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el_ovispo

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ralmartin;12874976 dijo:
Hola, acabo de leer todos vuestros mensajes, ante todo muchas gracias por vuestras respuestas, vuestros consejos, apoyos, etc.
Cuando dejé el coche simplemente dije que venía a pasar la revisión ya que el indicador me lo marcaba, lo dejé allí sin firmar nada, simplemente me dijeron que le echarían un vistazo, le dije que mirasen también varias averías como por ejemplo que echaba mucho humo negro.
Al día siguiente de dejarlo allí me llamaron y me dijeron que había que cambiar el catalizador y que me costaría uno de marca por mil euros y uno sin marca por 600€, busqué en desguaces y conseguí uno por 300€ de segunda mano, se lo llevé y a los dos días me llamaron diciéndome que ya estaba reparado y que la reparación me había costado novecientos y pico euros, que tuvieron que cambiarle varias piezas de aquí y de allá, discos de freno, etc..., yo me quedé muerto porque pensaba que antes de arreglar nada me llamarían para decirme si había alguna avería y lo que me iba a costar antes de repararlo.
Es cierto que cuando dejé el coche no les dije que si encontraban alguna avería que me dijeran cuanto costaba la reparación antes de arreglar nada, yo pensaba que no hacía falta decirlo, que por lógica me informarían antes de arreglar nada, siempre que he llevado cualquier electrodomestico estropeado a un servicio tecnico me han llamado para decirme la avería lo que me costaba y mi consentimiento para arreglarlo, lo mismo pensaba que me dirían en el taller, es mas, he llevado otras veces el coche a otros talleres por algun problema y me han llamado para decirme lo que me iba a costar arreglarlo.
Ahora no se que hacer, necesito tiempo para ahorrar mil euros, mientras tanto no quiero que estos sinverguenzas tengan mi coche en su taller para que hagan con el lo que quieran, había pensado llamar a la policia y que mientras no pueda pagarlo dejarlo en el deposito municipal y ponerles una hoja de reclamaciones a este taller, que por cierto son los de tecauto, si alguno va a ese taller ya sabéis que antes de dejar el coche decirles que no arreglen nada sin vuestro consentimiento. Imaginar que encuentran algo roto que cuesta 5000€ lo arreglan sin informar al dueño y os dan el susto.
Habrán echo un buen negocio conmigo pero han perdido a un cliente, porque si antes de arreglar nada me llaman para informarme de la avería pues quizas les digo que lo arreglen, pero arreglarme algo sin antes informarme me parece una falta de respeto increible.
En fín..., me toca ir a la oficina del consumidor, ir a la policia, poner una hoja de reclamaciones, comprobar que le han echo a mi coche, pedir las piezas que me han quitado para comprobar que en verdad estaban rotas, etc...
Os seguiré informando de todo y tener siempre cuidado con estos talleres de listillos que ven a un pardillo trayendo su coche y se aprovechan para sacarle la pasta.
Por cierto, mi coche es un bmw pero tiene mas de 10 años, o sea que por el no me darían mas de 5000€, por tanto ya dejó de ser de gama alta, es un coche sencillo de marca bmw con su desgaste por los años pero que para nada quería gastarme mil euros en dejarlo como nuevo porque nuevo ya no lo es.
Un saludo y gracias a todos por todo.

Si no firmaste nada, vas y dices que te quieres llear tu coche, si se niegan llamas a la policía, según la poli vea que no hay orden de reparación firmada ni presupuesto firmado harán que te puedas llevar el coche o levantar atestado si el taller se niega (no se lo recomiendo).

Por un lado, pide una copa de la factura y nos la enseñas.

Por otro, si acabas llamando a la policía, no dejes el taller hasta que llegue esta, porque igual que ellos no pueden retener el oche por hacer una reparación sin aceptación de presupuesto, tú no puedes demostrar que el coche estaba a su cargo sin resguardo de depósito.

Delante de la policía muestraté dispuesto a pagar por la sustitución del catalizador.

Ya nos contarás.
 

trash

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Retener el coche, diría que no pueden, aunque no pagues.
Diles que te lo dejen como se lo trajiste, que tu no has firmado nada y no pagas nada :descojon::descojon:

No, ahora en serio. Creo que no tienen derecho a retener nada, aunque no pagues. Otra cosa es que luego te metan una denuncia (no se con que pruebas).

Yo lo que haría es hablar con ellos por las buenas, de llevarte el coche y pagarlo en un par o tres de veces, y si no, vas con la policía, y te lo llevas, y se lo pagas cuando puedas.

:ar::ar::ar:
 

fran3030

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Por muy mal que lo hayan hecho deberías hablar con ellos y decirles tu presupuesto y que lleguen hasta ahí, máxime si no te han avisado, el resto lo harás cuando puedas.

