Off Topic Para todos aquellos con hipoteca y clausula suelo aún vigente.

esegeto1

VateFAQuer
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A mi me la devolvieron en 15 días y sin poner pegas y lo único que tuve que hacer es presentar un escrito vía su plataforma on-line

Yo expuse aquí las actuaciones y pasos que íbamos dando:

Mis padres firmaron con BBVA una hipoteca en 2003. En ella se establecían como límites por arriba y por abajo unos tipos de interés del 12 y el 2,5%, respectivamente (durante el primer año se mantenía un tipo fijo y, a partir del segundo, pasaba a variable). A partir de mayo de 2013, BBVA, en aplicación de la sentencia del Supremo, ajustó el tipo eliminando el límite inferior. Mi padre (viudo ya) falleció en noviembre de ese año y en octubre de 2014 sus herederos liquidamos totalmente lo que quedaba entonces de hipoteca, obteniendo la Carta de Pago del banco.
Al respecto entiendo que me bastaría, en principio, dirigirme al BBVA y solicitar la devolución de... ¿de qué? :nose: ¿Qué cantidades y cómo las puedo calcular? Imagino que en algún sitio existirán unas tablas con los tipos de interés de referencia por años y meses, ¿alguno de los presentes sabe dónde puedo encontrarlas? Lo digo porque, al no disponer yo de ningún registro de los recibos que se pagaron durante todos esos años -sólo los datos del importe por el que se constituyó la hipoteca y el período de amortización-, tendría que calculármelos yo mes a mes :panic:....:facepalm: ...o dejarlo en manos de un bufete... :lata:

Por otra parte, entiendo que también podré reclamar los gastos de constitución de la hipoteca, pero aquí me encuentro con que no dispongo de ningún documento relativo a éstos, como el de ITP y AJD, o el de Registro, etc. ¿Dónde es posible conseguir copia de los mismos o documento equivalente?
Será a aquellos con los que BBVA haya querido llegar a un acuerdo.

Nosotros iniciamos "el proceso" (cláusula suelo y gastos de constitución de la hipoteca que tenían mis padres, fallecidos ambos, y que ya fue amortizada totalmente y cancelada en 2014) el 13 de marzo a través de la web y mediante el único hermano que tiene cuenta en el banco. En todo este tiempo, se han ido abriendo y cerrando números de expediente a capricho de los que gestionan el asunto, que son un "pool" (¡qué moderno soy! :cuniao: ) de personas que han sido contratadas para atender vía web las reclamaciones que se generan. Cuando digo a capricho es porque:

Un primer expediente -como contestación a la primera 'toma de contacto' por nuestra parte- en el que le solicitaban la identificación y autorización de todos los herederos, fue cerrado a los dos días, sin esperar a que remitiéramos lo que estaban solicitando. Esto es algo que vienen haciendo habitualmente. En ese caso lo que hacen los gestores es abrir una nueva reclamación cuando se la encuentran finalizada.

A raíz de eso, además de remitir por correo certificado un escrito que firmamos todos los hermanos, se le comunicó al banco que ya ellos deberían tener los datos de todos en el expediente del reparto de bienes de la herencia (el expediente que BBVA abrió en su día con motivo de la testamentaría de mi padre). Pues bien, alguno de los gestores se ha encontrado finalizado el primer expediente por lo que ha abierto otro en el que, por supuesto, seguía faltando la representación de todos los hermanos.

Al mismo tiempo (por los escasos 40 dígitos de diferencia entre ambos expedientes) otro alguien ha gestionado el correo certificado. Al ver en trámite el expediente por C. Suelo, ha incorporado a ése tanto la carta como nuestro documento de representación. Y al no existir expediente por gastos, lo ha abierto con la documentación del certificado + la que ya habíamos enviado previamente, y que había sido incorporada en los anteriores expedientes.

Pero sólo unos pocos días después han finalizado ese 2º expediente por C. Suelo por no incluir la representación de los hermanos. Deduzco que hemos tenido la mala fortuna de que ambas gestiones se han hecho simultáneamente.

