La penalización la tenemos todos en los select, está impuesta por la ley 16/2011 que citaba antes. Sería raro que el contrato tuyo te eximiera de ella. Mira a ver porque probablemte te pondrá por ley o algo así.
Artículo 30 Reembolso anticipado
1. El consumidor podrá liquidar anticipadamente, de forma total o parcial y en cualquier momento, las obligaciones derivadas del contrato de crédito. En tal caso, tendrá derecho a una reducción del coste total del crédito que comprenda los intereses y costes, incluso si éstos hubieran sido ya pagados, correspondientes a la duración del contrato que quede por transcurrir.
2. En caso de reembolso anticipado del crédito, el prestamista tendrá derecho a una compensación justa y justificada objetivamente por los posibles costes directamente derivados del reembolso anticipado del crédito, siempre que el reembolso anticipado se produzca dentro de un período en el cual el tipo deudor sea fijo.
Dicha compensación
no podrá ser superior al 1 por 100 del importe del crédito reembolsado anticipadamente si el período restante entre el reembolso anticipado y la terminación acordada del contrato de crédito es superior a un año. Si el período no supera un año, la compensación no podrá ser superior al 0,5 por 100 del importe del crédito reembolsado anticipadamente.
Por revocar en el plazo de 14 días no tienes penalización escrita pero en mi contrato si ponía financiado Tanto sin financiar 2000€ más, luego si revoco no financio y debo 2000€. No obstante, y aunque no lo pusiera, tendría un compromiso moral con el vendedor y no me parece correcto hacerlo al igual que has explicado tu.
Te pongo la parte del contrato donde viene, mira a ver el tuyo.