recurso de multa

marc.rs2

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hola, la duda es que si para recurrir la multa si ya me la habia notificado el policia i me la habia dado la tengo q recurrir ahora q tengo el resguardo este o la puedo recurrir luego cuando me llege la original a casa
 

*NANO*

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marc.rs2;9939084 dijo:
hola, la duda es que si para recurrir la multa si ya me la habia notificado el policia i me la habia dado la tengo q recurrir ahora q tengo el resguardo este o la puedo recurrir luego cuando me llege la original a casa

Tendrás que esperar a que te llegue a tu domicilio.
 

Snowfer

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La puedes recurrir ya mismo si quieres o esperar a que te llegue, lo que mejor te venga.
 

marc.rs2

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muchas gracias es que ando mui perdido con estos temas
 

juanrimore

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NANO325TI;9939611 dijo:
Tendrás que esperar a que te llegue a tu domicilio.

NO!

Que pierdes el plazo. La copia de la multa es una notificación, firmada por tí o por el agente testigo. Tienes 15 días desde ese momento.
 

*NANO*

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juanrimore;9941067 dijo:
NO!

Que pierdes el plazo. La copia de la multa es una notificación, firmada por tí o por el agente testigo. Tienes 15 días desde ese momento.

Tienes razón, el plazo comienza desde el momento de la entrega en mano.

Entonces date prisa que tienes 20 días para realizar alegaciones.
 

Diego Cuervo

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juanrimore;9941067 dijo:
NO!

Que pierdes el plazo. La copia de la multa es una notificación, firmada por tí o por el agente testigo. Tienes 15 días desde ese momento.


Exacto, ya está notificada, por lo tanto, ya sabes que hacer.
 

Snowfer

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El no ha dicho que la haya firmado, si la ha firmado si se da como notificado, sino no.
 

Diego Cuervo

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Hechamosunpro;9941957 dijo:
El no ha dicho que la haya firmado, si la ha firmado si se da como notificado, sino no.


NO!! Si el agente te la entrega en mano se entiende por notificado!!!! La firma del denunciado no implica conformidad ni nada por el estilo.
 

herodes

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Hechamosunpro;9941957 dijo:
El no ha dicho que la haya firmado, si la ha firmado si se da como notificado, sino no.

Si la denuncia está notificada en el acto, es indiferente que la haya firmado o no, a efectos legales está notificada y a partir de la fecha de la misma comienza el plazo para presentar alegaciones.
 

Hipno Sapo

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Creo que os equivocáis, pero bueno...

Siempre deben notificarte en el acto. Lo que ocurre es que cada vez se lo ponen mñás facil a la administración, pero te la den en mano o no, creo que lo suyo es esperar a que llegue a casa, ya que en la receta no te están informando de los derechos que te asisten a recurrir, blablabla...

A ver si se pasa alguien que lo SEPA a ciencia cierta, y nos pueda ilustrar

Un saludo
 

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Hipno Sapo;9943424 dijo:
Creo que os equivocáis, pero bueno...

Siempre deben notificarte en el acto. Lo que ocurre es que cada vez se lo ponen mñás facil a la administración, pero te la den en mano o no, creo que lo suyo es esperar a que llegue a casa, ya que en la receta no te están informando de los derechos que te asisten a recurrir, blablabla...

A ver si se pasa alguien que lo SEPA a ciencia cierta, y nos pueda ilustrar

Un saludo

Cuando se notifica en el acto, ya no te llega notificación a casa. Lo que te llega es la resolución sancionadora y ya no procede hacer alegaciones. Ya solo te queda la opción de recurrir la sanción.

Si no se notifica en el acto, a casa te llega la notificación de la denuncia y posteriormente la resolución sancionadora.
 

Hipno Sapo

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M1;9943467 dijo:
Cuando se notifica en el acto, ya no te llega notificación a casa. Lo que te llega es la resolución sancionadora y ya no procede hacer alegaciones. Ya solo te queda la opción de recurrir la sanción.

Si no se notifica en el acto, a casa te llega la notificación de la denuncia y posteriormente la resolución sancionadora.


Ok, ok, No se pueden hacer alegaciones, sí recursos, entendido.

No obstante, teniendo en cuenta de qué sirven las alegaciones, para el caso, un papel a la basura que nos ahorramos.

Saludos y suerte con el recurso.
 

marc.rs2

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ayer la mande dentro de los plazos asi que veremos lo que pasa.

Puse q no habian especificado el modelo de mi coche

y que qeria datos del radar foto i demas

es q tengo q ganar todo el tiempo posible que me recomendais¿
 

Diego Cuervo

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M1;9943467 dijo:
Cuando se notifica en el acto, ya no te llega notificación a casa. Lo que te llega es la resolución sancionadora y ya no procede hacer alegaciones. Ya solo te queda la opción de recurrir la sanción.

Si no se notifica en el acto, a casa te llega la notificación de la denuncia y posteriormente la resolución sancionadora.


Exacto.
 
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