- Si el gestor del certificado se hubiera encontrado el expediente ya finalizado, habría abierto otro nuevo, y ahora tendríamos 2 abiertos.
- Si el supervisor hubiera visto que se había incorporado ya la documentación solicitada, no lo habría finalizado, y el proceso seguiría adelante con los 2 expedientes.
Lo anterior era hace unas semanas, a día de hoy ya hemos tenido varios cierres y aperturas de otros tantos expedientes y contestaciones que poco o nada tienen que ver con lo que nosotros habíamos escrito: "¿Qué hora es? -Manzanas traigo" :muro:

Bueno, para no abundar más ni aburriros innecesariamente, nosotros seguimos respondiendo y siguiendo las 'instrucciones' del banco en cuanto a documentación se refiere a la espera de que se venzan los tres meses (a mediados de junio) y, entonces sí, presentar una demanda. Por nuestra parte no creo que quede duda alguna de que hemos hecho todo lo posible para que el banco nos ofreciera un acuerdo, pero no ha sido así...

Ronin, a nosotros, el hecho de que uno de mis hermanos sea cliente ha "facilitado" la vía para presentar la reclamación. Pero por otra parte, el estar los titulares fallecidos y la hipoteca cancelada está suponiendo algunas pegas más, sin mencionar lo que comentas de "ya le diremos algo, paaaayo"
Por cierto, ¿no has reclamado también los gastos de constitución de hipoteca... o_O?​

Mas, no obstante, en estos momentos estamos como si no hubiéramos hecho nada. Supongo que el hecho de estar mis padres fallecidos ha sido el motivo por el que el banco ha "pasado" de nosotros, aun a pesar de que uno de mis hermanos es cliente.

Sí, entiendo que mis circunstancias son diferentes. Pero eso no me quita la sensación que tengo de que BBVA nos está mareando y tratando de que tiremos la toalla... pero no sabe con quién se está jugando los cuartos :devil: (también en sentido literal)

Finalmente hemos decidido que pasaremos a actuar de nuevo mediante asesoramiento legal :lata::lata:

Por cierto, Ronin, ¿llegaste a presentar reclamación por el tema "gastos"...?
 
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Ronin

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Yo expuse aquí las actuaciones y pasos que íbamos dando:











Mas, no obstante, en estos momentos estamos como si no hubiéramos hecho nada. Supongo que el hecho de estar mis padres fallecidos ha sido el motivo por el que el banco ha "pasado" de nosotros, aun a pesar de que uno de mis hermanos es cliente.


Finalmente hemos decidido que pasaremos a actuar de nuevo mediante asesoramiento legal :lata::lata:

Por cierto, Ronin, ¿llegaste a presentar reclamación por el tema "gastos"...?
No, todavía no. Estaba a la espera de saber cómo iba el tema
 

Jiro

Mr. Caceres
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Hoy he leido que les estan reclamando tambien la comision de apertura
 

esegeto1

VateFAQuer
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Es un mínimo del 0,5% sobre el valor total del crédito
El Supremo rectifica: el banco es quien debe pagar el 'impuesto de las hipotecas'
El alto tribunal modifica su jurisprudencia sobre el tributo de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que hasta ahora pagaba siempre el cliente.

El Tribunal Supremo acaba de señalar que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria es la entidad prestamista, no quien recibe el préstamo. Con esta decisión cambia de arriba abajo el panorama actual en la firma de los créditos para la adquisición de vivienda y el reparto de gastos que hasta ahora se había producido.

En una sentencia del pasado 16 de octubre, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Cudero, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Segunda) modifica su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente.

Hay que recordar que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) supone un gravamen de entre el 0,5% y el 2%, dependiendo de la comunidad autónoma de la que se trate y, hasta ahora, siempre había recaído en el cliente.



5bb1dbea72932.png

Según la nota remitida por el Supremo, la sentencia tiene en cuenta que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca.

La sentencia anula un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.