Salu2
 

Javi_Loira

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Es bastante tocho pero habla de cosas interesantes, échale un vistazo e infórmate bien porque es sacado de internet y puede que esté desactualizado.

RD 1457/1986 de 10 de enero.

TITULO IV

Garantías, responsabilidades

Art. 12. Información al usuario.

1. Todos los talleres estarán obligados a exhibir al público, de forma perfectamente visible, al menos en castellano y en caracteres de tamaño no inferior a 7 milímetros:

a) Los precios aplicables por hora de trabajo y por servicios concretos. Igualmente se exhibirán los precios de otros servicios, tales como aquellos que se realicen fuera de la jornada normal de trabajo del taller, por servicios móviles propios, o gastos diarios por estancia.
Los precios deberán incluir todo tipo de cargas o gravámenes, con mención diferenciada de la parte que del precio corresponde a impuestos, cargas o gravámenes.
b) Leyendas que especifiquen lo siguiente:

-"Todo usuario o quien actúe en u nombre tiene derecho al presupuesto escrito de las reparaciones o servicios que solicite."
-"El usuario sólo quedará obligado al pago por la elaboración del presupuesto, en la cantidad que reglamentariamente se determine."
-"Todas las reparaciones o instalaciones están garantizadas por tres meses o 2.000 kilómetros (excepto vehículos indusstrialws en que el plazo será de quience días), en las condiciones especificadas en el artículo 16 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios de los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes."
-"Este estableciomiento dispone de "Hojas de Reclamaciones" a disposición del cliente. Las posibles reclamaciones deberán efectuarse ante las autoridades competentes en materia de consumo."

c) Horario de prestación de servicio al público de forma perfectamente visible desde el exterior, tanto de los servicios usuales como de los especiales, cuando existan.

2. Los talleres oficiales de marca tendrán, además, a disposición del público en todo momento los catálogos y tarifas, actualizados, de las piezas que utilicen en sus reparaciones; también tendrán a disposición del público las tablas de tiempos de trabajos, y su sistema de valoración en pesetas, para aquellas operaciones susceptibles de determinación previa, que serán facilitadas a estos talleres por el fabricante nacional o el representante legal del fabricante extranjero.
3. No proderán incluirse en los reguardos, presupuestos, facutras o cualquier otra documentación que emitan los talleres cláusulas que afecten a los derechos de los usuarios, en tamaño de letra inferior a 4,5 milímetros de altura.
4. Se prohíbe la inclusión, en resguardos, presupuestos, facturas u otros documentos expedidos por el taller de cláusulas que se opongan a lo establecido en este Real Decreto y demás disposiciones vigentes.
5. Las hojas de reclamaciones a que se refiere el presente artículo deberán confeccionarse de acuerdo con lo establecido en el anexo III de este Real Decreto, y figurar, al menos, en la lengua española oficial del Estado.

Art. 13. Derecho de admisión.

1. Los talleres atenderán al público en sus establecimientos, siempre que las peticiones se presenten dentro del horario establecido.
Los servicios cubiertos por garantía no deberán sufrir ninguna postergación.
2. Los talleres oficiales a que se hace referencia en el artículo 3.º1,b), del presente Real Decreto podrán reservarse el derecho de admisión de los vehículos de otras marcas que no sean su representada.

Art. 14. Presupuesto y resguardo de depósito.

1. Todo usuario o quién actúe en su nombre tiene derecho a un presupuesto escrito.
Este presupuesto tendrá una validez mínima de doce días hábiles.

2. En el presupuesto debe figurar:

a) El número del taller en el Registro Especial correspondiente a que se refiere el artículo 5.º del presente Real Decreto, así como su identificación fiscal y domicilio.
b) El nombre y domicilio del usuario.
c) La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos.
d) Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y/o cualquier otra actividdad, ocn indicación del precio tatal desglosado a satisfacer por el usuario.
e) La fecha y la firma del prestador del servicio.
f) La fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado a partir de la aceptación del presupuesto.
g) Indicación del tiempo de valided del presupuesto.
h) Espacio reservado para la fecha y la firma de aceptación por el usuario.

3. Las normas de desarrollo del presente Real Decreto determinarán los índices, módulos o criterios para la fijación del coste del presupuesto para el usuario.
4. En el caso de que el presupuesto no sea aceptado por el usuario, el vehículo deberá devolvérsele en análogas condiciones a las que fue entregado antes de la realización del presupuesto.
5. Unicamente podrá procederse a la prestación del servicio una vez el usuario, o persona autorizada, haya concedido su conformidad mediante la firma del presupuesto o haya renunciado de forma fehaciente a la elaboración del mismo.
6. Las averías o defectos ocultos que eventualmente puedan aparecer durante la reparación del vehículo deberán ser puestos en conocimiento del usuario con expresión de su importe, y solamente previa conformidad expresa del mismo, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, podrá realizarse la reparación.
7. En todos los casos en que el vehículo quede depositado en el taller, tanto para la elaboración de un presupuesto como para llevar a cabo una reparación previamente aceptada, el taller entregará al usuario un resguardo acreditativo del depósito del vehículo. En los casos en que exista presupuesto, éste, debidamente firmado por el taller y el usuario, hará las veces de resguardo de depósito.

