Coche/Moto Robado Me han estafado !!!!!!!!

Tema en 'Serie 5 (E39) (1995-2004)' iniciado por Mister_Macphisto, 22 Feb 2014.

  1. robertoesdecarrizo

    robertoesdecarrizo En Practicas

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    Bueno si es así es tu palabra contra la del vendedor y tendrás que aportar testigos y la clave va a estar en el precio que pagaste por el coche, si coincide con el precio de mercado o no, como lo has comprado con 350000km lo habras pagado por el precio de mercado de un coche con esos km y lógicamente no va a coincidir con el precio que tu pagaste, que va a ser menor.



    Te paso un caso práctico, es un tocho pero no hay otra manera de explicarlo: ten en cuenta que en una estafa hay engaño y un perjuicio económico de ese engaño, por eso importa el precio de compra.
    La diferencia es que en el caso que propones tu el precio de mercado es superior al precio que tu pagaste y en este caso el precio de mercado es inferior al precio que pagó nuestro forero, en el primer caso no puede haber nunca estafa y en el segundo sí.

    Como dirías tu lo pillas? por que si no lo pillas te paso el tocho
     
  2. Brandeu

    Brandeu En Practicas

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    Roberto el precio en ambos casos es el mismo.

    Pagas 5.000€ en ambos casos.

    Dime si ves alguna diferencia?
     
  3. robertoesdecarrizo

    robertoesdecarrizo En Practicas

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    De verdad, tienes que tener en cuenta el precio de mercardo, no puedes inventarte los precios, te paso el tocho te lo lees y luego seguimos debatiendo:



    SUPUESTO PENAL PRÁCTICO EN EL QUE PUEDE ENCONTRARSE UN CONSUMIDOR AL ADQUIRIR UN VEHÍCULO DE OCASIÓN, BIEN SEA A UNA EMPRESA

    O A UN PARTICULAR



    NOTA: A continuación vamos a mostrar un supuesto práctico que puede producirse cuando un particular decide adquirir a un Compraventa un vehículo de ocasión. Se examinará la posibilidad de reclamación que tiene el consumidor, (en el ámbito penal), haciéndose un breve comentario al concepto y características de la denuncia; finalmente, se expondrá un modelo de escrito de denuncia.



    LA DENUNCIA: CONCEPTO, ÓRGANOS COMPETENTES

    Y FORMAS DE LA MISMA




    La denuncia es la declaración que efectúa una persona para poner en conocimiento del Juez, del Ministerio Fiscal o la policía, unos hechos que se considera que pueden constituir un delito o falta. Por lo tanto, la denuncia puede interponerse:


    • Ante las autoridades policiales de cualquier clase: Comisaría de Policía de ámbito nacional, autonómico o local o ante el Cuartel o dependencia de la Guardia Civil.

    • Ante el Fiscal.

    • Ante el Juzgado de Instrucción o el Juzgado de Paz del domicilio del denunciante.

    A diferencia de la querella, el denunciante no interviene personalmente como parte acusadora en el desarrollo del proceso penal.


    Los delitos objeto de denuncia pueden ser públicos, perseguibles de oficio por las autoridades, o privados, si bien ciertos delitos privados tales como el de injurias y calumnias únicamente podrán ser objeto de querella, nunca de denuncia.


    En caso de que la denuncia se interponga por unos hechos que resulten ser falsos, el denunciante podrá incurrir en responsabilidad tanto civil como penal.



    ¿Cómo se puede presentar la denuncia?

    La denuncia puede realizarse por escrito o de palabra ante el funcionario correspondiente, personalmente o por medio de representante con poder


    especial. No obstante, es preferible interponerla por escrito, aportando toda la documentación de que se disponga a fin de facilitar el trabajo de investigación y averiguación de los hechos que a partir de ese momento corresponderá realizar a las Autoridades competentes.


    Debe ser firmada por el denunciante o por alguien a su petición, si él no pudiera firmarla.


    No es necesario que se dirija contra una persona determinada, aunque en el caso de que existiera algún sospechoso, el denunciante puede especificarlo. Tampoco es necesaria la intervención de abogado o procurador, ni tampoco la prestación de fianza.