La decisión cuenta con un voto particular discrepante, emitido por el magistrado Dimitry Berberoff, que postula el
mantenimiento de la jurisprudencia anterior, y otro concurrente, del magistrado Nicolás Maurandi, que considera que la sentencia debió incidir en la existencia de dos impuestos en el de actos jurídicos documentados y en el principio de capacidad económica previsto en el artículo 31 de la Constitución.

En febrero de este año, el Supremo dictaminó que quien debía hacer frente al impuesto de actos jurídicos documentados era el cliente y no las entidades con las que se suscribe el préstamo; por unanimidad, el pleno de la sala de lo Civil descartó entonces abuso en la aplicación sobre el prestatario del gravamen. La sentencia ha contado también con un voto concurrente -acepta el fallo pero discrepa en algún punto de la argumentación- del magistrado Nicolás Maurandi.

Aunque comparte el dictamen, Maurandi cree que el citado impuesto engloba no uno sino dos tributos: el gravamen sobre documentos notariales y el gravamen sobre actos jurídicos documentados notarialmente. Al tratarse de dos tributos diferentes, explica Maurandi según Efe, son también distintos los elementos que hay que tener en cuenta para determinar quién es el sujeto pasivo y debe hacerle frente.


https://www.lainformacion.com/espan...be-pagar-el-impuesto-de-las-hipotecas/6435002

PD. Gracias por la info, @botminik :guiño:
 

esegeto1

VateFAQuer
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Finalmente hemos decidido que pasaremos a actuar de nuevo mediante asesoramiento legal :lata::lata:

Actualizo rápidamente. A primeros de junio, y ante la dilación constante de BBVA, mi hermana contactó con un "reconocido" grupo de abogados que litigan con estos temas ante los bancos. Ellos se encargaron de recabar nuestros datos y autorizaciones pertinentes para actuar en nuestro nombre (7 hermanos que heredamos la hipoteca, vencida y titulares de la misma fallecidos) y escribieron al banco reclamando por la 'cláusula suelo'. El banco, ahora sí, se avino a llegar a un acuerdo y a finales de julio ingresó el dinero que acordamos las partes. Pagamos los honorarios al bufete y se acabó el cuento.
 

botminik

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Guancho

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Mi caso está en manos de un bufete especialista en este tipo de cosas. El procedimiento está iniciado. A ver. Si hay devolución no creo que me dure el dinero más de 48 horas. Vaya a ser que me muera y se lo gaste otro.
 

MigYecla

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Recomendaciones de empresas que reclaman este tipo de gastos?? Experiencias??

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josete_perez

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Yo reclamé y pasaron olímpicamente de mi cara
 

gorka

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Mi caso está en manos de un bufete especialista en este tipo de cosas. El procedimiento está iniciado. A ver. Si hay devolución no creo que me dure el dinero más de 48 horas. Vaya a ser que me muera y se lo gaste otro.

Daytona?
 

Soberano

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Recomendaciones de empresas que reclaman este tipo de gastos?? Experiencias??

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Triviño abogados, Bufete Rosales, Arriaga...

Es una abogacía de grandes volúmenes. Se gana un juicio y como el resto son mas o menos iguales, pues se especializan en asuntos masivos (cooperativas, preferentes, intereses hipotecarios...) . Cuantos más en el saco mejor. Muchas veces los escritos no los hace un abogado, ni siquiera tiran de un formulario, sino que lo hace un ordenador o programa. Siendo profesional del sector no me explico como funciona ese trasto, la verdad es que algún día me gustaría verlo ya que me pica la curiosidad. No esperes una atención personalizada como en una abogacía tradicional pero bueno, hacen su función que es lo que importa. Lo de los honorarios tengo entendido que cobran por éxito. Al final son juicios que prácticamente están ganados. Es más una cuestión de paciencia y de aguantar.
 

scart

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Triviño abogados, Bufete Rosales, Arriaga...

