llevo una semana de "pasión" peresiana, el martes me llegó una sanción de mi señor padre que cito "Conducir de forma negligente, no obedecer la señal de alto de lso agentes, dandose a la fuga con el riesgo de atropello de personas que se encontarban en el arcen".....(si no conociera a mi padre, habría que darle 2 tiros
) bien, la sanción tiene fecha de 5 de febrero y llegó el 16 de Diciembre, obviamente mi padre no recuerda, no ya si pasó por allí ese día, sino si vió a la GC ó si llevaba el BMW ese día
, lo mejor de todo, es que la peligrosa maniobra según se lee en el boletín, es sancionada con 150 € sin retirada de puntos ni suspensión del permiso....cágate.
Ahora otra, esta es mejor:
11 de Octubre de 2.006 circular a 94 en vía con velocidad maxima 90 km/h, 100 pavos del ala, se recurre en fecha alegando lo típico de certificado de revisión del radar, certificado de curso del agente etc... y ademas se les pide "explicaciones" por (a nuestro entender) la indebida graduación de la sanción, (100 pavos por 4 km) ademas de no constar en el boletin calificación alguna del hecho (grave, etc...) esta alegación se interpuso en Abril de 2.007, respuesta de la alegación, con fecha 18 de Diciembre de 2.008 EL AGENTE SANCIONADOR SE RATIFICA EN LOS HECHOS DENUNCIADOS¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡, el señor Multanova Nº 498-98 se reafirma???, el GC se reafirma, nosostros nos reafirmamos??, vosostros os reafirmais???? :-&:-&:-&:-&:-&
Este tipo de respuestas estereotipadas, que no corresponden en absoluto con lo alegado.......de verdad que cosas como estas son las que deslejitiman cualquier campaña y acción de la DGT...tegan cuidado ahí fuera, la sinrazón y la vulneración de derechos tienen nombre y lo que es peor bula para actuar :mus-


Ahora otra, esta es mejor:
11 de Octubre de 2.006 circular a 94 en vía con velocidad maxima 90 km/h, 100 pavos del ala, se recurre en fecha alegando lo típico de certificado de revisión del radar, certificado de curso del agente etc... y ademas se les pide "explicaciones" por (a nuestro entender) la indebida graduación de la sanción, (100 pavos por 4 km) ademas de no constar en el boletin calificación alguna del hecho (grave, etc...) esta alegación se interpuso en Abril de 2.007, respuesta de la alegación, con fecha 18 de Diciembre de 2.008 EL AGENTE SANCIONADOR SE RATIFICA EN LOS HECHOS DENUNCIADOS¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡, el señor Multanova Nº 498-98 se reafirma???, el GC se reafirma, nosostros nos reafirmamos??, vosostros os reafirmais???? :-&:-&:-&:-&:-&
Este tipo de respuestas estereotipadas, que no corresponden en absoluto con lo alegado.......de verdad que cosas como estas son las que deslejitiman cualquier campaña y acción de la DGT...tegan cuidado ahí fuera, la sinrazón y la vulneración de derechos tienen nombre y lo que es peor bula para actuar :mus-