7.1 En el resguardo de depósito deberán constar, al menos, los siguientes datos:

a) El número del taller en el Registro Especial correspondiente, a que se refiere el artículo 5.º del presente Real Decreto, así como su identificación fiscal y domicilio.
b) El nombre y domicilio del usuario.
c) La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos, así como si el depósito del vehículo se efectuúa para la confección del presupuesto o para la reparación del vehículo.
d) Descripción sucinta de la reparación y/o servicios a prestar, con sus importes, si fueran ya conocidos, en el caso de que el vehículo se entregue para reparación.
e) Fecha prevista de entrega, bien del presupuesto solicitado, bien del vehículo reparado.
f) Fecha y firma del prestador del servicio.

7.2 La presentación del resguardo será necesaria tanto para la recogida del presupuesto, como para la retirada del vehículo.
7.3 En caso de pérdida del resguardo, el usuario deberá identificarse a plena satisfacción del taller.

8. El plazo de entrega, bien del presupuesto solicitado, bien del vehículo reparado deberá guardar, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, la adecuada relación con la Entidad de la avería y/o las operaciones a realizar.
9. El usuario podrá desistir del encargo realizado en cualquier momento, abonando al taller el importe por los trabajos efectuados hasta la retirada del vehículo.

Art. 15. Factura y gastos de estancia.

1. Todos los talleres están obligados a entregar al cliente factura escrita, firmada y sellada, debidamente desglosada y en la que se especifiquen cualquier tipo de cargos devengados, las operaciones realizadas, piezas o elementos utilizados y horas de trabajo empleadas, señalando para cada concepto su importe, de acuerdo con lo que se indica en los artículos 12 y 14 del presente Real Decreto.
2. Unicamente podrán devengarse gastos de estancia cuando, confeccionado el presupuesto o reparado el vehículo, y puesto en conocimiento el usuario este hecho, no proceda dicho usuario al pronunciamiento sobre la aceptación o no del presupuesto o a la retirada del vehículo en el plazo de tres días hábiles. En todo caso, dichos gastos de estancia sólo procederán cuando el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller y por los días que excedan del citado plazo.

Art. 16. Garantía de las reparaciones.

1. Todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier taller quedarán garantizadas, al menos, en las condiciones que establece este artículo.
2. La garantía que otorgue el taller al respecto caducará a los tres meses o 2.000 kilómetros recorridos. La garantía relativa a la reparación de vehículos industriales caducará a los quincce días o 2.000 kilómetros recorridos. Todo ello salvo que las piezas incluidas en la reparación tengan un plazo de garantía superior, en cuyo caso y para éstas regirá el de mayor duración. El período de garantía se entenderá desde la fecha de entrega del vehículo y tendrá validez siempre que el vehículo no sea manipulado o reparado por terceros.
3. La garantía se entiende total, incluyendo materiales aportados y mano de obra, y afectará a todos los gasto que se puedean ocasionar, tales como los del transporte que la reparación exija, el desplazamiento de los operarios que hubieran de efectuarla cuando el vehículo averiado no pueda desplazarse, el valor de la mano de obra y material de cualquier clase, así como la imposición fiscal que grave esa nueva operación.
4. Producida una avería durante el período de garantía en la parte o partes reparadas, el taller garante, previa comunicación del usuario, deberá reparar gratuitamente dicha avería. A tal objeto indicará al usuario si la nueva reparación será efecutada por el propio taller garante o por otro taller que actúe en su nombre.
5.La eventual aportación de piezas por el usuario, para la reparación de su vehículo, no afectará en ningún supuesto a la seguridad vial, y, en todo caso, el taller que las montó no garantizará las mismas.
6. El taller no se responsabilizará de la avería sobrevenida en relación con la o las reparaciones anteriores efectuadas, cuando el fallo mecánico se derive de la no aceptación por parte del usuario de la reparación de anomalías o de averías ocultas, previamente comunicadas conforme a lo previsto en el punto 6, del artículo 14, siempre y cuando la referida falta de aceptación se haya hecho constar en la factura, así como la necesidad de su reparación.
7. El taller quedará obligado a devolver al cliente de forma inmediata las cantidades percibidas en exceso sobre los precios reglamentarios, sobre los anunciados o sobre los presupuestos aceptados.
8. Cuando de la tramitación de un expediente se desprenda la existencia de negligencia o fraude en la calidad de los servicios efectuados o en la aceptación de garantías, en la resoluci´ñón del mismo se acordará la expedición a favor del usuario de testimonio bastante sobre los extremos que resulten oportunos, para que el usuario, si lo desea, deduzca las acciones que le correspondan ante la jurisdicción competente.
9. El taller no podrá, bajo ningún concepto, utilizar para usos propios o de terceros ningún vehículo que haya sido dejado en reparación, sin permiso expreso del propietario.
10. Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el capítulo VIII, de la >Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Ususarios por el que se regula el régimen de garantías y responsabilidades.