    Si la denuncia se realiza verbalmente, se extenderá un acta en forma de declaración que será firmada por el declarante y por el funcionario o autoridad que tome la declaración. En este acta debe hacerse constar la identidad del denunciante.


    Generalmente se entregará un resguardo de haber formulado la denuncia, si no se entregase, podrá solicitarse. El denunciante no puede apartarse de la denuncia. Una vez formalizada la denuncia, se procederá a comprobar la veracidad de los hechos denunciados.


    Pueden denunciarse tanto los hechos con apariencia de delito como de falta, pero el plazo para denunciar las faltas ( castigadas como infracciones leves) es de seis meses desde su comisión.



    Si el denunciante es, como en el ejemplo que a continuación se muestra, ofendido o perjudicado por el presunto delito denunciado, tiene derecho a que en las dependencias judiciales le informen de los siguientes extremos:


    • Acerca de la posibilidad de ser parte en el proceso incoado, interviniendo en él y ejercitando las acciones civiles y penales que procedan, o solamente unas u otras, según le convengan.

    • Acerca de su derecho a obtener la restitución de la cosa objeto del delito denunciado o de lograr la reparación de los daños que como consecuencia de él hubiere sufrido y de la indemnización del perjuicio causado.













    1. CASO PRÁCTICO:


    Don Federico L.L. adquiere en fecha ............... , en la tienda especializada en automóviles de ocasión V.O. “Compraventa de Vehículos de Ocasión Multimarca X, S.A.”, un automóvil Marca ......., Modelo .... ( Turbodiesel), de cinco años de antigüedad, abonando por él la suma de 12.500 euros (DOCE MIL QUINIENTOS EUROS).


    El citado vehículo presenta un excelente estado, arrojando su cuentakilómetros la cifra de 98.000 km., cuestión ésta que añadida al hecho de ser Turbodiesel decide su compra.


    Dos meses más tarde, y a raíz de haberse quedado sin batería, perdiendo el código del aparato de radio, averigua quién fue su propietario anterior y contacta con él, llevándose la sorpresa al descubrir que dicho vehículo tenía en realidad 220.000 km al día de la fecha de venta, kilometraje que coincidía con el existente en la anterior transmisión, según le manifestó Don Juan R. R.


    Don Federico L.L., indignado, acude al establecimiento vendedor, exigiendo una explicación ante lo que considera una auténtica estafa por parte de éste; ante lo cual, el representante legal de la misma Don Carlos ........, le replica:


    • Que bajo ningún concepto, ningún operario de su empresa ha realizado la menor manipulación fraudulenta en el vehículo, ni en el cuentakilómetros ni en ninguna otra pieza del mismo.

    • Que las afirmaciones realizadas por el anterior titular, Don Juan R. R. son falsas y no prueban nada, puesto que no existe documentación alguna en la que aparezca el kilometraje del automóvil a la fecha de entrega por parte de Don Juan a la empresa y que la intención de éste es perjudicar el buen nombre y credibilidad de la tienda de Vehículos de Ocasión X. S.A.

    • Que mientras no aporte un principio de prueba de lo que afirma no atenderán ninguna reclamación, dejando el asunto zanjado.

    A pesar de lo anterior Don Federico L.L. se siente engañado y considera la posibilidad de presentar denuncia penal contra “Compraventa de Vehículos de Ocasión V.O. X, S.A.” pues de haber conocido el excesivo kilometraje, o no lo hubiera adquirido o no hubiera pagado el precio de venta.












    2. MODELO DE DENUNCIA REDACTADA CONFORME A LOS HECHOS DESCRITOS ANTERIORMENTE, QUE SE PRESENTA ANTE AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DEL LUGAR DONDE OCURREN LOS HECHOS:




    AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ...............



