devuélvase a su procedencia para su conocimiento y demás efectos, así como para notificación al interesado.

Se pondrá en conocimiento de la autoridad competente que la presente resolución sancionadora conlleva aparejada la pérdida de 3 puntos.

Este acto pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso administrativo en el correpspondiente juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de 2 meses desde su notificación.


Entonces los puntos después de 5 años de la multa me los pueden quitar? Por mas que busco en internet no veo nada de fechas de prescripción de los puntos de tráfico.
 
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