Art. 17. Reclamaciones.

1. Todos los talleres de reparación de vehículos automóviles tendrán a disposición de los clientes "Hojas de Reclamaciones", conforme al modelo oficial que se inseerta con anexo III al presente Real Decreto y que estarán integrados por un juego unitario de impresos compuesto por un folio original de color blanco, una copia color rosa, otra color verde y otra color amarillo.
2. En caso de no existencia o negativa a facilitar las Hojas de Reclamaciones, el usuario podrá presentar la reclamación por el medio que considere más adecuado.
3. Las reclamaciones se formularán ante la autoridad competente en materia de consumo en el plazo máximo de dos mese desde la entrega del vehículo, o de la finalización de la garantía, quien en el plazo de quince días hábiles desde su recepción y, caso de considerarlo pertinente, comunicará la queja a la Empresa afectada, a la Asociación Provincial de Talleres correspondiente, así como a las Entidades del sector que se entiendan oportunas, otorgándoles un plazo que será de diez días haábiles para que aleguen cuanto estimen conveniente.
Formuladas las alegaciones otranscurrido el plazo fijado para ello, se iniciará, si prcediere, la tramitación del oportuno expediente de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de defensa del consumidor, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan.
El desistimiento del usuario en la reclamación implicará el archivo de la misma, sin perjuicio de la potestad de la Administración para incoar expediente de oficio por cualquier irregularidad que proceda.

TITULO V

Competencias, infracciones y sanciones

Art. 18. Competencias.
Los Ministerios de Industria y Energía, y de Sanidad y Consumo velarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Art. 19. Infracciones.

1. A efecto de lo dispuesto en el presente Real Decreto, y sin perjuicio de lo establecido en la Ley 26/1984, de 19 de julio, y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, se consideran infracciones específicas en esta materia las siguientes:

a) Toda sustitucion innecesaria de piezas que suponga un incremento injustificado de costos para el usuario o una posible degradación del vehículo y la imposición al usuario de adquisición de accesorios o piezas complementarias no solicitadas.
b) La utilización de piezas, elementos o conjuntos usados sin autorización, inadecuados o no marcados y/u homologados, cuando estos últimos requisitos sean preceptivos, así como tambien, la utilización o uso de elementos, parte, accesorios l líquidos de gobierno del vehículo sin consentimiento expreso del propietario del mismo.
c)La negativa a la realización del presupuesto, o cualquier tipo de reticencia, demora o discriminación el la admisión de un vehículo por haber sido exigida la realización del mismo o la realización de presupuestos que no respondan en su descripción o valoración a la realidad de las averías o daños de vehículo, cuando tales presupuestos puedan tener efectos perjudiciales para terceros.
d) La existencia de claúsulas en resguardos, presupuestos, facturas u otros documentos emitidos por el taller, que se opongan a lo establecido en esta disposición y demás disposiciones vigentes.
e) La expedición de facturas en que conste la realización de trabajos que no han sido efectuados o la inclusión de repuestos y accesorios que no han sido aportados a la reparación y, asimismo, la aplicación de precios o márgenes comerciales en cuantía muy superior a los límiter autorizados, establecidos o declarados.
f) La negativa del taller a devolver al cliente las cantidades percibidas en exceso sobre los precios establecidos o sobre los presupuestos aceptados.
g) La falta de "Hojas de Reclamaciones" o la negativa a facilitar las mismas.
h) La utilización del vehículo para asuntos propios, sin la autorización expresa del propietario, por el taller.
i) La ostentación de referencia a marcas de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.º del presente Real Decreto.
j) Y en general, el incumplimiento de cualquiera de los preceptos contenidos en la presente disposición y normas que lo desarrollen y que serán sancionados en la forma que sea prcedente por el Ministerio de Industria y Energía, el de Sanidad y Consumo o las Comunidades Autónomas, de acuerdo a sus respectivas competencias.

2. Las infracciones a que se refiere el presente artículo se calificarán como leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 35 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, así como en los artículos 6.º, 7.º y 8.º del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

Art. 20. Sanciones.