    Don Federico L.L., mayor de edad, soltero, de profesión ........, vecino de ...... , con domicilio en la calle ......., nº ...... y provisto de N.I.F. nº ..........., ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:


    Que por medio del presente escrito vengo a formular DENUNCIA contra la Mercantil denominada “Compraventa de Vehículos de Ocasión Multimarca X, S.A.” en la persona de su representante legal, por entender que he sido objeto de un posible delito de estafa, previsto en el artículo 248 del vigente Código Penal, basando la expresada denuncia en los siguientes,



    HECHOS



    PRIMERO: Que el pasado día ...... de ........ adquirí de la Mercantil denominada “Compraventa de Vehículos de Ocasión X, S.A”. un vehículo de ocasión, Marca ....., Modelo .... Turbodiesel, por el que pagué al contado la cantidad de 12.500 euros ( DOCE MIL QUINIENTOS EUROS). Se acredita lo anterior mediante fotocopia de la factura de compra que se acompaña a la presente denuncia como DOCUMENTO NÚMERO UNO.


    SEGUNDO: Que los motivos que me impulsaron a comprar el citado vehículo fue el excelente estado exterior que presentaba así como el número de kilómetros (98.000) que marcaba el cuentakilómetros, coincidente con la antigüedad de cinco años.


    TERCERO: Que transcurridos dos meses desde la adquisición, tuve necesidad de cambiarle la batería, y al perder el código de la radio del vehículo, y dado que el establecimiento vendedor lo desconocía, tuve que averiguar quién era el anterior propietario para ver si él me podía proporcionar dicho código.


    A tal fin solicité de la Jefatura Provincial de Tráfico de esta capital un informe en el que constase la titularidad anterior del vehículo; conocida ésta me puse en contacto con Don Juan R.R. que era el propietario anterior, y las conversaciones mantenidas con el mismo dieron como resultado lo siguiente:


    • Que efectivamente el citado vehículo, lo vendió a la Mercantil Compraventa X, S.A. en fecha ............, es decir, un mes antes de que por mí fuera adquirido.

    • Que el automóvil en cuestión a la fecha en que fue entregado a la Mercantil denunciada, arrojaba la cifra de 220.000 kilómetros, y no 98.000, según me manifestó Don Juan R.R., añadiendo que, en su opinión, el trucaje de los vehículos era práctica habitual del establecimiento.

    • Que evidentemente, la diferencia tan abrumadora entre el kilometraje marcado y el real, esto es, 122.000 kilómetros, me habría disuadido, sin duda, de adquirir el automóvil al precio que lo hice o, en su defecto, habría solicitado una rebaja sustancial del precio de compra.

    CUARTO: No obstante lo anterior, persuadido de que tenía que haber un error, acudí a la empresa denunciada, relatando la conversación tenida con el anterior propietario, y solicitándoles me ofrecieran una explicación conveniente a lo que se puede calificar como una venta fraudulenta y dolosa en toda regla, propia quizá de un establecimiento de ínfima categoría, más no de una empresa solvente y de prestigio como la mentada.


    QUINTO: Que puesto en contacto con Don Carlos ......., gerente y representante legal de la Mercantil vendedora, recibí la siguiente respuesta:


    • Que ningún operario de su empresa había realizado la menor manipulación fraudulenta en el vehículo, ni en el cuentakilómetros ni en ninguna otra pieza del mismo.

    • Que las afirmaciones realizadas por el anterior titular, Don Juan R. R. eran falsas y no podían ser probadas en absoluto, puesto que no existía documentación alguna en la que apareciera el kilometraje del automóvil a la fecha de la penúltima transmisión; añadiendo además que la intención del citado Don Juan R.R. fue, sin duda, desacreditar el buen nombre de la vendedora, por razones que no venían al caso.

    • Que mientras yo no aportase un principio de prueba de lo que afirmaba no atenderían ningún tipo de reclamación, dando el asunto por zanjado.


    QUINTO: Que a pesar de las explicaciones que me dieron, estoy convencido de que efectivamente el cuentakilómetros del vehículo ha sido manipulado dolosamente, ya que, de haber mostrado el número real de kilómetros que tenía difícilmente hubiera podido ser vendido al precio que figuraba, ( 12.500 euros).


