Estos son los seguros que desgravan en la declaración de la Renta.
La Agencia Tributaria permite deducirse algunos gastos referidos a pólizas de seguro, pero no en todos los casos.
Maternidad, obras de rehabilitación energética, planes de pensiones, incluso, cuotas sindicales son algunas de la deducciones previstas en la declaración de la Renta de este año (correspondiente al ejercicio 2022). Pero son solo algunos de los gastos deducibles, es decir, aquellos que se realizaron durante el año fiscal y que se pueden indicar en la declaración con el fin de restar del ingreso bruto y acabar pagando menos a Hacienda. Entre esos gastos pueden recogerse también los referidos a algunas pólizas de seguros. No son todas ni en cualquier caso, pero según el comparador Acierto, los gastos por contratación de un seguro se podrán incluir en los siguientes supuestos:
Plan de previsión asegurada.
Los Planes de Previsión Asegurados (PPAs) son seguros que facilitan acumular un ahorro para complementar la pensión pública en el momento de la jubilación. La fiscalidad es la misma que en los planes de pensiones, cuyo máximo deducible es de 1.500 euros.
Seguro de vida convencional.
En principio, no es desgravable. Es decir, aquellos seguros de vida que no incluyen un plan de ahorro —la cobertura es solo el fallecimiento y la invalidez— no pueden desgravarse en términos generales. Excepto en un caso: el de los autónomos. Porque la Agencia Tributaria lo considera como un gasto deducible, al estar ligado al desarrollo de su actividad. En cualquier caso, los autónomos pueden desgravarse el seguro de vida hasta un límite, como ocurre con los seguros médicos. Este tope está establecido en los 500 euros (y en los 1.500 euros, en caso de un autónomo con discapacidad).