Off Topic Defeco en hacienda 2.0

nosolo320d

Forista Legendario
Al final pagan justos por pecadores como siempre, pero es que hay cada autónomo en la viña del señor que menudos jetas.....los que tenemos una simple Nómina no nos dan opción a nada.....yo hago 140 kilómetros diarios entre ida y vuelta y tampoco puedo desgravar nada y no voy por la autopista porque entonces ya tengo que poner el culo para que sobre algo que llevar a casa, lo siento porque estoy seguro que serás de los cumplidores pero........ante la duda Hacienda lo tiene fácil.
Sé que muchos se me echarán al cuello, pero es algo que he pensado demasiadas veces. ¿Por qué el autónomo ha de tener derecho a desgravar gastos de gasolina, peajes, comidas fuera, teléfono... etc?. Los trabajadores por cuenta ajena también tienen esos gastos y no pueden hacer ningún tipo de desgravación. Idem con el coche en sí.
 

Bl@nquito

Clan Leader
Sé que muchos se me echarán al cuello, pero es algo que he pensado demasiadas veces. ¿Por qué el autónomo ha de tener derecho a desgravar gastos de gasolina, peajes, comidas fuera, teléfono... etc?. Los trabajadores por cuenta ajena también tienen esos gastos y no pueden hacer ningún tipo de desgravación. Idem con el coche en sí.
Porque te puedes deducir lo que sea en el ejercicio de tu actividad
O sea, tu teléfono movil personal no puedes deducirlo, al igual que tu para ir al trabajo puedes usar el coche, la bici, ir andando, etc. Incluso tu empresa te puede estar pagando un plus de transporte, que está exento en IRPF si mal no recuerdo

Una empresa usa el coche o el movil para desarrollar su actividad, por ende deducible

Son cosas medianamente lógicas
 

*NANO*

Clan Leader
Ibi, ¿qué explicación "coherente" (sí, sé que es pedir mucho) te dan a la no inclusión del programa?

Es que es absurdo a todas luces. Con el coche podrían argumentar cualquier excusa respecto al uso, pero en un programa destinado claramente a tu profesión, no tiene ninguna explicación posible.
 

Dani_330Cabrio

Forista Senior
Es el pan nuestro de cada día...como tengas bastantes gastos y decidan que no les pagas lo suficiente en impuestos, saltan al cuello.

A nuestros clientes ya les tenemos más que advertidos y según lo que les salga les quitamos facturas de gastos a base de bien para que no les inspeccionen, porque si te digo que a un transportista le intentaban quitar el 50% de los gastos de combustible y vehículo, ¿como te quedas? :floor:
 

nosolo320d

Forista Legendario
Porque te puedes deducir lo que sea en el ejercicio de tu actividad
O sea, tu teléfono movil personal no puedes deducirlo, al igual que tu para ir al trabajo puedes usar el coche, la bici, ir andando, etc. Incluso tu empresa te puede estar pagando un plus de transporte, que está exento en IRPF si mal no recuerdo

Una empresa usa el coche o el movil para desarrollar su actividad, por ende deducible

Son cosas medianamente lógicas
Igual de lógico que para el trabajador de cuenta ajena, exactamente lo mismo. No hablo de deducir el 100% de los gastos, pero sí los gastos derivados para desempeñar la actividad profesional de cada uno, ya sea por cuenta propia o ajena.
 

Gus

Tali-bahn
Administrador
Coordinador
Eso mismo pensaba Maxim Huerta :guiño:

Eso venía a decir: profesional con ingresos de su actividad a través de SL...

s-l300.jpg



Y el turismo sigue siendo un turismo, y el movil un móvil...
 

Dani_330Cabrio

Forista Senior
Por cierto, añado aunque no se si en tu caso dará fruto pero es lo que yo haría para deducirme los gastos que comentas de vehículo y teléfono:

-¿Puedes poner a tu nombre algún vehículo de tu unidad familiar?
-¿Puedes poner a tu nombre algún contrato de telefonía?

Con esto podrías justificar que tienes un vehículo para tu actividad y otro para ocio, y con el móvil lo mismo.

Lo del programa no entiendo que te lo quieran quitar de gastos :muro:

Y otra cosa, ¿Tienes una asesoría que te haya guiado en qué gastos y en que % puedes deducirte?
 

Get Smart 86

Would you believe...
Miembro del Club
Sé que muchos se me echarán al cuello, pero es algo que he pensado demasiadas veces. ¿Por qué el autónomo ha de tener derecho a desgravar gastos de gasolina, peajes, comidas fuera, teléfono... etc?. Los trabajadores por cuenta ajena también tienen esos gastos y no pueden hacer ningún tipo de desgravación. Idem con el coche en sí.

En otros paises, un gasto deducible, es deducible para todo el mundo. Sea autónomo o empleado.
 