    En su virtud,


    SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado el presente escrito con su copia y con el documento que al mismo se acompaña, se digne admitirlo y


    en base a las manifestaciones que en el cuerpo del mismo se contienen tenga por formulada DENUNCIA contra la Mercantil “ Compraventa de Vehículos de Ocasión Multimarca X, S.A.” en la persona de su representante legal, y previos los trámites legales oportunos, sean los hechos descritos convenientemente investigados, como constitutivos de un presunto DELITO DE ESTAFA de la denunciada; y me sea reparado si ha lugar el perjuicio económico causado.



    Por ser de hacer en Justicia que pido en ........, a ....... de ....... de 20 .....



    ----------------------------------------------------------------------------------------------------------


    NOTA: Si el denunciante conociese el nombre del representante legal, lo hará constar en la denuncia.




    Consideraciones a tener en cuenta sobre el delito de estafa:


    A tenor de lo preceptuado en nuestra legislación penal, el artículo 259 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la posibilidad de presentar denuncia por el presunto delito de estafa.


    En el caso que nos ocupa, a tenor del artículo 248 del vigente Código Penal pueden existir indicios de presunta estafa, cometida por el establecimiento vendedor “Compraventa de Vehículos de Ocasión Multimarca X, S.A”. en la persona de su representante legal, Don Carlos ........., siempre que el denunciante aporte un principio de prueba de los hechos que denuncia.


    Para poder apreciar si de los hechos descritos se desprende una posible conducta delictiva de estafa, hemos de analizar el contenido de este delito.


    El art. 248 establece en su número 1 lo siguiente:


    Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”.


    A tenor de la descripción del tipo que ofrece el Código Penal, podemos señalar, que los elementos que componen este delito de estafa son los siguientes:


    • Un engaño anterior o concurrente que el Código Penal no ejemplifica dada la ilimitada variedad de supuestos que la vida real ofrece.

    • Dicho engaño ha de ser “bastante”, es decir, debe ser suficiente para inducir a error al afectado y provocar una transmisión patrimonial que

    de otro modo no habría tenido lugar. Dicha maniobra fraudulenta ha de revestir apariencia de realidad y seriedad, lo bastante como para engañar a una persona medianamente perspicaz y diligente.


    • Dicho engaño ha de producir un error esencial en el sujeto pasivo desconocedor, o con conocimiento deformado o inexacto de la realidad, por causa de la insidia o artificio del agente, lo que le lleva a realizar una manifestación de voluntad viciada, por cuya virtud se produce el traspaso patrimonial.

    • Provoca un acto de disposición patrimonial, con el consiguiente y correlativo perjuicio para el disponente o para un tercero, no siendo por tanto necesario que concurra en la misma persona la condición de engañado y de perjudicado.

    • Ha de existir ánimo de lucro, esto es, un propósito del infractor de obtener una ventaja patrimonial correlativa al perjuicio ocasionado; lo cual elimina la posibilidad de cometer este delito imprudentemente.

    • Finalmente, debe haber una relación de causalidad entre el engaño provocado y el perjuicio experimentado.




    Elementos de prueba que serían necesarios para que la denuncia prosperase:


    -Declaración testifical del anterior propietario, Don Juan R.R. en la que se ratifique en lo afirmado acerca de que el automóvil de su propiedad fue adquirido por “Compraventa X, S.A.” en fecha ,............ y que en el momento de la entrega el vehículo tenía 220.000 km y no 98.000.


    -Prueba documental, consistente en:


    • Haber pasado la correspondiente I.T.V. pues en la ficha de ésta debe constar el kilometraje.

    • Facturas, recibos, etc en posesión del anterior propietario, en los que de algún modo consten los kilómetros del vehículo, en fechas anteriores a la venta.

    -Informe pericial o en su caso, informe de persona técnica especializada, que pueda acreditar que el kilometraje del vehículo (98.000 km) no corresponde con la realidad .


    -Cualquier otra prueba de naturaleza análoga en apoyo de las pretensiones de Don Federico.
     
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  4. Brandeu

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    Roberto todos los días se compran y venden coches, cada uno pone el precio que quiere, y cada uno paga si quiere.

    En mi caso el vendedor vendía por 5.000 porque así lo estimaba, y el comprador pago 5.000 porque así lo quiso tb.

    No cuestionemos los casos, son lo que son.