Es una abogacía de grandes volúmenes. Se gana un juicio y como el resto son mas o menos iguales, pues se especializan en asuntos masivos (cooperativas, preferentes, intereses hipotecarios...) . Cuantos más en el saco mejor. Muchas veces los escritos no los hace un abogado, ni siquiera tiran de un formulario, sino que lo hace un ordenador o programa. Siendo profesional del sector no me explico como funciona ese trasto, la verdad es que algún día me gustaría verlo ya que me pica la curiosidad. No esperes una atención personalizada como en una abogacía tradicional pero bueno, hacen su función que es lo que importa. Lo de los honorarios tengo entendido que cobran por éxito. Al final son juicios que prácticamente están ganados. Es más una cuestión de paciencia y de aguantar.
Entonces recomiendas una empresa de este tipo o un abogado particular?
 

MigYecla

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¿Y estás contento con ellos?

Yo tengo que hacer la escritura de cancelación de una hipoteca ya pagada, creo entender que no debo pagarla yo.

Pues no, esa diría que sí tienes que pagarla :LOL:
 

Guancho

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Triviño abogados, Bufete Rosales, Arriaga...

Es una abogacía de grandes volúmenes. Se gana un juicio y como el resto son mas o menos iguales, pues se especializan en asuntos masivos (cooperativas, preferentes, intereses hipotecarios...) . Cuantos más en el saco mejor. Muchas veces los escritos no los hace un abogado, ni siquiera tiran de un formulario, sino que lo hace un ordenador o programa. Siendo profesional del sector no me explico como funciona ese trasto, la verdad es que algún día me gustaría verlo ya que me pica la curiosidad. No esperes una atención personalizada como en una abogacía tradicional pero bueno, hacen su función que es lo que importa. Lo de los honorarios tengo entendido que cobran por éxito. Al final son juicios que prácticamente están ganados. Es más una cuestión de paciencia y de aguantar.
Paciencia tengo yo más que un olivo
 

Guancho

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¿Y estás contento con ellos?

Yo tengo que hacer la escritura de cancelación de una hipoteca ya pagada, creo entender que no debo pagarla yo.
De momento están en ello. No sé qué decirte.
 

Ebid

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Pues no, esa diría que sí tienes que pagarla
No lo tengo tan claro, la hipoteca y las cargas en registro se escrituran públicamente para beneficio exclusivo del Banco, sin ser necesarias.

Aparte de eso me colaron un redondeo al alza, lo que tanto el sentido común como el supremo dicen que es abusivo.
 

Soberano

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Entonces recomiendas una empresa de este tipo o un abogado particular?
Como cliente preferiría una abogacía mas personalizada, pero en asuntos de miles de perjudicados donde todo es sota, caballo y rey pues te puede valer y económicamente cuadrarte los honorarios. También depende de la complejidad del asunto. Hay asuntos que tienen sus particularidades y no los cogen.
 

esegeto1

VateFAQuer
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Mi caso está en manos de un bufete especialista en este tipo de cosas. El procedimiento está iniciado. A ver. Si hay devolución no creo que me dure el dinero más de 48 horas. Vaya a ser que me muera y se lo gaste otro.

Puedes decir quien? (si es posible)

Nuestro caso lo llevó Arriaga :guiño:. No lo he mencionado antes por no hacer publicidad.


De todas formas resulta muy cabreante :mad::mad: tener que recurrir a un bufete para que, a través de ellos y previo pago de los honorarios correspondientes, el banco decida pagar lo que reclamas. Cuando la diferencia es solamente quién presenta la reclamación, porque lo que es el texto de la misma casi calcado del que presentamos nosotros, tomado de un modelo que circulaba por Internet. Me explico.

Durante más de cuatro meses, y después de presentar por primera vez el escrito reclamando por la cláusula suelo, mi hermana -y sus otros 6 hermanos con ella- se 'sometió' a las continuas, interminables y repetitivas demandas de documentación de BBVA. Lo relaté hace más de un año:

Aclaro que yo tengo dos 'frentes' abiertos: uno por la hipoteca que tenían mis padres con BBVA y otro por la que tengo yo en mi banco. De la primera decir que han abierto un departamento específico para atender todo lo relacionado con este asunto y que, hasta ahora, nos han estado 'mareando' con contestaciones estereotipadas y absurdas a veces (¡¡Joeeeer!! :eek:, como las de la DGT :whistle: ) y peticiones de documentos y firmas que, por otra parte, ellos ya poseen. Pero ahí seguimos 'inasequibles al desaliento' :rambo:. Tengo información veraz y contrastada :sneaky: de que la actuación con el resto de reclamantes es muy similar.