1. Las infracciones a que se refiere el presente Real Decreto sertán sancionadas con multas de acuerdo con la siguiente graduación:
Infracciones leves, hasta 500.000 pesetas.
Infracciones graves, hasta 2.500.000 pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios de la infracción.
Infracciones muy graves, hasta 100.000.000 de pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
2. En los supuestos de infracciones muy graves podrá acordarse el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años. En tal caso, será de aplicación lo prevenido en el artículo 57.4, de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.
3. Las cuantías señaladas anteriormente deberán ser revisadas y actualizadas periódicamente por el Gobierno, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.-Los talleres de reparación de vehículos automóviles inscritos en el Registro Industrial con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto deberán adaptarse a lo dispuesto en el mismo en el plazo de un año a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo e inscribirse en le Registro Especial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.º
Segunda.-Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Real Decreto, será de aplicación a las reclamaciones sobre el servicio de talleres de reparación de vehículos automóviles el sistema arbitral previsto en el artículo 31 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, de acuerdo con lo que establezcan las normas que la desarrollen.

DISPOSICION ADICIONAL

Lo dispuesto wen el presente Real Decreto se entenderé sin perjuicio de las compoetencias que corresponden a las Comunidades Autónomas de acuerdo con sus respectivos Estatutos.

DISPOSICION ADICIONAL

Lo dispuesto en el presente Real Decreto se entenderá sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas de acuerdo con sus respectivos Estatutos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se faculta a los Ministerios de Industria y Energía, y de Sanidad y Consumo para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto.
Segunda.-Queda derogado el Decreto de la Presidencia del Gobierno 809/1972, de 6 de abril, por el que se regula la actividad de talleres de reparación de automóviles; la Orden de la Presidencia del Gobierno de 1 de marzo de 1973, sobre aplicación de dicho Decreto, y la Orden del Ministerio de Industria de 8 de febrero de 1975, por la que se modifica el anexo I del mismo, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
 

jailson

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menudos sinverguenzas, 1000€ no es moco de pavo, independientemente de lo que necesitara el coche es una cantidad que si fueran personas te ubieran avisado, que no son 300€, independientemente de que firmaras o no firmaras nada solo por no avisarte de que te iba a subir a semejante cantidad yo me llevaba a la policia y a quien hiciera falta con tal de joderles lo que pudiera, ya que si ellos no han sidos personas yo pagare pero sere un cabron, igual que ellos, eso no se le hace a un cliente hombre
 

gogo

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Situacion dificil , yo por lo menos mi caso ( y mas si llevara el coche a un taller que no conosco) , les digo que cualquier cosa que pase de lo que me quiero gastar igual 150 euros , que me llamen y me digan antes . ( ya me paso un caso en un servicio oficial y 1 y no mas).
Ahora ellos si no les pagas , como te van a dejar llevar el coche . Si te lo llevas esta claro que no les vas a pagar fijo.
Situacion dificil........
 

Eduki

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A mi me parece muy poco normal lo que te han hecho, por mucho que no pidieras presupuesto, si en el taller piensan que hay que cambiar algo que se sale de lo que sería habitual en una revisión, lo que hace un taller honesto es llamarte para decirte lo que ve, y preguntarte si estás de acuerdo con que lo hagan o no.

Para mi modo de ver, si las cosas son exactamente como nos estás contando (habría que saber la versión del taller) se han pasado de listos.
 

bm_w325

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yo aparecia en el taller y y intentaba llegar a un acuerdo, que te bajen el precio de la factura a costo o lo que sea y si no quieren pues llamas a la policia y te lo llevas por la fuerza eso si no pierdas de vista el coche hasta que llegue la policia.
 

XEQUEBO!

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Este fin de semana he estado hablando de este tema con un conocido que le ha pasado algo similar.
Es un ejemplo en el Pais en que vivimos de pillos y sinvergüenzas.
 

Rodri

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Sencillo y ya te lo han dicho. Si tu no has firmado autorizacion de reparacion de algo que no has pedido siquiera que te mirasen, no estas obligado a pagarlo y punto.

Yo iria alli y si no estas conforme con lo que han hecho, la opcion mejor es: o bien pagas la factura y dejas el coche bien arreglado, o bien pides que te dejen el coche tal como estaba salvo el catalizador que llevaste a cambiar. El tema de discos y demas, para atras si no estan en las ultimas y se acabo. Que no lo quieren aceptar? Llamas a la policia y denuncias la situacion, ya veras como al hacer eso se soluciona el tema con ellos en 3,2,1...
 
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HOLA DE NUEVO A TODOS, RESULTA QUE ESTO ES MAS GRABE DE LO QUE PARECE!!!