    Dime las diferencias, de estos casos.
     
  5. Liquidsnk

    Liquidsnk En Practicas

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    Yo contemplaría 2 opciones:

    - Devolver el coche
    - Descuento y ampliación de garantía mecanica completa durante al menos 1 año o 2.
     
  6. Brandeu

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    Roberto creo que has caído de la burra, ha costado..me alegro por otra parte.

    Ambos casos pueden darse, una Juez no valora una posible estafa por el precio de una compra.

    En las compras hay quien compra barato y quien compra caro, donde hay diferencias de un 20%~40% de un mismo producto y eso no lleva a probar estafas.
     
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  7. Manol

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    De aquí, salgo abogado, seguro. :descojon:
     
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  8. robertoesdecarrizo

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    Vamos a ver un juez valora una estafa por el precio de compra y por un engaño que ha deformado el precio de compra.

    :mad::mad:No he caido en ningún momento de la burra y no me vengas menos con que me has abierto los ojos:mad::mad:, en una estafa tiene que haber engaño y perjuicio por ese engaño, el perjuicio de ese engaño se demuestra por el precio de mercado, si te has leido el tocho que te he pasado es la posicion que he mantenido en todo momento y el tochín que pasaste tú con tu contrato defiende tu posición.

    Total que desde el punto de vista del codigo civil tu tienes razón, y desde el punto de vista del código penal tengo yo razón.

    Como puedes ver se pueden tener opiniones distintas y las dos ser válidas.
     
    Última edición: 2 Mar 2014
  9. Brandeu

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    Quieres decir que alguien que haya comprado caro, como mi caso.

    Y ha pagado 5.000 por un coche de 350.000 km, tiene opciones de sacarse algunas pelas y meter en la carcel al compraventa, si el comprador baja los km a 150.000 y dice que le ha estafado el vendedor?

    Contestas a esto ultimo?.... o bajas de la burra?....

    en coche se va mejor....jjj
     
    Última edición: 2 Mar 2014
  10. gogo

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    Coge , el dinero y correo , igual lo acojonaste y te devuelve el dinero . Pero vamos ya te digo yo que le va a costar soltar la pasta.
     
  11. robertoesdecarrizo

    robertoesdecarrizo En Practicas

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    Claro que lo podrías hacer si sabes el que el precio de mercado de tu coche es mucho mas inferior que lo que tu pagaste, es lo que interpreto de esa ley y creo que es lo que has interpretado tú tambien.

    Las leyes son así, ahora bien como te pillen se te va a caer el pelo, por que te van a acusar de calumnias, estafa y alguna cosa más que ahora mismo se me escapa.

    ;);)De ahí el refrán el que inventó la ley inventó la trampa;);)
     
    Última edición: 2 Mar 2014
  12. pedregall

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    Buffff ,Roberto ,, vaya , disfruto viendo tus comentarios , madre mia ,tú si que entiendes de leyes ,gracias por alumbrarnos en estos temas de leyes
     
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  13. Brandeu

    Brandeu En Practicas

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    Entonces entre el caso:

    A. Pago 5.000 por un coche de 350.000, luego corrijo km y los pongo en 150.00 km
    y demando al vendedor.

    B. Pago 5.000 por un coche de 350.000 ...el compraventa me lo encaloma con 150.000
    no tengo prueba alguna por parte del vendedor.

    Ambos casos son identicos, sin pruebas documentales de estafa.

    Según dices, ya que A=B, al pobre B que demanda al vendedor con la única baza del precio: "como te pillen se te va a caer el pelo, por que te van a acusar de calumnias, estafa y alguna cosa más que ahora mismo se me escapa"

    Encima de estafado, le puede caer lo que has dicho.

    Hemos pasado de tener todas las de ganar, a que encima nos empapelen, aparte de robarnos.

    sigues en la burra?.
     
  14. robertoesdecarrizo

    robertoesdecarrizo En Practicas

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    También hay gente en la carcel inocente, entiendo donde quieres llegar pero estoy interpretando la ley al pie de la letra, y el texto del caso práctico no lo he escrito yo lo he bajado de internet y no he cortado ni añadido nada.
     