Stewie

Forista Legendario
Igual de lógico que para el trabajador de cuenta ajena, exactamente lo mismo. No hablo de deducir el 100% de los gastos, pero sí los gastos derivados para desempeñar la actividad profesional de cada uno, ya sea por cuenta propia o ajena.

Pero un trabajador por cuenta ajena, normalmente usa su vehículo para llegar al puesto de trabajo, no para realizarlo (esa es la mayoría, aunque habrá casos y casos), ídem con el teléfono.

Yo soy trabajador por cuenta ajena, y cuando he utilizado mi vehículo ha sido así.

En mi caso no puedo quejarme, tengo vehículo de empresa, móvil de empresa, medias dietas o completas, según sea comida o pernocta (y están bien pagadas), e incluso algunos compañeros que usan su vehículo para acudir al centro de trabajo cobran km.

Siempre y cuando tú uso de vehículo, teléfono o comida sea para realizar la jornada laboral y la empresa no sufrague esos gastos, me parece correcta tu postura.
 

Gudus

Forista Senior
Miembro del Club
Sé que muchos se me echarán al cuello, pero es algo que he pensado demasiadas veces. ¿Por qué el autónomo ha de tener derecho a desgravar gastos de gasolina, peajes, comidas fuera, teléfono... etc?. Los trabajadores por cuenta ajena también tienen esos gastos y no pueden hacer ningún tipo de desgravación. Idem con el coche en sí.

Porque las empresas también se desgravan esos gastos y gracias a eso pueden pagar las nóminas a los trabajadores por cuenta ajena.
Además, los trabajadores por cuenta ajena también se "desgravan" de forma indirecta, porque rara es la nómina en la que no aparecen Dietas, Transportes, etc... que no tributan por el mismo IRPF.
Y ya no hablemos de los derechos que tiene un autónomo ante una enfermedad, accidente, o falta de trabajo.
 

nosolo320d

Forista Legendario
Pero un trabajador por cuenta ajena, normalmente usa su vehículo para llegar al puesto de trabajo, no para realizarlo (esa es la mayoría, aunque habrá casos y casos), ídem con el teléfono.
¿No se desgravan los desplazamientos desde su casa a su oficina y las llamadas que hace fuera de su horario laboral?
 

Lomen

Forista Senior
Miembro del Club
Pues a mi me parece vergonzosa la postura de hacienda.
Nada mas que se presionan a los pequeños porque no pueden guerrear.
Tenemos las poeres condiciones de autonomos de toda europa que yo sepa.

¿ Y encima quieren que creemos empleo ?
 

jmborja

In God I Trust!
Miembro del Club
Por cierto, añado aunque no se si en tu caso dará fruto pero es lo que yo haría para deducirme los gastos que comentas de vehículo y teléfono:

-¿Puedes poner a tu nombre algún vehículo de tu unidad familiar?
-¿Puedes poner a tu nombre algún contrato de telefonía?

Con esto podrías justificar que tienes un vehículo para tu actividad y otro para ocio, y con el móvil lo mismo.

Lo del programa no entiendo que te lo quieran quitar de gastos :muro:

Y otra cosa, ¿Tienes una asesoría que te haya guiado en qué gastos y en que % puedes deducirte?

Tener dos coches a tu nombre no es suficiente.
Lo sé porque lo he padecido en primera persona.
 

Bob

Asturiano sidrero
entonces se podría hacer, no me acordaba de SLU. El tema es ver si le interesa

El problema es que la SLU se diferencia de una ordinaria en el número de socios y no en el de empleados (un socio en el caso de la SLU) pero, para hacienda, la empresa es empresa en tanto en cuanto constituye una organización estructurada, que dispone de una serie de recursos; humanos, técnicos, materiales, de gestión, etc. con el objeto de desarrollar una actividad profesional. Si te investigan, si te toca, difícilmente hacienda va a considerar que una persona sola constituye una empresa y, por lo tanto, no le va a permitir tributar como empresa sino como persona física autónomo. Esto es lo que le pasó a MH y a muchos otros y, en contra de lo que dijo en su defensa, no se debió a ningún cambio de criterio sino a una concreción que hacienda llevó a cabo cuando vio que había colectivos enteros pervirtiendo el concepto de empresa para cotizar menos de lo que les correspondería por IRPF.
 

Stewie

Forista Legendario
¿No se desgravan los desplazamientos desde su casa a su oficina y las llamadas que hace fuera de su horario laboral?

Lo que hagan o dejen de hacer no lo sé.

La realidad y lo legal es que eso no lo pueden desgravar. Solo puede hacerse lo que sea para la realización del trabajo.