Resulta como ya os expliqué que llevé mi coche a un taller llamado tecauto que encontré en internet, la pagina suya es TECAUTO, este taller es de Madrid, pero en Murcia que es la ciudad de donde soy hay otro taller con el mismo nombre, yo fui allí les dije que les encontré por internet y que les dejaba el coche para pasar la revisión, yo encontré buenas referencias porque visité su pagina y me pareció interesante, pues bien....
Resulta que el taller tecauto de Murcia no tiene nada que ver con Tecauto que hay en Madrid, exactamente en Mostoles, he llamado a Tecauto de Madrid y me han dicho que ellos no tienen franquicias en ningun sitio y que son un unico taller en Mostoles

Por tanto quiero dejaros claro que lo que estoy deninciando es a Tecauto de Murcia NO DE MADRID, no quiero perjudicar al taller de Madrid por esta confusión, vale?.

Mas adelante os voy informando de los ultimos acontecimientos porque esto es mas grabe de lo que yo me pensaba al principio, saludos.l
 

bm_w325

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lo que no se es como todabia no has ido a sacar el coche de alli.
 
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BMW 330 CD e46
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Os informo lo que al final he hecho segun los consejos que me habéis dejado por aqui....

Lunes 15 de abril del 2013 por la mañana: Me dirijo por la mañana a la oficina del consumidor para pedir consejo de lo que hacer, les digo que dejé mi coche en un taller para pasar la revisión y sin previo

aviso y sin darles mi consentimiento me arreglan cosas que desconocía que tenía rotas cuando solo les dije que me hicieran solo la revisión y me dicen que la reparación me sale por 976€ y si no pago no me

dejan llevarme el coche.
Allí me dicen que vaya al palacio de justicia a poner una demanda, en el palacio de justicia me mandan a que hable primero con un abogado de oficio antes de poner la demanda, llamo a una amiga que estudia

derecho y me dice que vaya a la policia ponga la denuncia y con la denuncia vaya al taller a exigir que me den el coche y si se niegan llamar a la policia y eso es exactamente lo que hago, voy a la comisaría

pongo la denuncia y por la tarde me fui al taller.

Lunes 15 de abril del 2013 por la tarde: Me dirijo al taller con la denuncia, entro allí pregunto por Ramón que es el mecánico y le pregunto que averias tenía mi coche, me saca la hoja de las reparaciones y

me dice entre otras cosas que me tuvo que cambiar las pastillas de freno porque estaban desgastadas, ahí lo pillé porque resulta que las pastillas de freno las 4 estaban cambiadas hace un año en el

concesionario oficial, tengo ademas la factura en el que puedo demostrar que las pastillas estaban cambiadas hace menos de un año, además el coche no tenía problemas de freno y sabía perfectamente que

estaban en perfecto estado, me siguió diciendo de mas piezas estropeadas pero como no entiendo de mecanica no me quedé con los nombres, piezas de motor etc, le digo que me enseñe las piezas que le puso y me

dice que no puede porque estan dentro del coche y habría que desmontarlo para enseñarmelas, le digo que me dé las piezas que le ha quitado y me dice que las ha tirado porque no le dije que las quería, le

digo de probar el coche antes de pagarle para ver si estaba bien y me dice que lo probaré en cuanto abone la cantidad, a esto me doy cuenta que mi coche está al fondo del taller con varios coches delante

imposible sacarlo de allí, ahí me dí cuenta que estaba metido en una encerrona, por las pastillas de freno me dí cuenta que me estaba mintiendo y estaba siendo timado.
El caso es que ya no aguanté mas y le empecé a decir si se pensaba que era idiota que todas esas reparaciones que me estaba diciendo eran mentira, que el coche no tenía esas averias, que las pastillas de

freno las tenía todas cambiadas y que tenía la factura, etc..., el tio con la cara tan dura me dice que posiblemente me dieron pastillas en mal estado porque me las tuvo que cambiar de nuevo, yo no se si

este tio se estaba riendo de mi, si estaba en una camara oculta de tv o estaba viviendo algo surrealista porque esto jamas me había pasado y que el tio tuviera la cara tan dura de encima justificar lo

injustificable, pero es que encima como había delante empleados suyos me dice que fui yo quien le dije que mirase los frenos porque no frenaba bien cuando eso es absolutamente mentiraaaaaaa, yo es que ya

flipaba en colores y no podía creer lo que pasaba.
Pero es que el colmo del colmo fue cuando le digo que yo no le autoricé que me arregara nada del coche y el tio me dice que como yo no le dije que no me arreglara nada pues el se pensó que podía arreglarlo

ya que para eso había llevado el coche al taller, yo asombrado le digo que no le voy a pagar nada porque yo ni autoricé ni firmé nada aceptando ningun presupuesto de reparación, con lo que el tio me saca una

hoja de cuando yo dejé el coche y si que firmé y en esa hoja escrito a boligrafo puso las reparaciones que le hizo..., pero eso lo escribió despues de que yo lo firmara, acojonanteeeeeeeeeeeee!!!!!
Bueno a este punto entre insultos y gritos llamo a la policia y pido una hoja de reclamaciones..., me salgo fuera por no llegar a las manos con este hijo de la gran p*ta hijo de mala madre que ojalá haya

tenido un aborto antes de traer al mundo semejante canaya sinverguenza y grandisimo granuja tirano pedazo de grandisimo cabron...


