jolin, Ninja, jajaja, y por que levantas la liebre? Juas!
Esto es lo que dice un "abogado" por la red;
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Incumplir la LOPD no es ningún delito (acción punible y sancionable en el marco del derecho penal). En su caso pudiera ser objeto de una sanción administrativa, cosa radicalmente distinta, pero es que en este caso, ni eso.
-Además, la grabación privada o para uso privado/lúdico NO está regulada ni sancionada en la LOPD (Se excluyen expresamente "los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas"). Ten en cuenta que según tu curiosa teoría tampoco estaría permitido el uso de videocámaras domésticas, o las cámaras de os móviles en la vía pública.
-Si circulas con la cámara NO te la puede "requisar" ningún agente de la autoridad.
-El uso de grabaciones privadas SÍ puede ser admitida en un juicio, formalmente como documental privada. De hecho yo le he visto hacer en multitud de ocasiones.
-Según tu razonamiento si no es válida la grabación en juicio por ser "ilegal", tampoco lo sería para servir de prueba para ser sancionado si, por ejemplo cometes infracciones de tráfico en el video (que eso por cierto daría para otro artículo)
PD: Soy abogado. Llevo AÑOS grabando videos con la moto y nunca he tenido la mas mínima pega con ellas, ni con los agentes de la autoridad."