Yo no tengo ni idea de lo que dice la ley a este respecto, pero aplicando el sentido común:
- No tenéis contrato, pero si puede demostrar que ha hecho pagos en concepto de alquiler no es un intruso. La no existencia de contrato puede incurrir en responsabiliades (hacienda pública quizás), pero no equipara al inquilino con un extraño sin derechos (un ocupa).
- La plaza es una propiedad, pero el vehículo también y que yo sepa, un vehículo sólo puede ser retirado por la autoridad por incumplimiento de una norma cuyo fin normalmente debiera ser el correcto uso de los espacios públicos.
- La policía no lo va a retirar de un recinto privado a petición de una persona aunque sea propietaria de la plaza, si no se lo ordena alguien, un juez imagino. Mover un vehículo si no es tuyo o no tienes autorización ... no creo que sea posible, aunque esté en un sitio que no le corresponde (bien porque ya no pague, bien porque se haya equivocado), es más, el gruero quizá se niegue a hacerlo (debería).
- A las malas, entiendo que estos problemas deben resolverse donde todos, en los juzgados, cualquier otra opción unilateral la veo ... poco recomendable (seguro que hay consecuencias).
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Efectivamente tienes un problema, intenta arreglarlo de bis a bis.