El caso que llega la policia, yo los estoy esperando en la esquina sin dejar de quitarle ojo a mi coche que desde fuera lo veía al fondo del taller escoltado por una fila de coche que bloqueaban el paso para

que yo me lo llevara..., llega la policia le explico el caso todo caliente, cabreado que no me salían las palabras..., me dicen que me calme luego me dicen que espere y entran al taller para hablar con el

mecanico.

En ese momento en que la policia habla con el mecanico aprovecho para entrar de nuevo al taller, me acerco a mi coche, como llevaba mi llave de repuesto lo abro, lo miro por dentro, todo lleno de huellas de

grasa lo pongo en marcha y compruebo que arranca bien, lo miro por fuera de que todo estuviera bien, muy sucio por cierto estaba, abro la guantera y saco los papeles del coche que menos mal que seguían alli

y no me los habían quitado porque ademas tenía facturas en otros talleres que por suerte seguían allí..., saco de la guantera un boligrafo y me pongo a rellenar la hoja de reclamaciones.

En eso que la policia termina de hablar con el mecanico se hacerca a mi y me dice que en verdad no tenía ningun documento oficial que acreditara que yo le daba mi consentimiento para la reparación, que la

hojita firmada no era valido y que según el mecanico fue algo que se acordó de palabra cosa que es autenticamente falso. La policia me dice de llegar a un acuerdo de pagarle la mitad ahora y la otra mitad

dentro de un mes, y yo diciendole a la policia que de eso ni hablar que yo no firmé ninguna hoja que autorizase la reparacion y que me llevo el coche sin pagarle un euro, la policia me decía que ellos no

podían hacer nada ya que eso lo tiene que autorizar un magistrado, poner la demanda, que salga el juicio y así podía recuperar mi coche..., se me vino el mundo encimaaaaaaaaa!!!!!!!, no me creía esas

palabras, la policia no me podía ayudar, vehía que al final tenía que pagar a ese cabron, la policia me decía que pague y que despues ponga la demanda para recuperar el dinero si no estaba de acuerdo, y yo

diciendole que no iba a pagar que el no tenía ningun derecho a tener secuestrado mi coche etc..., al final acepté pagar la mitad para poder recuperar mi coche con la condicion en que yo iba a retirar la

denuncia y la hoja de reclamaciones, les firmé que le pagaba ahora la mitad y dentro de un mes la otra mitad, tambien les pedí que me hicieran un recibo...

En cuanto me entregaron el coche inmediatamente les entregué la hoja de reclamaciones y que la denuncia seguía adelante, que no pensaba quitar la denuncia, que la reclamacion estan obligados a firmarla y

sellarla y que contaría lo sucedido a su jefe ya que se trata de una franquicia de "FIRSTSTOP" (de eso me enteré despues) y que iba a hablar mal de ellos en los foros, redes sociales, y a todo el mundo que

tuviera un bmw, etc..., pues ya os podéis imaginar como se pusieron, me echaron del taller a empujones, tuve que volver a llamar a la policia porque me echaron del taller sin haberme entregado la hoja de

reclamaciones firmada y sellada, la policia tuvo que intervenir de nuevo, decir que cuando me echaron del taller a empujones me cerraron la puerta en mis propias narices que le solté una gran patada y les

dije salir de allí sinverguenzas hijso de p*ta por lo que salió uno de ellos a encararse conmigo, no era el mecanico sino uno de los trabajadores, tuvo que salir el mecanico a separarnos y se volvieron a

meter dentro. cuando llegó de nuevo la policia hablaron de nuevo con el del taller y dijeron que no estaban obligados a firmarme la hoja de reclamaciones porque ya eran mas de las 8 y el taller cerraban a

las 8, cosa que es mentira porque cierran a las 8:30h, al final con la policia delante me firman y me sellan la hoja de reclamaciones por lo que los del taller ya se marchan...