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  15. robertoesdecarrizo

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    Te acuerdas cuando te decía que el no poner los kilómetros era un arma de doble filo para el compraventa, ahora mismo te acabas de dar la explicación.
     
  16. Brandeu

    Brandeu En Practicas

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    Estamos asustando al autor de este hilo...jjjj.

    Internet no es la panacea, hay muchas burradas, como las que nosotros podemos decir...jjj

    Creo que a la audiencia le ha quedado claro la importancia de las pruebas documentadas aportadas por el vendedor, para demostrar estafas en baile de km.
    El resto de caminos, o no van a ningún lado, o pueden ir contra nosotros...como has dicho.
     
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  17. robertoesdecarrizo

    robertoesdecarrizo En Practicas

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    Si lo mejor es que se informe él: le recomiendo la oficina del consumidor, y también que consulte con su póliza de seguros del coche por que algunas incluyen asistencia jurídica sobre estos temas.
     
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  18. pyllobates

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    Buenas noches...
     
  19. CHATUUU

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    Asunto complicado, pero el compra-venta como profesional, debería de haber mirado la documentación y asegurarse que para eso es un "profesional", de todos modos si el coche va bien, que te compense economicamente.
     
  20. robertoesdecarrizo

    robertoesdecarrizo En Practicas

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    La verdad es que creo que no ha quedado muy claro pero es muy dificil explicarse en un caso inventado y aprovechando que es un nuevo día y estoy más fresco y me debo aburrir mucho:descojon::descojon:voy a intentar explicarlo un poco mejor:

    Yo he supuesto que a=b cosa que en realidad es muy dificil; ya que en un caso como el que tu propones, hay que tener en cuenta los testigos, la formacion cultural del comprador y el vendedor, la investigación que llevan las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado (ya que si ha trucado un cuenta kilómetros el compraventa seguro que hay más cuentakilómetros trucados en su establecimiento, y ha vendido más trucados,...)

    También entiendo que el ejemplo que tu propones es muy perverso e inteligente, y una persona perversa e inteligente no compra un coche a precio superior al de mercado.

    Además, un compraventa que no manipula el cuentakilómetros, lo normal es que ponga los kilómetros en el contrato y además se jacte y haga publicidad de ello.

    Seguro que hay otros múltiples factores y detalles que un juez debe tener en cuenta y a nosotros se nos escapan, por eso es tan dificil ser juez.

    El caso que propones y yo supongo de que a=b es utópico y yo simplemente he aplicado la lógica de forma extrema, las sentencias se basan en leyes y sentido común, de todas maneras seguro que hay gente en la carcel por falsos testimonios y encerronas, por esa razón tan sencilla un servidor está en contra de la pena de muerte.
     
    Última edición: 3 Mar 2014
  21. jdas520

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    Despues de leer parte de los comentarios referente a la posible estafa en cuanto a km rebajados en ese 530d. Como el nuevo propietario esta muy contento con el coche, va cargado de extras, lleva un coche de 193cv restiling, y todos pensais que a ese coche se le pueden hacer 600-700 mil km prefectamente, no veo ningun problema, y siendo un enamorado de los e39, yo-solo-haria-lo-siguiente: I.T.V en mano con km reales al compreventa y tan solo decirle 1000 vale mi coche menos en el mercado, que son los que te reclamo, aparte de 6 meses de garantia que aprox son los que quedan para un año desde la compra. Las gestiones una vez finalizadas le echaria la mano y el almuerzo lo pagaria yo. Y si no aceptara, tan solo con decirle de llevar a la oficina de consumidor los 2 papeles de la I.T.V con esa diferencia de km poniendole una demanda. Y punto.com.(posdata):que el 530d no es un seat 1430 de los años 80 que a los 90.000km petaban. Que el año pasado vi a un ejecutivo de una cadena de supermercados(al cual le tengo alquilado un comercial) con un 530da y le digo: como va el coche y me dice, .- lleva 495.000km y me a dicho mi mecanico que va como una maquinilla de afeitar, que como desde que lo compre nuevo siempre le he cambiado- aceite-filtro gasoil-filtro polen-filtro aire-filtro aceite- y a los 200mil km le cambie el aceite de la caja de cambios(automatica), aun me queda coche para rato, pues el pensaba cambiarlo por el 530d del 2013, y como tan solo hace 40.000 anuales aun le queda coche para otros 5-6 años, me subi al coche y estaba impoluto-negro-piel negra-techo-asientos elect-su llanta original 16 enfin todo nuevecito y- como en el juego de la oca- de garaje en garaje cada vez que voy de viaje
     