Supongo que habrá quien sinlo haga, pero luego salen los abusos, cierran el grifo, hacen inspecciones... y pagan justos por pecadores, como casi siempre (por no decir siempre).
 

pmoral

En Practicas
Lo malo es que si ya te han enfilado, no te soltaran.... :-(

Tal y como te dicen, buscate una buena asesoria si es que no la tienes y si la tienes, cambia YA.

Es extraño lo de el telefono, lo de el coche, lo de el programa, lo de los hoteles, lo de los trenes,.....

Hay muchos caraduras que meten hasta las gominolas de sus hijos y luego toca pagar justos por pecadores.

No voy a tirar la primera piedra, pero algunos parece que aparte de hacer las cosas mal, tienen una estrella en el culo y cero remordimientos.
 

Ibi-TDI

Clan Leader
todos éstos temas los llevas tu o un gestor?

He cambiado de gestor, pero si me los llevaba la misma idiota que no hacia bien su trabajo, porque del tiron me dices no puedes meter los hoteles, ni el tren, ni nada del coche, ni el movil ni nada de nada salvo lo que me han dicho ahora. Y no tendria ahora toda esta mierda.

De hecho la documentacion y demas de la inspeccion de ahora me lo ha hecho otra gestoria con los que trabajo, que por el momento, son eficientes.

Lo que me jode es que el año que viene me pediran la de este año tambien, porque hemos metido el 50% de los gastos de la gasolina y el tlf. Asi que el año que viene tendre otra revision mas, aunque estoy pensando en llamar mañana al gestor nuevo y decirle que si estamos en plazo de hacer modificaciones y asi el año que viene, la HDLGP de la señora Aida no me manda otra carta a casa diciendo que le entregue los libros de gasatos e ingresos del año 2017 que no les cuadran cosas, cuando realmente lo que tiene que enviar es una carta para decir vemos que "en los ultimos años ha metido esto y esto y no se puede asi que ahorrese mandarnos mierda y pague la diferencia, un saludo, Aida"
 

Ibi-TDI

Clan Leader
Lo del programa tiene narices que no lo consideren como gasto deducible. De lo demás, gasolina, mantenimiento del coche, telefonía, ordenadores, etc. siendo práctico yo nunca deduciría más del 50% aunque la dedicación sea exclusiva porque siempre trae problemas...

Lo del programa lo voy a reclamar si o si, porque no me jodas.

https://www.nemotec.com/es/software/nemoceph

El programa.

Que les envio el enlace y les digo que me cuente porque no vale?
 

Ibi-TDI

Clan Leader
Ibi, ¿qué explicación "coherente" (sí, sé que es pedir mucho) te dan a la no inclusión del programa?

Es que es absurdo a todas luces. Con el coche podrían argumentar cualquier excusa respecto al uso, pero en un programa destinado claramente a tu profesión, no tiene ninguna explicación posible.

No han argumentado nada. Luego hago un copio y pego si hace falta.
 

Ibi-TDI

Clan Leader
Sé que muchos se me echarán al cuello, pero es algo que he pensado demasiadas veces. ¿Por qué el autónomo ha de tener derecho a desgravar gastos de gasolina, peajes, comidas fuera, teléfono... etc?. Los trabajadores por cuenta ajena también tienen esos gastos y no pueden hacer ningún tipo de desgravación. Idem con el coche en sí.

La duda es totalmente entendible.

Y no me parece mal que la gente que no tiene un complemento de plus por transporte lo pudiesen deducir.

Pero tambien te digo que como todo tiene sus ventajas e inconvencientes, siendo asalariado sueldo horario asegurados, como autonomo no. Como autonomo cuando estas de baja, no lo estas, porque no te puedes dar de baja. Y como asalariado "no pasa nada" en casa el tiempo que estipule el medico y sigues cobrando.

Entonces, tener esa "exclusivadad" lo podria ver como una ventaja frente a otros inconvenientes. Nose........
 

Ibi-TDI

Clan Leader
Por cierto, añado aunque no se si en tu caso dará fruto pero es lo que yo haría para deducirme los gastos que comentas de vehículo y teléfono:

-¿Puedes poner a tu nombre algún vehículo de tu unidad familiar?
-¿Puedes poner a tu nombre algún contrato de telefonía?

Con esto podrías justificar que tienes un vehículo para tu actividad y otro para ocio, y con el móvil lo mismo.

Lo del programa no entiendo que te lo quieran quitar de gastos :muro:

Y otra cosa, ¿Tienes una asesoría que te haya guiado en qué gastos y en que % puedes deducirte?

Si pero les va a dar lo mismo, luego diran que no se puede demostrar o que mi profesion no contepla esas cosas.
 

Ibi-TDI

Clan Leader
Yo solo puedo pensar que, si tienes asesor que le despidas y si te estás haciendo las cosas tú, contrata un asesor.


Asesor como tal no, gestoria. Con la anterior desde que me pidieron los datos para la inspeccion ya no trabajo, ahora estoy con otra.
 
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