Ya nervioso por lo sucedido y con mi hoja de reclamaciones firmada y sellada pero sin la factura porque entre el jaleo no me lo llevé pues me dirijo al coche y cuando lo quiero poner en marcha no

arrancaaaaaa, a-co-jo-nan-te, que mas me puede pasar???? esto es real o estoy viviendo una pesadilla???? salgo del coche y llamo a la policia que aun no se había ido y les digo oigaaaaaannnn!!! que mi coche

no arranca..., como puede ser que esa misma tarde cuando estaba el mecanico hablando con la policia lo pude arrancar y cuando ya me lo entregaron no arrancaba????? que les habían echo a mi coche??? el

policia dice has mirado si tiene gasolina? lo miro y tenía el deposito vacio.., respiro y pienso espero que solo sea por esto y no sea por una avería, el policia me acerca a la gasolinera, le echo la

gasolina y con esfuerzo arranca..., menos mal..., solo era la gasolina, pensé que como estuve 3 semanas el coche en el taller pues hablan aprovechado para hacer mandados con el, por eso estaba todo el

interior lleno de grasa y con olores fuertes a aceite..., con esto me vuelvo a mi casa a descansar.


Martes 16 de abril del 2013 por la mañana: Llevo la hoja de reclamaciones firmada y sellada por el taller a la oficina del consumidor allí les explico lo sucedido y añado a que tuve que firmarles una hoja en

donde le pagaba la mitad ahora y la otra mitad al mes siguiente bajo coacción ya que sino no me devolvían mi coche, y que para nada estaba de acuerdo con lo que firmé y que no pensaba cumplir lo que firmé,

solo firmé para recuperar mi coche..., nada mas.

Me dijeron en la oficina del consumidor que cone sta hoja pusiera la demanda junto con la denuncia, denunca que por la tarde fui a ampliarla contando los ultimos acontecimientos como que me empujaron para

echarme del taller, que se negaron en un principio a sellarme y firmarme la hoja de reclamaciones, que se negaron a probar el coche antes de pagar, que no me dieron las piezas que me sustituyeron y un largo

etc...

He pedido cita para llevar el coche al concesionario oficial para que me revisen el coche y comprobar que arreglos me hicieron porque como no me quedé con la hoja de reparaciones pues no se esos mil euros

que me querían cobrar de donde son, y tambien que me revisen si me han roto algo por dentro, si encuentro algo por minimo que sea lo pienso adjuntar con la demanda junto con la denuncia, la hoja de

reclamaciones, etc.

Mañana tambien intentaré llamar a la oficina central de "FIRSTSTOP" para explicarles lo que me ha pasado con una de sus franquicias en Murcia para ver si toman medidas con ese taller...

Bueno se que os habré aburrido con toda esta charla, solo quería que supierais mi experiencia por si os sucede algo parecido de tener cuidado, siempre que llevéis el coche a un taller tener en cuenta lo

siguiente:


1º sino es un taller oficial al menos que sea un taller de confianza en el que hayais tenido buenas referencias de el y que conozcais otros conductores que ya hayan llevado su coche y hayan hablado bien de

ese taller



2º decir que antes de hacer cualquier reparacion que os llamen para deciros la pieza rota y lo que costara arreglarlo contando con la mano de obra y el iva, no tiene que ser un precio exacto sino aproximado

vale



3º cuando os digan lo que está estropeado que os demuestren el mal funcionamiento y que os entreguen la pieza rota


4º si estais de acuerdo con el presupuesto de la reparación leer la hoja antes de firmarla para que esté todo claro



Todo esto es lo que yo debería de haber hecho pero me confié y es cuando te pasa una cosa así cuando aprendes y quedas escarmentado para que nunca te pase una cosa así


Lo dicho, que siento si me he excedido, he querído narrarlo todo sin dejarme nada y perdón por las faltas de ortografía


os seguiré informando si suceden mas sorpresas


Un saludo.
 

Luis_E

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j*der que peliculon... Suerte y que no te hayan roto nada entre el momento de la bronca y que te llevaste el coche. Viendo lo poco profesionales que han sido al cambiar piezas sin avisar y ni siquiera ofrecerte las viejas, no me fiaría mucho de que no te hubieran dejado sin aceite en el motor o algo así...
 

maxspeed

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Vaya historia compañero,parece una película de terror,vaya panda de indeseables.Ojalá salga todo bien y esos bastardos reciban lo que se merecen.Me he quedado patidifuso con lo que te ha pasado...si fuera tu iba a una hora intempestiva al taller con un spray de pintura y les dejaba unas cuantas frases bonitas,tipo:en este taller te roban...un saludo y mucho ánimo.
 

xmenegr

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Esto da para hacer un libro de terror, espero que termine bien
 

bm_w325

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vamos no les pagaba yo los otros 500 euros ni loco, el taller no se va a molestar en demandarte por 500 euros, con lo que les has pagado ya habran cubierto piezas y ya te digo que por 500 euros no se meten en demandas y demas yo pasaria de ellos y no les daria un duro mas y no va a pasar nada.
 
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