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  22. jdas520

    jdas520 En Practicas

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    523i verde 1997, el que esta en foto 280.000 km, despues de haberle soluccionado que se calentaba debido al tarado del viscoso y ponerle un elice al radiador, pues le faltaba un aspa, y bomba de agua va como un violin (400 lereles reparacion) se le sumarian a los 1500 de compra en sept de 2012. (293.000km actuales)
     
  23. tes

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    De lo que menos te puedes fiar es de los libros de revisiones de estos coches, y de ninguno en general. Hay muchas personas que se dedican a venderlos, y son bastante baratos sellados y todo.
    En ese informe que te mencionaba, estaría por donde anduvo el coche y así llamar a alguna ITV para saber cuantos kilómetros marcaba el coche en ese momento.
    Raro es que un compra-venta te firme algo así, ya que antes de adquirir él el vehículo se los han podido "afeitar".
     
  24. Brandeu

    Brandeu En Practicas

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    Se ha dicho en el hilo, o se sabe que hay 2 ITV, con diferencia de km?

    Una ITV posterior con menos km que una ITV anterior? En el caso que nos ocupa?
     
  25. jdas520

    jdas520 En Practicas

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    en el primer post pone que su sorpresa fue cuando en junio de 2013 se le paso itv al coche llevando 356000km. El nuevo dueño compro el coche un mes despues de pasar la itv en julio de 2013 con 183000km, pero no sabia nada del historial. Al año siguiente cuando fue a pasar la itv anual por mera curiosidad pidio la itv del año anterior y cual fue la sorpresa que ponia que llevava 356000km.-----entiendes?
     
  26. Brandeu

    Brandeu En Practicas

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    Perdona por mi precision quirurjica.

    El comprador tras comprar el coche, tiene 2 ITV anteriores a la compra, donde haya una ITV anterior con mas km que una ITV posterior?

    Es respuesta de Si o No.
     
  27. jdas520

    jdas520 En Practicas

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    el nuevo dueño tiene el papel de la itv del junio de 2013 con 356000km de ese coche en concreto. el nuevo dueño el año pasado dicho coche lo compro a un compraventa teniendo tan solo 183000km. ovbio que le quito 173000km justificados porque desde julio de 2013 hasta 22 febrero han trancurrido 7 meses y es ahora cuando se ha dado cuenta.-.-.-.- subsano el error del post anterior cuando dije que el nuevo dueño ha pasado recientemente la itv, pues tan solo lo tiene 7 meses
     
  28. Brandeu

    Brandeu En Practicas

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    La respuestas es entonces No?
     
  29. jdas520

    jdas520 En Practicas

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    haber si me explico,, cuando yo voy a pasar itv a mi vehiculo ellos me anotan los km que lleva el coche, a la semana siguiente, que llevo 400.000km lo dejo en 200.000km o sea le quito al cuentakilometros 200.000km, y te lo vendo. Tu tan contento todo ok. por mera casualidad-coincidencia-o curiosidad vas a la itv donde se la pasaron la ultima vez al vehiculo puesto que en el carton de la documentacion lleva el cuño de la itv y pides duplicado de la ultima revision itv, y ves en dicha revision favorable itv la cantidad de 400.000km, con lo cual --te he estafado -
     
  30. jdas520

    jdas520 En Practicas

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    el nuevo propietario solo tiene una itv que pone 356000km en junio 2013, que supuestamente la paso el compraventa en dicho junio de 2013, y al mes siguiente ese coche el compraventa lo vendio con 183000km. con lo cual hay estafa.-.- pero como muy bien dicen, no hay pruebas de quien quito los km aunque el dueño lo tenga claro. enfin-
     

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