Nosotros iniciamos "el proceso" (cláusula suelo y gastos de constitución de la hipoteca que tenían mis padres, fallecidos ambos, y que ya fue amortizada totalmente y cancelada en 2014) el 13 de marzo a través de la web y mediante el único hermano que tiene cuenta en el banco. En todo este tiempo, se han ido abriendo y cerrando números de expediente a capricho de los que gestionan el asunto, que son un "pool" (¡qué moderno soy! :cuniao: ) de personas que han sido contratadas para atender vía web las reclamaciones que se generan. Cuando digo a capricho es porque:

Un primer expediente -como contestación a la primera 'toma de contacto' por nuestra parte- en el que le solicitaban la identificación y autorización de todos los herederos, fue cerrado a los dos días, sin esperar a que remitiéramos lo que estaban solicitando. Esto es algo que vienen haciendo habitualmente. En ese caso lo que hacen los gestores es abrir una nueva reclamación cuando se la encuentran finalizada.

A raíz de eso, además de remitir por correo certificado un escrito que firmamos todos los hermanos, se le comunicó al banco que ya ellos deberían tener los datos de todos en el expediente del reparto de bienes de la herencia (el expediente que BBVA abrió en su día con motivo de la testamentaría de mi padre). Pues bien, alguno de los gestores se ha encontrado finalizado el primer expediente por lo que ha abierto otro en el que, por supuesto, seguía faltando la representación de todos los hermanos.

Al mismo tiempo (por los escasos 40 dígitos de diferencia entre ambos expedientes) otro alguien ha gestionado el correo certificado. Al ver en trámite el expediente por C. Suelo, ha incorporado a ése tanto la carta como nuestro documento de representación. Y al no existir expediente por gastos, lo ha abierto con la documentación del certificado más la que ya habíamos enviado previamente, y que había sido incorporada en los anteriores expedientes.

Pero sólo unos pocos días después han finalizado ese 2º expediente por C. Suelo por no incluir la representación de los hermanos. Deduzco que hemos tenido la mala fortuna de que ambas gestiones se han hecho simultáneamente.

- Si el gestor del certificado se hubiera encontrado el expediente ya finalizado, habría abierto otro nuevo, y ahora tendríamos 2 abiertos.
- Si el supervisor hubiera visto que se había incorporado ya la documentación solicitada, no lo habría finalizado, y el proceso seguiría adelante con los 2 expedientes.

Lo anterior era hace unas semanas, a día de hoy ya hemos tenido varios cierres y aperturas de otros tantos expedientes y contestaciones que poco o nada tienen que ver con lo que nosotros habíamos escrito: "¿Qué hora es? -Manzanas traigo" :muro:

Bueno, para no abundar más ni aburriros innecesariamente, nosotros seguimos respondiendo y siguiendo las 'instrucciones' del banco en cuanto a documentación se refiere a la espera de que se venzan los tres meses (a mediados de junio) y, entonces sí, presentar una demanda. Por nuestra parte no creo que quede duda alguna de que hemos hecho todo lo posible para que el banco nos ofreciera un acuerdo, pero no ha sido así...

Lo he leído, sí: parafraseando al Bisbal Chulería, chuleeeeríiia... :cigar::cigar:

Al respecto de eso, mis 'fuentes' tras las líneas enemigas biggrin:censored: me han revelado que esta semana les ha escrito un cliente preguntando cuándo se le haría efectivo el abono en cuenta del importe acordado por los gastos de constitución de una de sus hipotecas, que la otra que tiene ya la cobró hace más de 1 semana siendo que la aceptación la había firmado el mismo día para ambas. El departamento preguntó a 'arriba' qué contestar, y la respuesta fue que le comunicasen al cliente que "no existe ningún plazo legal establecido para la devolución de los gastos hipotecarios". :jimlad:

:metra: ¡Ea! ¡Con un par! Qué te pagaré cuando me salga del forro porque nada me obliga a hacerlo antes. :mad:

Yo no dispongo en mi arsenal de la amenaza de dejar de ser cliente de este banco (dejé de serlo hace más de 30 años), pero vaya, a ver si consigo convencer a algunos de mis allegados que los manden 'un poco' ATPC... :punch::punch:

Todo aquello "terminó" hacia finales de julio del pasado año, cuando BBVA nos comunicó que cerraba el expediente 'por falta de documentación' :eek::eek::eek::eek: ¿¿¿MANDEEEEE???? :facepalm: "Josdeputen" :metra::metra::metra:

Por diversas razones, no se retomó este asunto hasta mayo de este año, cuando mi hermana contactó con Arriaga. Cumplidos los trámites de representación legal a favor del bufete, y abonada una primera cantidad (200 €), éste presentó a primeros de junio ante BBVA un escrito de reclamación por 'cláusula suelo' (no pudimos reclamar por gastos porque no disponíamos de ninguna factura -BBVA las tenía todas, por supuesto :cigar:- ni tampoco pudimos obtenerlas individualmente), adjuntando copia de la documentación que en su día habíamos remitido nosotros incluso en varias ocasiones. Unas tres semanas después BBVA mandó a mi hermana una carta en la que admitían la deuda, y la valoración que hacían de la misma, pidiendo nuestra conformidad. Informó, pues, a Arriaga que nos comunicó que la valoración hecha por BBVA, aunque ligeramente por debajo de las estimaciones que ellos habían hecho, era aceptable. Y eso hicimos. Arriaga cobró después el 10% + IVA del importe que nos pagó BBVA. Y lo que quedó después nos lo repartimos como buenos hermanos....


Y vuelvo a lo que decía al principio. El banco nos obligó a contratar ayuda profesional para después acabar aviniéndose al acuerdo. ¿Por qué no lo hizo de primeras? Supongo que porque espera que los clientes se aburran y abandonen como, de hecho, habrá ocurrido con más de uno. Pero ya, si vienen acompañados del "primo de zumosol", entonces rápidamente se prestan al acuerdo dado que prolongar el asunto por vía judicial sólo les sale más caro, pues terminan pagando igual. A veces me pienso :duda: si no habrá cierta connivencia entre los bancos y los bufetes para que pasemos "por huebos" por los segundos: que también haya negocio para los abogados, oiga :pasta:
 

ObiWan

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Posiblemente no tengáis empatía alguna con los trabajadores "rasos" de banca, tampoco os hace falta. Pero desde el otro lado del teclado, me dan pena, mucha pena mis antiguos compañeros.

Al final serán ellos, "el Manolo" de caja, "Pepa" la interventora, "Luis" el gestor ....., los que se comerán el mojón que se avecina con la sentencia del Supremo al respecto de los IAJD.

Los directores de Zona, los Territoriales, los directores de banca comercial de las distintas áreas geográficas de los bancos, los consejos de administración al completo, desde el primer consejero hasta el Presi y Delegado ............. esos NO olerán el marrón de los 6.000 millones de euros.

Podéis jugaros un sugus tranquilamente, que lo ganaréis. Esa pandilla del párrafo anterior mejorará, doblará o triplicará sus BONUS, sus retribuciones variables ..... aunque el Banco gane menos, ellos ganarán más. Cómo viene siendo habitual.

De la misma forma, podéis jurar por Snoopy que cada vez habrá menos Manolos, Pepas y Luises con los que hablar, la era de la atención impersonal está más cerca que nunca.

Los números les saldrán, seguro.
 

ObiWan

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Por cierto, para los que tenéis dudas sobre si esto es cómo lo de los "suelos", tomadlo con calma, que no .....

"Los bancos han analizado la última sentencia del Tribunal Supremo sobre los gastos hipotecarios y han concluido que la oleada de reclamaciones que se espera por el cobro indebido de estos gastos debe dirigirse contra las administraciones ya que se trata de "una cuestión de naturaleza tributaria".

"Las entidades de crédito no han percibido cantidad alguna de sus clientes por este concepto", explica una breve nota elaborada por la Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación de Cajas de Ahorro (CECA)."
 

gorka

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Nuestro caso lo llevó Arriaga :guiño:. No lo he mencionado antes por no hacer publicidad.


De todas formas resulta muy cabreante :mad::mad: tener que recurrir a un bufete para que, a través de ellos y previo pago de los honorarios correspondientes, el banco decida pagar lo que reclamas. Cuando la diferencia es solamente quién presenta la reclamación, porque lo que es el texto de la misma casi calcado del que presentamos nosotros, tomado de un modelo que circulaba por Internet. Me explico.

Durante más de cuatro meses, y después de presentar por primera vez el escrito reclamando por la cláusula suelo, mi hermana -y sus otros 6 hermanos con ella- se 'sometió' a las continuas, interminables y repetitivas demandas de documentación de BBVA. Lo relaté hace más de un año:







Todo aquello "terminó" hacia finales de julio del pasado año, cuando BBVA nos comunicó que cerraba el expediente 'por falta de documentación' :eek::eek::eek::eek: ¿¿¿MANDEEEEE???? :facepalm: "Josdeputen" :metra::metra::metra:

Por diversas razones, no se retomó este asunto hasta mayo de este año, cuando mi hermana contactó con Arriaga. Cumplidos los trámites de representación legal a favor del bufete, y abonada una primera cantidad (200 €), éste presentó a primeros de junio ante BBVA un escrito de reclamación por 'cláusula suelo' (no pudimos reclamar por gastos porque no disponíamos de ninguna factura -BBVA las tenía todas, por supuesto :cigar:- ni tampoco pudimos obtenerlas individualmente), adjuntando copia de la documentación que en su día habíamos remitido nosotros incluso en varias ocasiones. Unas tres semanas después BBVA mandó a mi hermana una carta en la que admitían la deuda, y la valoración que hacían de la misma, pidiendo nuestra conformidad. Informó, pues, a Arriaga que nos comunicó que la valoración hecha por BBVA, aunque ligeramente por debajo de las estimaciones que ellos habían hecho, era aceptable. Y eso hicimos. Arriaga cobró después el 10% + IVA del importe que nos pagó BBVA. Y lo que quedó después nos lo repartimos como buenos hermanos....


Y vuelvo a lo que decía al principio. El banco nos obligó a contratar ayuda profesional para después acabar aviniéndose al acuerdo. ¿Por qué no lo hizo de primeras? Supongo que porque espera que los clientes se aburran y abandonen como, de hecho, habrá ocurrido con más de uno. Pero ya, si vienen acompañados del "primo de zumosol", entonces rápidamente se prestan al acuerdo dado que prolongar el asunto por vía judicial sólo les sale más caro, pues terminan pagando igual. A veces me pienso :duda: si no habrá cierta connivencia entre los bancos y los bufetes para que pasemos "por huebos" por los segundos: que también haya negocio para los abogados, oiga :pasta:



Asi es, el otro dia un amigo abogado me confesaba que lo de los suelos era como si te tocaba la loteria, un corta pega y a trincar, de hecho menudo pisaco se acaba de comprar gracias a ello.
 

Soberano

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¿Habláis únicamente de la cláusula suelo no? Yo es que la hice hará cosa de 1 año, y cláusula suelo no tengo pero si todos los gastos de notaría, gestoría, etc. Y según leo por ahí, corresponde pagar a medias entre la entidad y el cliente.
Hay que distinguir entre la escritura en documento público e inscripción de la compra de la vivienda y la del crédito hipotecario que también se eleva a documento público. Los gastos de la primera los soporta el comprador porque por razones obvias, tienes un interés al ser el propietario del inmueble. Lo que sí puedes reclamar son los gastos derivados de elevar a escritura pública el crédito hipotecario y creo recordar que también el coste de tasación de la casa que por defecto, el banco solía cobrarlo a pesar de que lo contrataban ellos.
 
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